Interesantes las
jornadas organizadas por GEMME España el 3 de octubre en la sede del ICAM y que
de manera improvisada voy a tratar de resumir. Lourdes Arastey, presidenta de
GEMME ESPAÑA y magistrada de la sala Social del Tribunal Supremo abrió la
sesión e incidió en la necesidad de que la tramitación de los procesos de
mediación sean homogéneos a nivel nacional. Por su parte Álvaro Cuesta
Martínez, Vocal de CGPJ, considera fundamental la implicación de los jueces en
la derivación, además de los demás poderes públicos y operadores jurídicos. Una
vez judicializado el conflicto, el éxito de la mediación es también el éxito de
la justicia. Con la mediación no se trata de restringir el acceso a los
tribunales; no se vacía el contenido del artículo 24 C.E., no se vulnera la
tutela judicial efectiva; ni el art. 117.3 C.E. A través de la mediación se
propicia la tutela judicial efectiva. La LOPJ hace necesaria la implantación de
la nueva oficina judicial y el protagonismo del secretario judicial,
entendiéndose como un servicio común, propio y de calidad. Agradecemos a la
asistente esta crónica y lamentamos que GEMME ESPAÑA siga sin contar con este
medio informativo, siempre preocupado por la difusión de la mediación. No nos
invitan pero tenemos profesionales que nos hacen las crónicas.
EL CGPJ debe realizar políticas activas de promoción de derechos y garantías a
los ciudadanos y de defensa de la tutela judicial efectiva, impulsando políticas
activas como la promoción e impulso de la mediación. En este sentido, se ha
incrementado el presupuesto para mediación en un 150%, pese que han visto
reducidos sus presupuestos en 3 millones de euros. Así mismo se ha creado la
Unidad de Mediación y una mesa de trabajo y se han formalizado convenios con
entidades públicas, privadas, y por supuesto con GEMME. En abril 2015, para
conseguir más medios materiales, económicos, formación y divulgación, han
firmado un convenio con todas las CCAA y se han creado coordinadores de
mediación y grupo de expertos para formar en mediación. La mediación penal y
civil son las que más han crecido con más de doscientos juzgados que ofrecen
estos servicios.
Estas jornadas sirvieron para conocer el proyecto del Ministerio que se está realizado en Murcia como oficina judicial a nivel de mediación. Es un servicio gratuito e integral de familia, penal, civil, contencioso llevado a cabo por comediadores multidisciplinares que se incorporan de forma gradual. |
Por su parte, Sonia Gumpert,
decana del ICAM remarcó la necesidad de la adaptación de las normas procesales,
promocionar la figura del mediador, aumentar el nivel de formación. Para
Julio Fuentes, Secretario técnico del Ministerio de Justicia, lo
importante es
la incorporación de la
mediación a cualquier reforma legislativa, como el Estatuto de la víctima,
entendida como un derecho de las mismas; el la ley de jurisdicción voluntaria
para la sustracción de menores o en el nuevo baremo de tráfico. Es fundamental
que abogados, jueces y secretarios den un paso más para profundizar en este
proceso ya que en los tribunales no siempre se resuelve el conflicto de la mejor
manera. Hizo una referencia a la importancia de la incorporación de sistemas
informáticos.
Proceso lento
Pascual Ortuño,
magistrado de GEMME
dijo que la mediación está siguiendo un lento proceso. En Europa hay dos esferas
separadas, antes de llegar el conflicto al juzgado y otra después de que haya
llegado. Las derivaciones previas suelen ser un fracaso. Es mejor cuando ha
pasado algo de tiempo desde que se inició el proceso. Después de la audiencia
previa es cuando las partes están en mejores condiciones de llegar a un acuerdo.
Explicó la derivación en otros países europeos y se analizó la situación de las
derivaciones en diferentes ámbitos jurisdiccionales.
En su turno de palabra, Rosa Freire se refirió a la mediación penal
como una mediación diferente y que se configura como uno de los instrumentos con
el que la justicia restaurativa pretende cumplir sus fines aludiendo a que en
ocasiones la víctima necesita una reparación moral simbólica más que la
material que le ofrece la justicia. Se agradeció su referencia a que si bien la
mediación penal tiene que ser prestada por servicios públicos y gratuitos ésta
no debe de ser gratis para los mediadores. La derivación se puede hacer en
cualquier tipo de delito con independencia de su gravedad, teniendo en cuenta
la necesidad de reparación de la víctima. La piedra angular son los mediadores
formados específicamente en mediación penal afirmando que el juez necesita
confiar en la calidad de la mediación para que se derive.
En el ámbito de lo social,. Sara Pose Vidal, magistrada del TSJ de
Barcelona se refirió a que el conflicto laboral no siempre es un conflicto
jurídico, sino de intereses. Defendió las derivaciones puntuales, siendo
importante que los mediadores sean abogados formados en conflictividad laboral.
Valoró positivamente la actuación de los secretarios judiciales, que citan a las
partes y les explican por qué es conveniente que acudan a mediación,
indicándoles un día y una hora concretos. Reclamó la obligatoriedad de la sesión
informativa, ya que los abogados en ocasiones son un freno a las derivaciones
que hace el juez. Resaltó la necesidad de que existan mediadores bien formados y
expertos en distintas materias, estimando que el 83% de los asuntos sometidos a
mediación concluyen en un acuerdo. Las partes son libres de protocolizar el
acuerdo ante el juez o cerrar el asunto con desestimiento.
Por su parte, en el ámbito civil y comercial Raquel Alastruey Gracía,
magistrada del TSJ de Barcelona nos habló de la colaboración de los tribunales
con el Centro de Mediación del Dret Privat de Cataluña. Su misión en este
proyecto fue la de entusiasmar al personal del juzgado y convencerles de la
menor carga laboral que supone la mediación al evitar sentencias, el trámite de
los recursos y la ejecución. Con los secretarios se establecieron indicadores
sobre los asuntos a derivar.
Abordó también la actitud negativa de algunos abogados frente a la mediación
alegando que no siempre entienden que los intereses comerciales no caben en los
Códigos Civiles. Se acordó instar a los justiciables a que comparecieran junto
a sus abogados en la audiencia previa, para explicarles directamente por qué les
convenía ir a mediación, sus requisitos y ventajas. Agradeció la colaboración de
los procuradores, para este objetivo. Pidió a la abogacía el cambio de las
normas orientadoras de la minuta de los abogados, para que no haya un menoscabo
económico en caso de que se contemple un proceso de mediación. Finalmente se
refirió a los colapsos que provocan las ejecuciones en caso de la Banca y los
juicios de escasa cuantía en caso de las Aseguradoras. Calificó de abuso en la
utilización de la justicia el estos casos. Los jueces deben de tener potestad
para sancionar a quien no acude a la informativa de mediación ya que esto
entraría en el concepto jurídico de mala fe procesal.
Sesion
informativa obligatoria
Juan Francisco
Mejía Gómez,
magistrado de Valencia dijo que debe establecerse la sesión informativa como
obligatoria y en caso de no acudir, que se vea reflejado en costas por mala fe.
En el juzgado no se resuelve el problema ya que detrás de conflictos por temas
económicos hay problemas emocionales. En la audiencia previa hay que dirigirse a
las partes y no a los abogados porque no son éstos quienes tienen el problema.
Habló de las características y tipologías de los juzgados mixtos, la gran
mayoría en España, con competencia civil o penal. En muchos casos se dan son
conflictos de baja cuantía económica pero con una gran carga emocional por lo
que la mediación es el medio propicio para resolver el conflicto.
Carmen Marín, secretaria coordinadora de la UNIM en el decanato judicial
de Murcia habló del proyecto del ministerio que se está realizado en Murcia como
oficina judicial. Es un servicio gratuito e integral de familia, penal, civil,
contencioso llevado a cabo por comediadores multidisciplinares que se incorporan
de forma gradual con funciones en función de su experiencia. Cuenta con dos
funcionarios y un secretario judicial y un ejército de mediadores voluntarios
con diferente formación y experiencia que coordinan el servicio y una demanda de
más de 400 mediadores que quieren incorporarse. Dice que ay todo un ejército de
15.000 personas formadas en mediación que se están desperdiciando y que se
pueden aprovechar para el bien social ya que si bien no obtienen ninguna
remuneración por su trabajo, adquieren experiencia, certificación de las
mediaciones que realizan, formación continuada, satisfacción personal, etc.
Encuentra a los abogados muy colaborativos con la mediación.
Iñaki Subijana,
Presidente de la Audiencia Provincial de Guipuzcoa, habló de la experiencia de
los tribunales de San Sebastián e hizo hincapié en las garantías jurídicas. En
cuanto a los criterios de derivación, el juez debe de respetar dos garantías
fundamentales, la protección de las víctimas y el trato como presunto inocente.
Las partes deben de elegir en este proceso si quieren comunicarse o no y hasta
donde, comunicando al juzgado de la manera más aséptica la decisión que se haya
tomado prescindiendo de cualquier elemento valorativo. De las derivaciones, el
85% es en faltas y el 15% en delitos.
La intervención de Anna Valls Rius sirvió para conocer la experiencia del
Centro de Mediación del IMICAV desde el 2012. A través de un convenio con el
CGPJ y gracias al esfuerzo de 600 mediadores, se abrió una sede en el Colegio,
otra en los juzgados y otra, muy importante, en el servicio de orientación
jurídica donde hay abogados y mediadores. Señaló la importancia de que se
profesionalice la labor del mediador, lo que es contrario la gratuidad del este
servicio, poniendo como ejemplo la práctica seguida por el Centro que ella
coordina, que sigue los criterios establecidos para la Justicia gratuita. Los
mediadores, cobran por su servicio, que se hace en comediación.
Aurelio González,
magistrado de Madrid, se muestra conforme en condenar en costas si no se acude a
la sesión informativa, advirtiéndolo en la providencia en la que se les cita
para acudir a mediación. Se debe de reforzar al juez para adoptar medidas, como
multas por ejemplo, en caso de que las partes no acudan a la sesión informativa
de mediación a la que han sido derivadas. Cerró la jornada Javier Luis Parra,
diciendo que no se precisa más legislación sino aprovechar lo que ya tenemos y
las experiencias piloto para seguir trabajando.
Hubo más intervenciones en esta interesante jornada en la que se echó en falta,
además de la presencia de medios de comunicación habituales, como Lawyerpress
-imprescindibles para una difusión seria y profesional de las mismas- , más
crítica constructiva y abordar, no sólo las luces, sino también las sombras de
la mediación intrajudicial pues ese era el momento.
Se habló del tema de remuneración sólo por encima cuando ésta es la piedra
angular de la calidad de la mediación intrajudicial, que no existirá mientras
sigan entendiendo este servicio como un voluntariado o una escuela de práctica
de mediación para mediadores novatos.
El ejercicio de la mediación no puede costarle dinero al mediador, como ocurre
ahora mismo en muchos casos. Si queremos un servicio serio y profesional
realizado por mediadores bien formados, dispuestos a continuar en los juzgados
una vez consiguen experiencia y a emplear todo el tiempo que haga falta en cada
mediación, sin pensar en los costes que ello le va a ocasionar, tenemos que
apostar por la remuneración de este duro y complicado trabajo que precisa de los
mejores mediadores para llevarlo a cabo