Esta institución, promovida por el Consejo de Cámaras de Cataluña y el Colegio
Notarial de Cataluña, nace por la resolución arbitral de controversias en
materias de derecho público, civil y mercantil tanto para empresas como para
ciudadanos catalanes.
La Generalitat lo ha designado para administrar los arbitrajes que se planteen
como solución a los conflictos que aparezcan en sus contratos en el ámbito de la
contratación pública, como alternativa a la vía jurisdiccional.
La Corte
Arbitral de Cataluña, institución de nueva creación promovida por el Consejo de
Cámaras de Cataluña y el Colegio Notarial de Cataluña, tiene por objetivo la
promoción y gestión del arbitraje en todo el territorio catalán y con especial
dedicación a los asuntos derivados del mundo de la empresa y de la relación con
las administraciones públicas. Miquel Valls, presidente del Consejo General
de Cámaras de Cataluña, y Joan Carles Ollé, decano del Colegio Notarial de
Cataluña, en nombre de las dos entidades promotoras de la Corte Arbitral,
presentaron a los representantes del mundo jurídico y económico la institución,
destacando la plena disposición de la Corte Arbitral a incorporar a toda la
comunidad jurídica, mundo económico, colegios profesionales y Tribunales
Arbitrales, a quienes han invitado a sumarse al proyecto. La entidad será
presidida por José Alberto Marín, vicedecano del Colegio Notarial de Cataluña y
tendrá a Ramon Camp, cónsul del Consulado de Mar, como vicepresidente. En el
transcurso del acto también intervinieron el presidente de la Corte Arbitral y
Pablo Llarena, presidente de la Audiencia de Barcelona. La clausura corrió a
cargo de Germà Gordó, consejero de Justicia de la Generalitat de Cataluña, quién
mostró su pleno apoyo a la institución haciendo patente la necesidad de fomentar
el arbitraje y los métodos de resolución alternativa de conflictos.
La Corte Arbitral de Cataluña nace como una Asociación para la promoción y
gestión del arbitraje con dos características diferenciadoras: un alcance
territorial de toda Cataluña - ofrece sus servicios de arbitraje a todo los
ciudadanos y empresas catalanas que opten por recorrer a este método alternativo
de resolución de conflictos entre ellos - y una especial dedicación al
arbitraje sobre asuntos derivados del mundo de la empresa y de la relación con
las administraciones públicas. La nueva institución es fruto de lo apuesta
decidida del Consejo de Cámaras de Cataluña y del Colegio Notarial de Cataluña
por el arbitraje como alternativa eficaz y rápida respecto a la jurisdicción
ordinaria, tanto en el ámbito del derecho público como en el civil y mercantil.
En palabras de José Alberto Marín, vicedecano del Colegio de Catalunya y
presidente de esta institución arbitral :” La Corte Arbitral de Cataluña se
incardina dentro del denominado “sistema de justicia”, es decir, tiene su
fundamento en la posibilidad que tienen las entidades públicas y privadas que no
forman parte del aparato judicial del Estado de contribuir a la resolución de
conflictos mediante herramientas alternativas como lo es el arbitraje: un laudo
arbitral tiene los mismos efectos que una sentencia judicial pero quien lo dicta
no es un juez sino una persona designada por una institución privada, en este
caso la Corte Arbitral.”
A juicio de este jurista :”Esta nueva institución pretende abarcar
fundamentalmente la resolución de conflictos en el ámbito empresarial y en la
contratación con las administraciones públicas y su ámbito de actuación
preferente será el territorio catalán pero con vocación de convertirse en una
Corte Arbitral de referencia en el comercio internacional.””
Martín advierte que “La Corte nace con vocación integradora, estando abierta no
sólo a la incorporación a la misma de entidades públicas y privadas de
reconocido prestigio sino también a la integración o colaboración con otras
instituciones arbitrales ya existentes. Se pretende conseguir una institución
arbitral fuerte y reconocida internacionalmente. La clave para el éxito radicará
en el prestigio de sus integrantes, en la excelencia e imparcialidad de los
árbitros que se designen y en la calidad de sus resoluciones.”
La coexistencia del arbitraje con el sistema judicial tradicional contribuirá a
mejorar las ratios de calidad, eficiencia y celeridad de la justicia, hecho que
también supondrá una rebaja de los costes asociados a la gestión de los
conflictos. Este instrumento jurídico es cada vez más común en el mundo entero
para solucionar controversias surgidas en las relaciones entre empresas. Se
trata de un procedimiento consensuado por ambas partes, en que las partes
implicadas escogen el árbitro y, en caso de arbitrajes internacionales, también
el idioma y el derecho aplicable; es confidencial y la decisión del tribunal
arbitral – el laudo arbitral - es definitiva.
Por otra parte, la Generalitat de Cataluña acordó el uso del arbitraje, mediante
la Corte Arbitral, en la resolución de conflictos que puedan surgir en el ámbito
de los negocios jurídicos como contratos o convenios de colaboración. La
cláusula de sumisión al arbitraje estará presente a partir de ahora en la
contratación pública que lleve a cabo la administración de la Generalitat en los
casos en que sea posible legalmente.