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15 de OCTUBRE de 2015

María Gavilán, del Real Centro Universitario Escorial María Cristina, presenta “Asesoría y proceso penal”

LAWYERPRESS

La obra coordinada por la profesora María Gavilán y publicada por la editorial jurídica Dykinson ha sido presentada el 6 de octubre en el Colegio de Abogados de Madrid

Intervinieron en la presentación de la obra, D. José Manuel Pradas Diputado Bibliotecario del ICAM, Dña. María Gavilán, Juez sustituta, Coordinadora y coautora de la obra, además dirige el Módulo de Asesoría y proceso Penal del Máster de Acceso a la profesión de Abogado del RCU EMC, D. Ramón Bonell, profesor de Derecho Financiero y Tributario, y el Magistrado Dr. D. Ricardo Rodríguez. 

Un manual adaptado tanto para el Máster de Acceso a la profesión de Abogado, en su especialidad penal, como al examen oficial del Ministerio de Justicia para el ejercicio de la profesión, en su especialidad penal.

Los estudiantes reciben una formación integral que les permite unas competencias y habilidades en la profesión de abogado. La formación práctica que obtienen va mucho más allá que cualquier otro programa ofrecido para la preparación del examen oficial. Desarrollando prácticas externas, en el marco de un convenio de colaboración con el C.G.P.J, con diversos órganos jurisdiccionales de Madrid.

De modo que el manual nace con la vocación de cubrir tanto el máster como el examen oficial, si bien para el examen oficial.

En la obra han participado distintos autores que conforman distintos operadores jurídicos:

-          MARTA ACERO RINCÓN: Secretaria Judicial del Juzgado de Instrucción 1 de Alcobendas

-          MARÍA CRUZ ÁLVARO LÓPEZ: Magistrada Suplente de la Audiencia Provincial de Madrid, sección Penal y Profesora colaboradora del Prácticum del grado en Derecho con distintas universidades.

-          CESAR DÍAZ TOLEDO PIZARRO: Abogado Penalista en Delyser

-          LINA ESTEBAN SÁNCHEZ: Procuradora de los Tribunales y Profesora-tutora de Derecho Procesal desde hace doce años en diversas universidades.

-          SARA GARCÍA GALLO: Secretaria Judicial en Amposta, la cual no ha podido acudir hoy por motivos laborales.

-          TANIA GARCÍA SEDANO: Magistrada Suplente de la Audiencia Provincial de Ávila y Profesora Honorifica de la Universidad Carlos III, que tampoco ha podido acudir hoy por motivos laborales.

-          Dr. ORLANDO GÓMEZ GONZÁLEZ: Abogado. Profesor del Instituto de Criminología de la Universidad Complutense de Madrid

-          Dr. A. NICOLÁS MARCHAL ESCALONA: Director del Departamento de Criminología de la Universidad Camilo José Cela. Coronel en Excedencia de la Guardia Civil.

-          ADRIÁN MARTÍNEZ SÁNCHEZ : Abogado en BM abogados. Abogado del Turno de Oficio.

-          ALFREDO MUÑOZ NARANJO: Abogado en Luis Romero Asociados. Ex juez Sustituto.

-          Dr. RICARDO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ: Magistrado Titular del Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid. Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.

-          JOSÉ MANUEL VÁZQUEZ RODRIGUEZ: Magistrado Titular del Juzgado de lo penal número 4 de Móstoles. Profesor en la Universidad Camilo José Cela.

Han participado diversos operadores jurídicos en el manual: Jueces, Secretarios, abogados, procuradores, y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esto responde a la brillante idea de la Coordinadora y coautora de la obra sobre su visión de la jurisdicción penal, comparándola con el mecanismo de un reloj, en el que el motor sería nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal, el tren de rodaje, donde se encuentran los distintos engranajes, que serían abogados, procuradores y fuerzas y cuerpos de seguridad, y el oscilador o regulador, que serían los juzgados y todos los operadores de los mismos, jueces, fiscales, secretarios, médicos forenses y funcionarios. Todos y cada uno de estos engranajes son necesarios, y los distintos cuerpos juegan un papel fundamental en la jurisdicción penal, por lo que ha pretendido reflejar esta idea en la coordinación del manual y que todos los cuerpos tuvieran participación.

Profesión de abogado

La Directora de la obra tuvo palabras de agradecimiento a todos los alumnos que actualmente están cursando el Máster, y preparándose para el examen oficial, para felicitarles por su elección de ser abogados, una profesión apasionante que cumple una función constitucional tan importante como es el garantizar una defensa a cada persona, que es un reflejo del Estado de derecho.

Destacando que el ejercicio requiere de una actualización permanente de todas las novedades legislativas, en tiempos como los actuales, con una legislación motorizada, con la multiplicación de la regulación. Mantenernos puntualmente informados es a día de hoy relativamente sencillo a través del uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, citando a modo de ejemplo el grupo de Facebook “El Actualizador “ del que es fundador y administrador el Magistrado Ramón Badiola, al que es de agradecer este grupo que no sólo informa de todas las actualizaciones legislativas, y jurisprudencia de actualidad, si no que va más allá, generando el debate de determinadas cuestiones legales por parte de distintos operadores jurídicos.

Ramón Bonell destacó la formación que se requiere para ser un abogado del siglo XXI, partiendo del marco actual del Espacio Europeo de Educación Superior que implica, entre otros aspectos, un cambio de modelo educativo hacia una docencia más participativa, que fomente el trabajo cooperativo, que sitúe al alumnado en circunstancias análogas a las laborales, que genere mayor iniciativa y responsabilidad de los alumnos, que implique un trabajo más constante y favorable a la evaluación continua, y que en definitiva se enmarque mejor en la formación basada en objetivos de competencias y en los créditos ECTS European Credit Transfer System. Un acercamiento a una experiencia profesional de los Abogados en potencia. La principal fortaleza del modelo está vinculada al desarrollo de competencias en el nuevo sistema de trabajo cooperativo, así como en una mejor motivación y esfuerzo continuo por parte del alumnado.

En particular, cabe señalar que, entre las virtudes que normalmente se apuntan del aprendizaje cooperativo, podemos señalar:

A) Promueve la implicación activa del estudiante en el proceso de aprendizaje.

B) Capitaliza la capacidad que tienen los grupos para incrementar el nivel de aprendizaje mediante la interacción entre compañeros.

C) Reduce los niveles de abandono de los estudios

D) Permite conseguir los objetivos de la enseñanza de una profesión liberal y de la formación en la ética y los valores.

E) Promueve el aprendizaje independiente y autodirigido.

F) Promueve el desarrollo de la capacidad para razonar de forma crítica.

G) Facilita el desarrollo de la habilidad para escribir con claridad.

H) Facilita el desarrollo de la capacidad de comunicación oral.

I) Incrementa la satisfacción de los estudiantes con la experiencia de aprendizaje y promueve actitudes más positivas hacia la aplicación del Derecho, encontrando las soluciones más adecuadas a cada situación.

 J) Permite acomodar los diferentes estilos de aprendizaje de los estudiantes de hoy en día.

K) Facilita un mayor rendimiento académico.

L) Permite la preparación de los estudiantes como abogados del siglo XXI.

M) Permite desarrollar la capacidad de liderazgo.

N) Prepara a los estudiantes para el mundo del trabajo actual.

Poniendo de manifiesto los Valores de la Abogacía, la labor fundamental que realizan los Jueces y Magistrados en la interpretación de las normas, en su correcta aplicación, fomentando la seguridad jurídica, ofreciendo soluciones concretas a cada caso. En un tiempo de cumplimiento normativo y de reformas legales constantes.

El Magistrado Dr. Ricardo Rodríguez destacó la importante labor que realizan todos los operadores jurídicos para que la actuación de la justicia funcione, destacando también la labor que llevan a cabo los letrados del turno de oficio quienes en condiciones absolutamente limitadas están reclamando con firmeza el reconocimiento de la sociedad sobre la calidad de un servicio público de defensa jurídica.

 

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
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