Un evento de dimensiones mundiales como es esta 59 Edición de la UIA es el escaparate perfecto para encontrarte con expertos de primera talla internacional como ponentes. En la jornada de este jueves sobre arbitraje, patrocinada por CIMA, intervino uno de los árbitros de mayor prestigio del momento como es José Rosell, español, afincado en París en el despacho Hughes Hubbard. Miembro del Comité Internacional de Arbitraje de la CCI ha sido árbitro en disputas de especial complejidad. Rosell es capaz de realizar arbitrajes en Inglés, francés y español, y tiene conocimientos básicos de italiano y portugués. Su presencia en los paneles de las entidades arbitrales más importantes del mundo es habitual, así como en directorios como Chambers, Best Lawyers o he Legal 500 EMEA en Francia como un auténtico experto en arbitraje. Con él hemos conversado sobre la evolución del arbitraje en estos últimos años y cuestiones que generan novedad, como la doble instancia en determinadas instituciones arbitrales, las bifurcaciones o la figura emergente del Secretario Arbitral: “Lo que está ocurriendo en España a nivel arbitral está sucediendo en otros países. Un país como Francia tiene tantas cortes arbitrales como cámaras de comercio que posee en todo su territorio. Quizás haya más instituciones arbitrales en Francia que en España.” Y espera que en nuestro país el propio mercado silva de filtro entre las instituciones arbitrales. Rosell desconfía de la doble instancia en el arbitraje y cree que los laudos anulados en España por el TSJ son un caso concreto. “No hay que generalizar sobre este tema y demonizar el arbitraje”, aclara.
Sr. Rosell, usted que es un árbitro contrastado en las principales cortes arbitrales del mundo. ¿Cuál es el estado del arbitraje en estos momentos?
Está en franca evolución. Es el único medio no judicial para resolver las controversias de esos contratos internacionales o inversiones sin que decidan los jueces. Estoy convencido que es una institución que va a seguir prosperando en este mundo global sin fronteras.
Dicho esto, resulta complicado pronosticar qué éxito tendrá en el futuro. Tendríamos que distinguir que tipo de arbitraje si es internacional o de inversiones porque la problemática de ambos modelos no son la misma.
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“No hacen falta instituciones arbitrales especializadas en jurisdicciones. Con poder contar con árbitros especialistas en determinadas materias es suficiente para que el arbitraje tenga los niveles de calidad que se espera de él.” |
Parece claro que las empresas buscan, fuera de su país, seguridad jurídica y no someterse legislaciones complejas y desconocidas.
Eso es cierto, no puede jugarse la empresa una operación de gran calado en una jurisdicción que no conoce.
En conflictos donde las compañías son de diferente nacionalidad el arbitraje es un medio muy apropiado para resolver la controversia. Luego, como bien usted sabe, gracias al Convenio de Nueva York ese laudo es ejecutable en cualquier país del mundo suscrito al mismo.
Desde fuera, a nivel de instituciones arbitrales aún se observa una distancia entre la CCI de París, casi centenaria, y otras entidades que administran arbitraje..
Es posible que así sea aunque la competencia se ha incrementado en estos años. Gracias a la competencia el sistema mejora. CCI de París sigue siendo una institución que por prestigio eligen muchas empresas, eso se traduce en que gestiona más arbitrajes.
Junto a ello, se observan nuevos focos regionales del arbitraje como es el caso de Singapur, que en los últimos años ha crecido de forma notable en esta práctica. El propio Gobierno de este país ha invertido mucho dinero en promover esta práctica extrajudicial.
Eso ha hecho que muchos conflictos regionales se hayan focalizado en esa zona del mundo. En el futuro veremos muchos centros de arbitraje que se han puesto en marcha y donde el concepto de proximidad es importante.
¿Podemos esperar que surjan cortes arbitrales especializadas en materias concretas?
No creo que eso suceda, realmente. Sin embargo, en la historia más reciente del arbitraje ha habido instituciones que históricamente se especializaban en determinados asuntos. Es el caso de las Cámaras de arbitraje marítimas o aquellas especializadas en cereales.
Pero fuera de estos campos, a nivel de comercio internacional, le diré que no se ve esa especialización que usted apunta. Podría citarse el centro financiero del arbitraje que se creo hace unos años en La Haya, el Tribunal Internacional de Primera Finanza (Prime Finance) que aún no tiene muchos arbitrajes.
De todas formas, no hacen falta instituciones arbitrales especializadas en jurisdicciones. Con poder contar con ese experto del panel del árbitro que domine esa cuestión es suficiente para que el arbitraje tenga los niveles de calidad que se espera de él.
¿Cree que podrá haber algún punto de encuentro en el futuro entre el arbitraje de inversión y el tradicional arbitraje internacional?
Es complicado que se acerquen dichos modelos. En muchos países lo que gusta del arbitraje tradicional es su confidencialidad en todo el proceso arbitral, a no ser que las partes pacten otra cosa.
Por el contrario, en el arbitraje de inversiones, al haber dinero público por medio se busca más transparencia. Sin embargo cuando se contacta con los propios Estados ellos te dicen que preferirían que no fuera tan transparente estos procesos. Muchos arbitrajes de inversión que no son gestionados por el CIADI tienen el mismo tratamiento confidencial que los citados arbitrajes internacionales.
Usted ha sido ponente de una jornada que ha patrocinado CIMA en este 59 Congreso de la UIA sobre factores claves del procedimiento arbitral. Uno de ellos la figura del Presidente del Tribunal arbitral y su elección.
Es cierto, es una figura importante, tanto a nivel único como en un tribunal de tres árbitros. En muchos casos el Presidente del Tribunal Arbitral tiene la última palabra de ese asunto, en función de lo que diga ese Reglamento arbitral que regula su actividad.
¿Qué es más complicado, ser Presidente de un Tribunal Arbitral o árbitro único de un asunto?
Es muy buena pregunta. En mi caso, y por la experiencia que atesoro prefiero formar parte de un Tribunal con tres árbitros. En este escenario hay una discusión que siempre es buena sobre el asunto. La vida de un árbitro único en un arbitraje es muy solitaria y no puede compartir con nadie sus inquietudes. El tribunal arbitral siempre se justifica en arbitrajes complejos .
En los últimos años, las instituciones arbitrales han revisado sus Reglamentos y da la sensación que mejorado el control de sus árbitros. Ahora además de independencia se les pide disponibilidad clara para llevar ese asunto.
No estoy seguro que ahora con esos cambios que usted señala tenga el árbitro más obligaciones. A la independencia e imparcialidad se les pide ahora la disponibilidad. Creo que la reforma que se ha hecho es sana y necesaria.
Si las partes acuden al arbitraje es porque éste es más rápido. Si para emitir un laudo tras la última audiencia se espera dieciocho meses no es lo que las partes esperaban.
Pedirles a los árbitros que aclaren su disponibilidad y digan qué arbitrajes llegan en la actualidad creo que ha sido un acierto por parte de las instituciones arbitrales.
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“Si las partes acuden al arbitraje es porque éste es más rápido. Si para emitir un laudo tras la última audiencia se espera dieciocho meses no es lo que las partes esperaban.” |
Otra cuestión que se abordó en esta jornada tiene que ver con la bifurcación. En determinados asuntos se alejan las cuestiones secundarias del asunto del arbitraje para que éste vaya más rápido.
La bifurcación es una herramienta muy interesante. Pero es como el propio arbitraje. Hay que ver caso por caso para saber a dónde vamos. Tenga en cuenta que en casos idénticos pueden surgir bifurcaciones de diferente tipo; competencia jurisdiccional; responsabilidad y daños, e incluso para resolver cuestiones preliminares en arbitrajes complejos.
Apoyarse en esas bifurcaciones señala sobre todo un conocimiento notable por parte de los árbitros de la materia. De tal forma que gestionadas de forma correcta se puede ir al arbitraje en cuestión de forma más ágil que antes.
No obstante esta medida tiene que ver con las partes y su estrategia. No siempre el Tribunal Arbitral tiene suficiente información para poner en marcha esta medida. Si las partes no dan la información suficiente, no podrá decidir el propio Tribunal sobre las posibles bifurcaciones.
También en esta jornada que ha tenido lugar en este 59 Congreso de la UIA se ha hablado de la figura cada vez más emergente del Secretario Arbitral.
Tenemos que acostumbrarnos a verla en determinados procedimientos, lo cual no significa que solape las competencias de ningún árbitro de esos asuntos.
En los últimos años ha servido que muchos jóvenes entren en el mundo del arbitraje. Es una especie indirecta de formación, realmente. La figura del Secretario Arbitral tiene que ser algo más que eso.
Es fundamental que las partes sepan si la institución arbitral va a imponer un Secretario Arbitral en ese asunto; qué honorarios tiene y si puede tener algún conflicto de interés concreto. En arbitrajes complejos con cientos de documentos puede ser bueno contar con un Secretario o Secretaria Arbitral aunque en muchos casos no se justifica
Hablaba de la entrada en el mundo del arbitraje. Los jóvenes de ahora parece que lo tienen más fácil que otras generaciones anteriores. ¿Han cambiado mucho los tiempos, verdad?
Es cierto, ahora todo es más sencillo. El mundo es global y la información fluye gracias a Internet. Recuerdo que en mi caso fue gracias a la Universidad desde donde conocí la práctica arbitral. Me interesó en seguida y después de muchos años como abogado de parte y árbitro sigo con la misma ilusión de entonces. Solo me dedico a ello.
Desde París, su lugar de trabajo y residencia, ¿cómo se ve todo el movimiento que hay en España de instituciones arbitrales?
Lo que está ocurriendo en España a nivel arbitral está sucediendo en otros países. Un país como Francia tiene tantas cortes arbitrales como cámaras de comercio que posee en todo su territorio. Quizás haya más instituciones arbitrales en Francia que en España.
En otros países como Letonia hay unas ciento veinte instituciones arbitrales. Este es un país pequeño que no tiene ni tres millones de habitantes. Es cierto que en este país la justicia no funciona bien y esa puede ser una explicación de su auge. Hay más confianza en los árbitros que en los jueces.
Respecto a la situación española, creo que el mercado se autorregulará en los próximos años y quedarán realmente aquellas que sean más solventes y profesionales en la gestión de los arbitrajes. Tenga en cuenta que las entidades arbitrales con un par de arbitrajes al año no van a poder subsistir. Asistiremos a muertes naturales.
¿Cómo ve la evolución de CIMA en estos años, usted que fue ponente el pasado año en su 25 aniversario como entidad arbitral?
Es una evolución importante fruto de un trabajo riguroso y profesional. Además del trabajo divulgativo que todas las entidades arbitrales lo hacen también CIMA ha apostado por otra actividad más científica. El prestigio de la institución pasa por esto. Esto está generando confianza y muchas empresas no dudarán en apostar por CIMA como institución.
Al mismo tiempo se sabe que es una entidad que realiza un proceso importante de selección de los árbitros con la calidad y la experiencia necesaria para gestionar ese asunto.
¿Cómo valora su intento de posicionarse en Hong Kong para dar servicio a empresarios españoles en esa zona del mundo?
Es una excelente noticia esta iniciativa, no me cabe la menor duda. Sé que también han estado en EEUU; que tanto Juan Serrada, presidente como Paco Ruiz Ruiseño, secretario general, acuden con asiduidad a América Latina. Se valora mucho de ellos su seriedad y profesionalidad.
En nuestro país, antes del verano se produjeron ciertas anulaciones por tribunales judiciales de determinados laudos. ¿Cómo analiza un experto como usted esta cuestión?
No se puede llegar a los extremos de decir que no se puede arbitrar en España. Casos extremos y puntuales de malos arbitrajes existen en todos los países: Francia, España, Estados Unidos o Suecia por darle unos datos.
Este tipo de decisiones que toman los tribunales ordinarios de forma puntual no significa que el modelo arbitral no funcione. Hay áreas delicadas en materia arbitral como son el derecho europeo de la competencia; donde no está claro si hay posibilidad de acudir al arbitraje.
Seguirá la discusión, como la hubo sobre si en los temas societarios se podría acudir al arbitraje que se resolvió con una modificación de la ley.
Es posible que en el futuro la Corte de Arbitraje tenga que intervenir en materia de contratos administrativos o bajo reglamentación específica. No generalicemos. Es un tema puntual lo que ha pasado en España con las anulaciones del TSJ de Madrid.
También vemos la aparición de las cláusulas medarb o escalonadas, se pretende ir primero a la mediación y si ésta no funciona recalar en el arbitraje.
El futuro del arbitraje tenderá a este modelo en el que se reflejen este tipo de cláusulas. Tenga en cuenta que el arbitraje no resuelve todo. No creo que la mediación o conciliación sea un enemigo del arbitraje. Son elementos complementarios y etapas importantes que en determinados contratos pueden ser correlativas.