El
Presidente del Tribunal de Cuentas y el de la Sindicatura de Cuentas de
Cataluña, Ramón Álvarez de Miranda y Jaume Amat i Reyero, respectivamente,
firmaron este lunes, en la sede de la Sindicatura, el “Convenio de
colaboración para la implantación de medidas de coordinación para la remisión
telemática de la información a la que se refiere el art. 218.3 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, así como de los
acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa”.
Con este
Convenio, ambas Instituciones establecen actuaciones coordinadas para el
cumplimiento de la obligación que corresponde a los órganos de intervención de
las entidades locales, de remitir al Tribunal de Cuentas, con carácter anual, la
información a que se refiere el mencionado artículo 218.3, y los acuerdos
adoptados sin el trámite de fiscalización previa, en el marco de la
Instrucción dictada al efecto por
dicho Tribunal el 30 de junio de 2015. En el caso de las entidades locales
catalanas, y en virtud de este Convenio que hoy se firma, la remisión de dicha
información podrá efectuarse a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas
de las Entidades Locales del Tribunal de Cuentas (www.rendiciondecuentas.es) o
de la Plataforma de la Sindicatura de Cuentas de Cataluña (www.sindicatua.cat).
El acuerdo
señala que la Institución titular de la plataforma ante la que se presente la
mencionada información, la enviará telemáticamente a la otra institución,
compartiéndose así la información recibida para el adecuado ejercicio de la
función fiscalizadora.
Colaboración al servicio del interés general
El
Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Cuentas de Cataluña vienen manteniendo,
desde hace años, relaciones de coordinación y colaboración. En 2009, ambas
instituciones suscribieron un Acuerdo por el que se inició, entre ellas, un
sistema de relación para mejorar el desarrollo de los procedimientos de
fiscalización sobre la gestión económica de las entidades locales de su
competencia, mediante la implantación de medidas de coordinación de la rendición
telemática de las cuentas generales de tales entidades.
En virtud
de aquel convenio, las entidades locales catalanas podían presentar sus cuentas
ante cualquiera de las dos Instituciones, entendiendo, con ello, cumplido el
deber legal de rendición ante ambas. La institución de control que recibiera las
cuentas, debía remitirlas telemáticamente a la otra, en los plazos y de acuerdo
con los procedimientos establecidos.
Este
acuerdo se renovó el 3 de diciembre de 2014, actualizándose el sistema con
nuevas aplicaciones, con el objetivo de facilitar la rendición de las cuentas
generales, la explotación de sus contenidos y, por ende, potenciar la
fiscalización a nivel global.
El
Convenio firmado hoy, que supone un paso más en las relaciones de cooperación y
coordinación entre el Tribunal de Cuentas y la Sindicatura de Cuentas de
Cataluña, significa, también, una demostración del funcionamiento de las
Instituciones públicas al servicio del interés general, así como de las ventajas
que se derivan de la colaboración entre ellas para la mejora, en este caso, del
control externo sobre las entidades que integran la Administración Local.