Desde enero de 2014, la Comisión Europea se afana por aumentar la seguridad de
las transferencias de datos de los ciudadanos europeos sobre la base de 13
recomendaciones.
Tras la sentencia del Tribunal, la Comisión ha intensificado las negociaciones
con los Estados Unidos de un marco renovado y seguro para la transferencia de
datos personales. El objetivo de la Comisión es concluir esas negociaciones en
el plazo de tres meses.
La sentencia del Tribunal de Justicia de 6 de octubre en el asunto Schrems
subrayó la importancia del derecho fundamental a la protección de datos, incluso
cuando se transfieren datos personales a terceros países.
Entre tanto, las empresas deben acatar la sentencia y recurrir a los
instrumentos de transferencia alternativos existentes. Como el primer
vicepresidente Timmermans y la comisaria Jourová anunciaron el día
en que se dictó la sentencia, la Comisión ha publicado hoy orientaciones
sobre las posibilidades de transferencia transatlántica de datos tras la
sentencia y hasta que se instaure un nuevo marco. La Comunicación explicativa de
la Comisión analiza las consecuencias de la sentencia y establece los mecanismos
alternativos para la transferencia de datos personales a los Estados Unidos. La
Comisión también seguirá trabajando estrechamente con las autoridades
independientes de protección de datos a fin de garantizar un cumplimiento
uniforme de la sentencia.
Andrus Ansip,
Vicepresidente responsable del
mercado único digital,
ha declarado: «Necesitamos un acuerdo con nuestros socios de EE.UU. en los
próximos tres meses.
Se ha pedido a la Comisión que actúe con rapidez y es lo que estamos haciendo.
Hoy proporcionamos directrices claras y nos comprometemos a concluir las
negociaciones en curso en un plazo determinado.
La UE y los Estados Unidos son, respectivamente, los más importantes socios
comerciales. Los flujos de datos entre nuestros continentes son esenciales para
las personas y las empresas. Si bien existen instrumentos alternativos, un nuevo
marco más seguro es la mejor solución para proteger a nuestros ciudadanos y
reducir la carga administrativa de las empresas, especialmente las empresas de
nueva creación».
La comisaria Vĕra Jourová ha declarado: «Los ciudadanos necesitan
sólidas salvaguardias para garantizar la protección de sus derechos
fundamentales. Y las empresas necesitan claridad durante este período
transitorio. Nuestro objetivo hoy es explicar en qué condiciones las empresas
pueden transferir datos legalmente durante el período transitorio. Asimismo,
seguiremos colaborando estrechamente con las autoridades nacionales de
protección de datos, que son responsables de la aplicación de la legislación
sobre protección de datos en los Estados miembros. He intensificado las
conversaciones con los EE.UU. para lograr un nuevo y sólido marco para los
flujos transatlánticos de datos, y las negociaciones continuarán en Washington
la semana próxima. Cualquier nuevo acuerdo deberá cumplir los requisitos de la
sentencia del Tribunal.»
En su Comunicación, la Comisión subraya los puntos siguientes:
-el régimen de puerto seguro ya no constituye una base jurídica para la
transmisión de datos personales a los Estados Unidos;
-la Comisión proseguirá y concluirá las negociaciones de un nuevo y sólido marco
para las transferencias transatlánticas de datos personales, que debe cumplir
los requisitos identificados en la sentencia del Tribunal, en particular por lo
que se refiere a las limitaciones y garantías del acceso a los datos personales
por parte de las autoridades públicas de los Estados Unidos;
-deberán modificarse otras decisiones de adecuación a fin de garantizar que las
autoridades de protección de datos (APD) sigan teniendo libertad para investigar
las quejas presentadas por particulares.
La Comunicación establece las bases alternativas para las transferencias de
datos personales a los Estados Unidos, sin perjuicio de la independencia y las
competencias de las APD para examinar la legalidad de dichas transferencias. Las
empresas pueden proseguir las transferencias de datos sobre la base de:
-
Soluciones contractuales:
las cláusulas contractuales deben constituir obligaciones, tales como
medidas de seguridad, información al interesado, garantías en caso de
transferencia de datos sensibles, etc. Pueden encontrarse modelos de
cláusulas contractuales tipo
aquí.
-
Normas corporativas vinculantes para las transferencias intragrupales:
permitenla libre circulación de datos personales entre las diferentes
sucursales de una sociedad de ámbito mundial. Tienen que ser autorizadas por
la APD de cada Estado miembro desde el que la multinacional desee transferir
datos.
o celebración o ejecución de un contrato [incluidas las situaciones
precontractuales]: por ejemplo, pueden transferirse datos personales con objeto
de reservar un vuelo o una habitación de hotel en los Estados Unidos;
o reconocimiento, ejercicio y defensa de un derecho en un procedimiento
judicial;
o si no hay otro motivo, el consentimiento libre e informado de la persona.
Contexto
El 6 de octubre, el Tribunal de Justicia declaró en su sentencia en el asunto
Schrems que el régimen de puerto seguro de la Comisión era inválido. La
sentencia confirmó el enfoque adoptado por la Comisión, desde noviembre de 2013,
de revisar el régimen de puerto seguro para garantizar en la práctica un nivel
suficiente de protección de datos, tal como exige el Derecho de la UE.
El 15 de octubre, el vicepresidente Ansip y los comisarios Oettinger y Jourová
se reunieron con representantes del sector empresarial, que solicitaron una
interpretación inequívoca y uniforme de la sentencia, así como una mayor
claridad sobre los instrumentos que podrían utilizar para la transferencia de
datos.
El 16 de octubre, las 28 autoridades nacionales de protección de datos (Grupo de
trabajo del artículo 29) emitieron una
declaración
sobre las consecuencias de la sentencia.