El Ayuntamiento de Valencia dispone, a su cargo y desde hace años, de un Punto
de Encuentro Familiar (P.E.F) cuya finalidad es facilitar un lugar de reunión
neutral para el encuentro entre los miembros de familias en crisis y garantizar
el derecho de los menores y de los propios progenitores o familiares a
restaurar, mantener o desarrollar una relación adecuada entre estos después de
la separación, divorcio o ruptura familiar, siempre en base a una resolución
judicial o administrativa.
Las familias con menores atendidos por el mismo, en las distintas funciones que
aquel desarrolla, son derivados directamente por los Juzgados de esta ciudad o
por la Consellería de Bienestar Social.
Dicho Punto de Encuentro Familiar está atendido por un equipo multidisciplinar y
especializado. Profesionales comprometidos con el principio de proteger el
interés del menor, desarrollando sus intervenciones, según la función indicada
por el Juzgado en cuestión, con objetividad y salvaguardando la igualdad de las
partes en conflicto.
Desde el inicio, el Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) ha venido colaborando
con el Punto de Encuentro Familiar designando los letrados que asisten en el
mismo, después de un riguroso sistema de selección que acredita su idoneidad y
formación para el desempeño de aquella función, siendo su actuación profesional
abonada por el Ayuntamiento de Valencia a través del Colegio.
Sin embargo el Ayuntamiento de Valencia no ha firmado el Convenio para 2015, ya
finalizado el año, proponiendo además para 2016 un texto en el que el pago se
convierte en subvención, con fiscalización de las Cuentas del ICAV y en el que
se pretende que sea el propio Colegio de Abogados quien asuma todas las
responsabilidades económicas que se puedan derivar de la prestación de aquel
servicio municipal.
El Colegio de Abogados de Valencia ha puesto en conocimiento del Ayuntamiento de
Valencia su intención de, con fecha 31 de enero de 2016, suspender el
servicio que garantizan los abogados designados, y ello ante los reiterados
impagos por parte del Ayuntamiento de Valencia de los servicios prestados por
los indicados letrados, por lo que presentará de inmediato la correspondiente
Reclamación Administrativa Previa al Contencioso-Administrativo por el importe
total de la deuda (desde enero de 2015) a favor de los letrados que han venido
prestando aquel servicio, manteniendo su interés en seguir negociando una
solución que no perjudique al ciudadano.
De igual forma se dará el oportuno traslado e información al Juez Decano a fin
de que pueda tener conocimiento de la situación que, desde hace meses, y con
origen en los citados impagos, se lleva sufriendo, ya que el coste del servicio
que debe asumir la Administración Municipal, dado el servicio de interés general
de que se trata, no lo puede atender el Colegio de Abogados con cargo a las
cuotas del resto de colegiados.
El Colegio de Abogados de Valencia lamenta los trastornos y molestias que dicha
suspensión del servicio causarán a la ciudadanía, incluida la eventual
cancelación de toda nueva derivación desde los Juzgados y Tribunales al PEF por
la falta de profesionales al frente de aquel servicio municipal, pero no puede
asumir que el Ayuntamiento de Valencia siga manteniendo el citado servicio por
profesionales del Derecho sin la atención económica de los mismos.