La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con
862.375 euros a cinco empresas, Arabbesko Madrileña, S.L.U., Comercial Polindus
21, S.L., Iebolina Tradicional, S.L., Nextcard-Consultores e Serviços, LDA y
Promóvil Telecomunicaciones, S.L., por emplear diferentes números de SMS Premium
para fines distintos a los declarados en sus solicitudes y para los que no
estaban autorizados.
En concreto, las sanciones son las siguientes:
La conducta infractora consistía en que, una vez que un usuario remitía un SMS a
los números citados o contestaba a un mensaje recibido en el móvil que incitaba
a responder, las empresas no le suministraban un contenido Premium descargable
(por ejemplo, una melodía) sino que se iniciaba una conversación con ese usuario
con el objetivo de aumentar el consumo mediante el incremento del número de SMS
Premium intercambiados.
La diferencia en las cuantías de las sanciones impuestas finalmente a las
empresas infractoras se debe, entre otros motivos, a la cantidad de números de
SMS utilizados, los distintos importes ingresados como consecuencia o con
ocasión de la infracción cometida y al periodo que duró la comisión de la
infracción: elementos que fueron sustancialmente más elevados o prolongados en
los casos de los operadores Iebolina y Polindus frente a los del resto de
operadores.
El incumplimiento de las condiciones determinantes de la adjudicación y
asignación de numeración supone una “infracción grave” tipificada en el artículo
77.19 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
La decisión puede ser recurrida ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses.