El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha
reclamado al Parlamento que haga efectivo el mandato legal que obliga a que las
controversias judiciales en relación con el sistema para la autonomía y la
atención a la dependencia sean conocidas por la jurisdicción social, y no por la
contencioso-administrativa, como ocurre ahora.
La vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Social, aprobada en el año 2011,
atribuye a esta jurisdicción los litigios relacionados con la Ley de Autonomía
Personal y Dependencia, pero aplazó el momento de su aplicación efectiva a lo
que dispusiera una Ley que el Gobierno debería remitir a las Cortes tres años
después de su promulgación.
Transcurridos con creces esos tres años, que se cumplieron diciembre en 2014, es
el momento de que el Parlamento cambie la Ley, de modo que los asuntos
litigiosos relativos a la dependencia (discrepancia con la valoración, concesión
o no de grado de dependencia, reconocimiento o denegación de prestación,
desacuerdo con las cuantías, etc.) sean competencia real de la jurisdicción
social.
A pesar de ser un tema netamente social, las controversias de dependencia están
atribuidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, más formalista,
gravosa, cara y lenta que la social, lo que dificulta enormemente la protección
judicial del derecho subjetivo creado por la Ley 39/2006.
Esta regulación impide atacar las malas prácticas de las Administraciones
sociales, dejando en buena medida indefensa a las personas en situación de
dependencia que no están conformes con las decisiones de los poderes públicos
que les perjudican.