El Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha desestimado por
unanimidad, el recurso que presentó el Colegio de Periodistas de Cataluña
contra el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia
de Cataluña de 14 de enero de 2014 que reguló el acceso de los medios a las
dependencias de los órganos judiciales.
En aquel acuerdo, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior catalán prohibió
el acceso de las cámaras de televisión a los pasillos de la sedes
judiciales.
El Tribunal Supremo considera que esas limitaciones no conculcan el derecho
a la información, como argumentaban los recurrentes. La sentencia recogerá
pronunciamientos sobre la materia del propio Tribunal Supremo y del Tribunal
Constitucional.