Una jueza de Valencia eleva al Supremo la causa contra la senadora Rita Barberá
por no retirar símbolos franquistas cuando era alcaldesa y el juez del ‘caso
Imelsa’ remite al Tribunal Supremo la parte de la investigación por blanqueo que
afecta a la senadora.
Denuncia por desobediencia por incumplir la Ley de Memoria Histórica
El Juzgado de Instrucción 16 de Valencia, que tiene abierta una causa por una
denuncia contra la exalcaldesa de Valencia por incumplir la Ley de la Memoria
Histórica, ha remitido al Tribunal Supremo una exposición razonada para que sea
el Alto Tribunal el que decida si investiga y, en su caso, juzga a Rita Barberá.
La magistrada considera que no es competente para pronunciarse sobre la admisión
a trámite de la denuncia contra Barberá por supuestos delitos de desobediencia y
denegación de auxilio por no retirar los símbolos franquistas de calles y
edificios de la ciudad cuando era alcaldesa. Como senadora, Barberá está aforada
ante el Tribunal Supremo, único competente para investigarla y juzgarla.
La exalcaldesa de Valencia fue denunciada en mayo de 2015 por tres personas (un
diputado socialista, el coordinador del Grupo para la Recuperación de la Memoria
Histórica y un abogado) por supuestos delitos de desobediencia y denegación de
auxilio en los que habría incurrido por negarse a retirar de las calles de la
ciudad escudos, insignias y placas con símbolos franquistas.
En junio, la titular de instrucción 16 se inhibió en favor del Tribunal Superior
de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) porque entonces Barberá era
diputada autonómica y, por tanto, aforada ante el Alto Tribunal valenciano.
En septiembre, la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV rechazó la inhibición del
Juzgado de Instrucción 16 de la capital y le devolvió la causa tras recibir la
acreditación de que la denunciada, desde el 22 de julio de 2015, ocupaba un
escaño en el Senado.
El TSJCV, de conformidad con el criterio expresado por la Fiscalía, entendió
entonces que la condición de senadora de la exalcaldesa, única denunciada,
determinaba la "falta de competencia de esta Sala para pronunciarse sobre la
admisión de dicha denuncia, al resultar competente la Sala Segunda del Tribunal
Supremo".
Por tal motivo, el ponente, el magistrado José Francisco Ceres, acordó no
aceptar la inhibición del Juzgado de Instrucción 16 en el que recayó
inicialmente la denuncia contra Barberá y devolver a dicho juzgado las
diligencias para que proceda conforme a Derecho.
La magistrada de Instrucción 16 solicitó entonces, en octubre, a la Cámara Alta
la acreditación de que la exalcaldesa de Valencia es senadora. Esa petición no
fue respondida. Cuatro meses después, en marzo, el Juzgado de Instrucción 16
ofició de nuevo al Senado para reiterar la petición de la información que
necesitaba la magistrada antes de resolver si enviaba la causa al Tribunal
Supremo.
Recibida esa información, la magistrada, de conformidad con el criterio del
fiscal y apelando a la resolución del TSJCV, que ya dijo que el competente era
el Tribunal Supremo, ha acordado elevar las diligencias a la Sala de lo Penal
del alto tribunal.
‘Caso Imelsa’
El titular del Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga, en
una pieza separada del 'caso Imelsa', un presunto delito de blanqueo de
capitales en el seno del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia, ha
remitido al Tribunal Supremo la parte de la investigación que afecta a la
exalcaldesa Rita Barberá, aforada ante el Alto Tribunal por su condición actual
de senadora.
En esta pieza separada, con 47 personas imputadas más el PP, imputado como
persona jurídica, se investigan las donaciones de 1.000 euros efectuadas por
concejales y asesores, cantidad que presuntamente les era devuelta por el
partido en dos billetes de 500 euros para blanquear dinero en efectivo de
supuesta procedencia ilícita.
El magistrado considera que habiendo reconocido la exalcaldesa que realizó el
donativo de 1.000 euros por el que están imputados y han sido interrogados todos
los concejales, exconcejales, asesores y exasesores que también efectuaron el
pago en vísperas de las elecciones de 2015, sería “incoherente” no elevar
exposición al Tribunal Supremo, por ser el único competente para investigar y,
en su caso, juzgar a la parlamentaria nacional.
Señala el juez, no obstante, que ni las dos investigadas (imputadas según la
terminología anterior a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) que han
reconocido que el dinero entregado les fue devuelto, ni los cuatro testigos que
se negaron a hacer la aportación, han realizado una imputación concreta respecto
a la participación de la exalcaldesa de Valencia en los hechos objeto de
investigación.
En su escrito, sin embargo, el instructor detalla las sospechas que existen
sobre las finanzas del PP e incide en la relación de la senadora con la persona
que gestionaba las cuentas bancarias, la exsecretaria del Grupo Municipal, María
del Carmen García-Fuster, también imputada en este procedimiento.
Barberá, apunta el juez, era su superiora jerárquica como alcaldesa y máxima
responsable del Grupo Municipal. Existía, además, una relación personal de
estrecha confianza entre la aforada y la principal investigada, quien en su
declaración judicial se negó a desvelar el origen de varios ingresos detectados
en 2003, 2010 y 2011 por un importe superior a 200.000 euros, así como la
identidad de la persona que le entregaba ese dinero.
Silencio significativo y dinero opaco
El juez considera que la investigación sobre el supuesto dinero blanqueado, por
la naturaleza opaca del mismo, es compleja. Sobre este extremo, explica que la
“presunta naturaleza delictiva de comisiones o mordidas en el ámbito de la
Concejalía de Cultura que se investigan en la pieza principal” “son muy
anteriores en el tiempo", pero considera “significativo” el silencio de García
Fuster al ser interrogada sobre el origen de ese dinero.
Antes de elevar la causa al Supremo, el magistrado ofreció a Barberá declarar.
La senadora presentó un escrito de alegaciones en el que reconoce la aportación
del dinero para la campaña de las elecciones de 2015 en las que ella optaba a la
Alcaldía, y niega el reintegro del mismo. Sus explicaciones, señala el
instructor, son insuficientes para excluir su posible implicación en los hechos
investigados.
El juez concluye su escrito dirigido al Tribunal Supremo dando cuenta del estado
de la causa respecto al exconcejal Miquel Domínguez, que también habría
efectuado la aportación de 1.000 euros. En la actualidad, Domínguez es diputado
autonómico y, por tanto, está aforado ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.
Domínguez, como hiciera Barberá, ha rehusado la invitación para declarar
voluntariamente pero ha presentado un escrito de alegaciones.
La investigación por blanqueo de capitales en el Ayuntamiento de Valencia es una
pieza separada del 'caso Imelsa', en el que se investiga el amaño de contratos a
cambio de comisiones ilegales en varias administraciones de la Comunidad
Valenciana: Diputación (a través de la empresa Imelsa); Ayuntamiento (a través
de la Concejalía de Cultura) y Generalitat (a través de la empresa Ciegsa). La
causa, que nació en abril de 2015, está abierta por malversación, fraude en la
contratación pública, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo.