Arriaga Asociados que representa a más de mil afectados por las llamadas hipotecas multidivisa, valora muy positivamente el fallo del Tribunal Supremo (TS) al considerar abusivas las hipotecas concedidas en divisa extranjera en aquellos casos en los que hubo falta de transparencia por parte de la banca en su comercialización.
El TS confirma que la exigencia de transparencia de las cláusulas contractuales no puede reducirse sólo al carácter comprensible de éstas en un plano formal y gramatical sino que las instituciones financieras tienen la obligación de facilitar a los prestatarios información suficiente para que éstos puedan tomar decisiones fundadas y prudentes y puedan comprender el alcance del clausulado multidivisa.
Con este fallo el Tribunal Supremo ratifica los argumentos de la Sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el 20 de septiembre de 2017 (asunto C-186/16) donde reiteraba los contenidos y argumentaciones que ya había sentado en Sentencias anteriores (entre otras muchas, en la STJUE de 14 de marzo de 2013, Aziz C-415/11 o en la STJUE de 30 de abril de 2014, Kásler, C-26/13).
Con esta sentencia el Tribunal Supremo considera que «aunque el consumidor medio puede prever el riesgo de un cierto incremento de las cuotas de amortización por efecto de la fluctuación de las monedas sin necesidad de una especial información, no ocurre lo mismo con otros riesgos asociados a estas hipotecas».