El viernes pasado se celebró en la Universidad de Alcalá una intensa jornada dedicada a la residencia como punto de conexión en la aplicación del Derecho, con especial referencia a las particularidades fiscales. Dirigida por Manuel Lucas Durán, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá y miembro de la AEDAF, la jornada se centró en el análisis de las consecuencias jurídicas y tributarias derivadas de la vinculación personal de los diferentes territorios en los que se fija la residencia fiscal y las dificultades probatorias que conlleva determinar que la residencia habitual o sede social se ostenta en uno u otro lugar.
La jornada comenzó con una mesa redonda dedicada a la vecindad civil, domicilio social y nacionalidad en la aplicación del Derecho Privado. En ella participaron Iván Heredia, Profesor Titular de Derecho Internacional Privado de la Universidad Autónoma de Madrid, ex Subdirector General del Notariado y de los Registros y asociado de Garrigues; y Fernando Díaz, Profesor Titular interino de Derecho Civil de la Universidad de Alcalá, bajo la moderación de Manuel Lucas Durán.
A continuación se celebró otra mesa redonda, también moderada por Manuel Lucas, sobre la residencia fiscal en los tributos locales, en la que figuraron Andrés García, Profesor Titular (acreditado a Catedrático) de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Autónoma de Madrid y Tomás García, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá. En ella se debatió sobre la existencia de algunos municipios que constituyen “paraísos fiscales” en relación con el Impuesto municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica (sobre todo en lo que respecta a empresas que tienen importantes flotas de vehículos) y posibilidad de reforma legal para evitar los mismos.
Y, seguidamente, se expusieron algunas comunicaciones a la jornada por profesores de distintas universidades españolas, en las que se debatió sobre los regímenes jurídicos especiales para trabajadores expatriados y expatriados (con amplias referencias al derecho comparado), a la presunciones en relación con residencia tributaria autonómica y su carácter de iuris tantum o uris et de iure, así como sobre la dificultad de determinar la residencia fiscal para rentas obtenidas a través de la generación y uso de criptomonedas.
Tras la comida, el debate se centró en la residencia fiscal en los tributos autonómicos con Violeta Ruiz, Profesora Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Carlos III y letrada del Tribunal Constitucional y Álvaro del Blanco, Subdirector Adjunto de Estudios del Instituto de Estudios Fiscales, moderados por Andrés García, Profesor Titular (acreditado a Catedrático) de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Autónoma de Madrid. En dicha mesa redonda se estudiaron, entre otros aspectos, la conformidad a Derecho de algunos requisitos exigidos por normativa autonómica en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como la necesidad de mantener la sede social o fiscal de las empresas que disfruten ciertos beneficios fiscales en relación con empresas adquiridas a título lucrativo.
Por último, en la sesión previa a la clausura, se trató el tema de la residencia fiscal en el ámbito interestatal. Sobre ella debatieron Santiago Lanaspa, abogado y personal investigador en formación de la Universidad de Navarra; Manuel Lucas, Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Alcalá y miembro de la AEDAF bajo la moderación de María Crespo, Profesora Titular de Economía Aplicada de la Universidad de Alcalá. En tal sesión se debatieron algunas cuestiones relacionadas con la residencia fiscal de las personas físicas y jurídicas, la determinación y prueba de las ausencias temporales de personas físicas, así como la indeterminación del concepto “sede de dirección efectiva” como regla que habría de resolver supuestos de doble residencia fiscal de personas jurídicas. Igualmente se han comentado las modificaciones incluidas en la última versión del MCOCDE (2017) y en el convenio multilateral de implementación de distintas acciones BEPS, así como la importancia de acudir al procedimiento de mutuo acuerdo y al procedimiento arbitral para resolver cuestiones relacionadas con supuestos de doble residencia.