Nuevo esquema de acreditación para expertos externos en prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo

Publicado el jueves, 12 marzo 2020

esquema de acreditación para expertos externos en prevención del blanqueo de capitales

La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) ha publicado hoy un nuevo esquema de acreditación, desarrollado a instancias y en estrecha colaboración con la Asociación Española de Compliance (ASCOM) y el Instituto de Expertos Externos en Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (INBLAC), que tiene como objetivo acreditar la competencia técnica de los expertos externos que auditan los sistemas de prevención del blanqueo y emiten informes para empresas y sujetos obligados.

Un esquema al servicio de las necesidades del mercado

La Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBC/FT) exige, en línea con los estándares internacionales sobre la materia, que las medidas de control interno adoptadas por los sujetos obligados sean objeto de examen a través de una auditoria anual realizada por experto externo independiente. Los sujetos obligados son empresas y organizaciones de ámbitos tan diversos como el bancario, financiero, compañías de seguros, casinos y empresas de juego, joyerías y artículos de lujo, promotoras inmobiliarias, abogados, economistas, asesores fiscales, asociaciones o fundaciones.

En este sentido, la Ley exige a los sujetos obligados encomendar la práctica del examen externo a personas que reúnan condiciones académicas y de experiencia profesional que las hagan idóneas para el desempeño de la función, pero no especifica cuáles deben ser éstas condiciones ni contempla ningún mecanismo para que los sujetos obligados puedan disponer de información fiable e independiente sobre la competencia del experto al que contraten.

El riesgo para el sujeto obligado se incrementa si el examen externo no se realiza de acuerdo con lo establecido reglamentariamente o muestra unos niveles de calidad muy deficientes, porque puede conllevarle la imposición de cuantiosas multas cuando el informe es objeto de revisión por el SEPBLAC.

Esta situación estaba generando un alto nivel de inseguridad en el mercado, especialmente entre los sujetos obligados de pequeño y mediano tamaño, que se enfrentaban al riesgo de tener que tomar una decisión con riesgo reputacional y económico sin acceso a información fiable respecto al profesional seleccionado.

Con todo ello, dos asociaciones clave del sector, ASCOM e INBLAC, decidieron solicitar a  ENAC la elaboración de un esquema de acreditación que permitiese a los expertos externos poder demostrar su competencia e independencia aportando, así, confianza al mercado y aumentando la seguridad jurídica de los sujetos obligados.

Para elaborar dicho esquema, ENAC contó con la participación de expertos provenientes de las diferentes partes interesadas que, junto con la Entidad, elaboraron una serie de criterios específicos de acreditación que adaptaban los requisitos establecidos en la norma UNE-EN ISO/IEC 17020, norma de referencia para la acreditación en el esquema, a las particularidades de la actividad realizada por los expertos externos.

Estos trabajos se han visto culminados con la aprobación del documento “CEA-ENAC-25, Criterios específicos de acreditación para entidades examinadoras para la Prevención del Blanqueo de Capitales y la Financiación del Terrorismo”, recientemente publicado en la web de ENAC junto con el resto de los documento necesarios para que las entidades interesadas puedan solicitar la acreditación.

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