El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha elaborado un informe en el que recoge las principales cuestiones que afectan a las personas con discapacidad y sus familias en el Real Decreto Ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En este sentido, el CERMI agradece al Gobierno su receptividad a los planteamientos sociales y con el sector de la discapacidad, al haber incorporado, como reclamaba la entidad, una “protección reforzada” a esta parte de la ciudadanía ante los efectos de la actual crisis de salud pública.
Entre las medidas que impactarán de manera favorable en la discapacidad, el CERMI destaca la creación de un fondo social extraordinario destinado exclusivamente a las consecuencias sociales del COVID-19, dotado con 300 millones de euros. Mediante transferencias a las administraciones territoriales, se podrán financiar proyectos y realizar contrataciones laborales necesarias para reforzar los servicios de proximidad de carácter domiciliario para garantizar los cuidados, el apoyo, la vinculación al entorno, la seguridad y la alimentación, especialmente los dirigidos a personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia, compensando así el cierre de comedores, centros de día, centros ocupacionales y otros servicios similares.
JORNADA LABORAL
Por otra parte, el CERMI resalta que las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado, tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del Covid-19.
En cuanto a la posibilidad de acogerse al aplazamiento del pago de la cuota hipotecaria de la primera vivienda en caso de situación de vulnerabilidad económica mientras dure la actual situación, el real decreto facilita que puedan beneficiarse de la misma personas con discapacidad, dado que, como recuerda el CERMI, se trata de un sector social que suele tener menos ingresos y afronta más gastos.
En concreto, en caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, el límite previsto será de cuatro veces el IPREM, sin perjuicio de los incrementos acumulados por hijo a cargo.
Asimismo, en el caso de que el deudor hipotecario sea persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, o persona con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%, así como en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente, a la persona o a su cuidador, para realizar una actividad laboral, el límite será de cinco veces el IPREM.