El Ayuntamiento mantiene las multas de Madrid Central

Publicado el martes, 22 septiembre 2020

Madrid Central

El Ayuntamiento mantiene de momento Madrid Central, sus multas y sigue estando prohibido circular sin permiso dentro de las zonas delimitadas. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulaba el pasado julio la ordenanza municipal que impedía el acceso al centro de la capital a los vehículos más contaminantes. Pese a esto, el acceso a la zona de bajas emisiones sin cumplir los requisitos correspondientes estará sancionado hasta que la sentencia sea firme. Todo aquel que se vea afectado podrá recurrir basándose en la Sentencia del TSJ Madrid.

Los tribunales admitían los recursos presentados por la Comunidad de Madrid, el Grupo Popular del Ayuntamiento de Madrid y la empresa Dvuelta anulando el pasado julio la ordenanza por “la omisión del trámite de información pública” y por carecer de una justificada memoria económica. Según Antonio Maroto socio director de Ópera Abogados, despacho ubicado en el centro de Madrid, la información pública es un requisito esencial e indispensable ya que todos los ciudadanos tenemos derecho según la Constitución a participar en los asuntos públicos.

José Luis Almeida, alcalde de la capital, anunció que no recurriría la sentencia del TSJM y asegura que esto servirá para “subsanar los errores” y “dar voz a todos aquellos que se quejaron en su momento” como comerciantes y transportistas. El consistorio asegura que la nueva ordenanza de Madrid 360 verá la luz en enero y que se hará extensible a todos los distritos y no se limitará únicamente a la zona centro.

Pero, ¿devolverá el Ayuntamiento el dinero de las multas?

No lo hará hasta que la sentencia sea firme. La persona afectada deberá llevar a cabo las acciones adecuadas. Así lo indica Antonio Maroto: “pese a que la ley de procedimiento administrativo llegado el momento puede obligar al Ayuntamiento a que revise de oficio todas las multas de Madrid Central, recomendamos que el afectado sea quien lleve la iniciativa”.

Bien en periodo voluntario de pago o en periodo ejecutivo, hasta que la sentencia sea firme, deberemos presentar escrito en cualquier Oficina de Registro o Junta Municipal de Distrito basándonos en la sentencia del TSJM que anula la ordenanza de Madrid Central, para que no se nos aplique la multa correspondiente a nuestro expediente pendiente de pago.

El Ayuntamiento tiene tres meses para dar contestación a tu escrito. De no hacerlo, se entenderá desestimado y deberás acudir a un procedimiento judicial ante el Juzgado de lo Contencioso de Madrid.

La sentencia del TSJM tiene carácter retroactivo, por lo que todas las 815.000 sanciones impuestas relacionadas con Madrid Central deberían ser anuladas. “Si en tu caso ya abonaste la multa, deberás argüir un perjuicio patrimonial e iniciar un procedimiento diferente y más complejo a todas luces”, finaliza Maroto.

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