Responsabilidad penal por negligencia médica

Publicado el jueves, 5 noviembre 2020

Castell Abogados

Carlos Castell, abogado penalista y director/fundador de Castell Abogados

Puntos a tener en cuenta en las negligencias médicas para ir por la vía penal:

No es usual que un asunto de negligencia médica se estudie para iniciar la reclamación por la vía penal, pero en algunas ocasiones eso puede suceder.

Es importante saber cómo reclamar una negligencia médica paso a paso y nuestro consejo es que lo consulte con un abogado especialista en negligencias médicas.

Dicho esto, y como conocimiento general, hay que tener claro que una negligencia médica es un acto mal realizado por parte de un proveedor de asistencia sanitaria, normalmente por Doctores, que se desvía de los estándares aceptados en la comunidad médica (lex artis) y que causa alguna lesión al paciente. Se da por haber realizado actos no apropiados o por no haber tenido la diligencia requerida para el caso particular.

El Código Penal regula en su articulado diferentes tipos que se incluyen dentro de las negligencias médicas, como son:

El homicidio por imprudencia grave, artículo 142 del código penal.

El delito de lesiones por imprudencia grave, regulado en el artículo 152.

También se introduce la comisión de estos dos tipos delictivos por imprudencia menos grave, constituyendo así delitos leves, con las particularidades de que no llevan aparejada pena de prisión, ni pena accesoria de inhabilitación profesional y solo son perseguibles a instancia del perjudicado o agraviado.

Respecto a la imprudencia profesional, los artículos 142 (para el homicidio imprudente), 152 (para las lesiones imprudentes), 146 (para el aborto imprudente), 158 (lesiones al feto imprudentes), 159 (para la manipulación genética imprudente) y 220 (sustitución imprudente de un niño por otro), solamente mencionan la imprudencia profesional en el caso de imprudencia grave; y si hablan de imprudencia leve, nada dicen de imprudencia profesional.

¿Qué hay que tener en cuenta antes de denunciar una negligencia médica?

Lo que hay que tener claro es que el profesional haya cometido realmente una negligencia y para saber esto, lo que nos allana el camino es un informe pericial. Dicho informe pericial analizará punto a punto si el profesional realizó lo que debía hacer. Si cumplió o no con la lex artis para este tratamiento con ese paciente.

Los informes periciales los realizan médicos expertos en las materias que se van a denunciar, por lo que si un informe en sus conclusiones expone que no se ha cumplido la lex artis y por tanto no se han cumplido los pasos que debía realizar el profesional es muy probable que el caso sea positivo. Ahora bien, no hay que cantar victoria ya que existen contra-informes y por supuesto, los profesionales a los que se denuncian contarán con abogados penalistas que tratarán de desvirtuar todos los informes negativos que se vayan aportando a la causa.


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    Juan 21 enero, 2021 a las 15:21 - Reply

    Hola buenas tardes, en el caso que se cierre la puerta por la vía contencioso administrativo hay posibilidad de abrir procedimiento por vía penal o será cosa juzgada muchísimas gracias de ante mano u cordial saludo

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