El juzgado de lo penal nº 2 de A Coruña, ha dictado sentencia absolutoria a favor de MFM, un vecino de Córdoba de 52 años de edad, quien venía siendo acusado por su ex mujer, por el delito de abandono de familia en la modalidad de impago de pensiones alimenticias. La fiscalía solicitaba que fuera condenado a una pena de prisión de 9 meses e inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo que durase la condena.
El divorcio entre ellos se produjo hace 14 años, desde entonces su ex mujer se marchó a otra ciudad a vivir en compañía de sus dos hijos, sin indicar el paradero a MFM, quién inició su periplo judicial partir de entonces, interponiendo varias denuncias para poder ver a sus hijos, pero la justicia y la suerte nunca estuvo de su lado.
Después de 12 años sin saber absolutamente de sus hijos, y a pesar de haber ido haciendo frente a la pensión alimenticia de 300 € mensuales a favor de sus hijos por todos los medios a su alcance, habiendo sido embargada la única fuente de ingresos que tiene, una pensión por la discapacidad superior al 33 % que le diagnosticaron hace años; Su ex mujer le interpuso una denuncia en los juzgados de la Coruña, donde reside actualmente con sus dos hijos de 22 y 25 años de edad, porque habían transcurrido 4 meses sin que abonara le pensión de alimentos.
En el juicio se pudo demostrar que MFM a pesar de no saber nada de sus hijos desde hace 14 años, siempre ha realizado todos los esfuerzos a su alcance por atenderlos económicamente, pero hubo un período que no pudo ingresar cantidad alguna, porque habían anulado el número de cuenta de su exmujer y Él se encontraba hospitalizado por una intervención quirúrgica.
Finalmente se ha hecho justicia y ha resultado absuelto del delito de abandono de familia, porque se pudo demostrar que no tuvo intención de desatender por completo el pago de la pensión alimenticia, sino que fue debido a un cúmulo de circunstancias que no le permitieron afrontar el pago ante la nula relación con su exmujer y sus hijos desde hace 14 años.
