El Supremo vuelve a dar la razón a una víctima de abusos bancarios

Publicado el miércoles, 29 septiembre 2021

El Tribunal Supremo inadmite un recurso del Santander confirmando la sentencia que condenaba a la entidad financiera a restituir 120.000 euros a una víctima por adquisición de acciones Banco Popular

Banco Popular

El Tribunal Supremo ha dictado un auto inadmitiendo el recurso del Banco Santander interpuesto tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo que ya había confirmado la condena a la entidad financiera a devolver 120.000 euros a un cliente de la localidad asturiana de Luarca.

 “…todo ello en contra de lo concluido por la sentencia recurrida, tras la valoración de la prueba, en su Fundamento de Derecho Cuarto, la cual, confirmando la sentencia de primera instancia, señala que información suministrada en el folleto no se adecuaba a la realidad económica de la entidad, siendo el error padecido por el demandante invalidante del consentimiento”.

De igual modo, la sentencia confirmada de la Audiencia Provincial de Oviedo fue dictada antes de los acuerdos gubernativos acordados por los Magistrados de la Audiencia que impidieron a miles de asturianos demandar por aplicación de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, norma que supuso en su momento un criterio revolucionario acogido por el resto de las Audiencias Provinciales.

Según Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados,  representante de la víctima: “En el presente caso, además, Banco Popular había ofrecido y concedido financiación para la adquisición de las acciones mediante la operativa denominada ‘financiación asistida’, operativa que los ex directivos de Banco Popular negaron en la deposición ante la Audiencia Nacional. La resolución del Tribunal Supremo que inadmite el recurso del Banco Santander permitirá que el afectado recupere sus ahorros tras sufrir un enorme desgaste padecido por un árido y complejo procedimiento judicial”.

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