El 78% de las víctimas de accidentes de tráfico podrían quedarse sin asistencia médica con la implementación del nuevo «umbral lesivo»

Publicado el miércoles, 10 noviembre 2021

Hasta el 78% de las víctimas de accidentes de tráfico podrían quedarse sin asistencia médica. Esa es la advertencia que manda la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Tráfico (ANAVA-RC), al valorar las modificaciones que se quieren llevar a cabo en el actual Convenio de Asistencia Sanitaria, con las que el “umbral lesivo” de los accidentes pasaría a estar medido por una fórmula que solo tiene en cuenta la velocidad de impacto y los daños encontrados en el vehículo.

El umbral lesivo pasaría a calcularse con fórmula física ‘Delta V’, que mide la velocidad a la que impactan dos vehículos en función de los daños que sufren. El gran problema que surge de aquí es que sería utilizada para excluir la cobertura del tratamiento médico y de rehabilitación para aquellas personas que tengan accidentes a menos de 6 km/h, al entender que por debajo de este umbral no se producen daños personales”, explica María Gago, abogada del despacho Sanahuja Miranda Abogados.

La introducción de este umbral, que está siendo negociada por UNESPA y el Consorcio de Compensaciones de Seguros junto a las mayores asociaciones clínicas privadas, supondría un gran prejuicio para salud.

El principal problema, explica la abogada, es que el denominado latigazo cervical, que sufren una gran parte de las víctimas de accidentes de tráfico al año, quedaría excluido de cualquier cobertura al producirse la colisión a una velocidad inferior a la considerada por la “Delta V”.

Una cuestión médica 

La principal queja de diferentes asociaciones y grupos de abogados está enfocada en la naturaleza de esta modificación, pues una fórmula física sería la encargada de declarar la existencia o no de lesiones en un accidente de tráfico.

De aprobarse, sería una situación dramática, pues la decisión de si existe lesión o no y el grado de la misma es una cuestión estrictamente médica. No se puede depender exclusivamente de los daños ejercicios sobre el vehículo, ya que el único agente capacitado para hacer un diagnostico es un médico”, sentencia Gago.

Por su parte, desde ANAVA-RC aseguran que este criterio de exclusión atenta contra la legalidad vigente, al no estar contemplado en el actual baremo para las indemnizaciones de accidentes.

De aprobarse, advierta la abogada, las víctimas de accidentes quedarían sin asistencia y deberían acudir o bien a la Seguridad Social, con los retrasos por plazos y saturación que ello conlleva, o a la medicina privada, pero pagando alrededor de 2.000 ante la falta de coberturas.

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