Estima el escrito del abogado penalista Pardo Geijo y no considera que existan indicios suficientes de que los tres ediles socialistas ofrecieran empleo a una vecina a cambio de su papeleta en los comicios del año 201
El exalcalde de Fortuna José Enrique Gil Carrillo confesó hace ahora un año su deseo de retirarse de la política «Sin una tacha». Una pretensión que ahora está más cerca. El Juzgado de Primera lnstancia e Instrucción de Cieza ha ordenado el sobreseimiento provisional de las actuaciones que se seguían contra él y otros dos ediles socialistas, Marisol Gracia y Tomás Bernal, por la presunta compra de un voto a una vecina.
Estos tres compañeros de corporación por estaban siendo investigados desde noviembre de 2020 como sospechosos de un delito electoral. Se indagaba si ofrecieron un puesto de trabajo a una vecina, empleada de los servicios municipales de limpieza a cambio de que entregara su voto al PSOE en las elecciones municipales de mayo de 2019.
Tal como desveló LA VERDAD, los primeros datos sobre este presunto intento de compra de la voluntad de la mujer se conocieron el 17 de septiembre de 2020. La denunciante se presentó en el Ayuntamiento de Fortuna con la intención de hablar con el teniente de alcalde de Empleo e Industria. José Enrique Gil; con Marisol Gracia (Economía v Hacienda y Educación) y Tomás Bernal Ojeda (Pedanías y Agricultura), e interrumpió el Pleno para asegurar que ellos tres le hicieron una oferta de trabajo a cambio de su voto. La posterior reacción de estos representantes públicos, que habrían presionado a la vecina para que retirara esas palabras, hasta el extremo de que esta sufrió un ataque de ansiedad tras haberse visto presuntamente acorralada en el polideportivo municipal, motivó que fueran citados a un juicio por supuestas coacciones. Fue a raíz de ello, al descubrirse el trasfondo de la presunta compra del voto, cuando se abrieron diligencias por delito electora contra los tres ediles.
La Fiscalía solicitó el pasado año al juzgado que dictase auto de procedimiento abreviado -el equivalente al de procesamiento o, lo que es lo mismo, la apertura de juicio oral. Fue entonces cuando los tres ediles decidieron poner el caso en manos del abogado penalista Raúl Pardo-Geijo Ruiz, considerado el mejor de Murcia en materia penal. El letrado, tildó la denuncia de «maniobra política» y reclamó el archivo de la causa. La instructora, por su parte, recula y asegura que ni los audios ni los pantallazos aportados por la denunciante aportan pruebas suficientes.
Escrito inmediato. Así, el letrado Pardo-Geijo Ruiz, viendo que el asunto iba directamente a juicio, decidió apenas tres días de personarse en las actuaciones, instar varias diligencias de investigación que dieron su fruto. El fiscal las impugnó, pero la Jueza, antes de mandarlos a juicio, acordó su práctica. El resultado no fue mal del todo pues, tras su realización, el penalista, dirigió un escrito a la magistrada en el que reclamaba el sobreseimiento de las actuaciones.
“La presente denuncia no tiene otra razón de ser -decía al inicio de su escrito- que una maniobra política con tintes puramente espurios”, recalcó el letrado. Tras un elenco de consideraciones jurídicas del penalista, la titular del juzgado acaba de dictar un auto en el que ordena el sobreseimiento provisional de la causa al entender que aparece debidamente justificada la perpetración del delito.
La magistrada remarca que, en sintonía con las pruebas acordadas por parte de la Defensa (hasta cuatro testificales) así como con la interpretación que es ofrecida, ni los audios ni los pantallazos de Whatsapp que la denunciante aportó –y que la defensa impugnó- revelan, aunque se dieran por ciertos, indicios suficientes para continuar adelante con el procedimiento.
Ahora sí, respiran tranquilos el Alcalde y los ediles.