Los informes de los equipos psicosociales

Publicado el lunes, 28 noviembre 2022

Adela Castillo Aldana, abogada de familia y socia de AMAFI

Los informes de los equipos psicosociales

El pasado día 18 de octubre tuvimos el placer de asistir al seminario organizado por la Asociación Madrileña de Abogacía de Familia e Infancia (AMAFI), que se celebró en el Consejo General de la Abogacía.

Una de las ponencias fue impartida por Don Antonio Valbuena Navarro, psicólogo adscrito al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Madrid que ejerce su labor en el departamento psicosocial en el partido judicial de Móstoles y Navalcarnero.

El ponente comenzaba su exposición explicando el funcionamiento de las oficinas psicosociales en la Comunidad de Madrid, donde diferenciaba el partido judicial de Madrid y el resto de partido judiciales; en el partido judicial de Madrid existen equipos asignados a los siguientes Juzgados: Primera Instancia que conocen asuntos de familia, Instrucción, Penal, de Violencia Sobre la Mujer y de Incapacidades, por lo tanto, en el partido judicial de Madrid el equipo encargado de realizar el informe tiene una especialización en la materia.

El funcionamiento de los equipos psicosociales en la periferia de Madrid cambia; por lo general los equipos hacen informes sobre todas las materias y se asignan los informes de manera aleatoria salvo los partidos judiciales donde los propios psicólogos se reparten entre ellos las materias. La manera de realizar el reparto se basa en el sistema DESJ (distribución de equipos de trabajo en sede judicial); cuando se estima por parte del juez la realización del informe pericial el programa automáticamente asigna el psicólogo o trabajador social que por turno corresponda, es un sistema informático el que aleatoriamente lo asigna. Este funcionamiento se encuentra en los juzgados de la periferia de Madrid y en los de Violencia sobre la Mujer y el de incapacidades.

Este sistema va a desaparecer ya que desde hace unos meses los equipos psicosociales pertenecen al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid unificando el funcionamiento de todos los equipos psicosociales, cambiando un nuevo modelo del sistema informático redundando en un beneficio directamente de los actores implicados y por lo tanto directa o indirectamente también beneficiarán a todos los procedimientos donde se determine pertinente la realización de informe por parte del equipo psicosocial.

En el momento de exponer su metodología de trabajo y la importancia de estos informes psicosociales la primera cuestión es: qué cuestiones se preguntan de manera mayoritaria y diferencia entre lo que principalmente se pregunta en los Juzgados de Familia y los Juzgados de Primera Instancia y los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer, en donde los dos primeros mayoritariamente versan en primer lugar sobre la viabilidad del régimen de custodia compartida y en segundo lugar el régimen de visitas, mientras que en los Juzgados de Violencia de Género en primer lugar sobre régimen de visitas, después el estado psicológico de los progenitores y por último el riesgo de violencia vicaria.

Respecto a la cualificación profesional requerida para trabajar dentro de un equipo psicosocial en la administración de justicia, el primer requisito es ser licenciado en psicología, siendo deseable que fuera necesario tuvieran conocimientos jurídicos, e incluso tener un conocimiento somero de la jurisprudencia para saber la “filosofía” del Tribunal Supremo, igual que los profesionales del derecho que trabajamos en el ámbito del derecho de familia. También, en definitiva, conocer el ámbito en el que trabajan para poder ser una buena herramienta de ayuda para la toma de decisiones del juez.

Uno de los grandes problemas que nos encontramos y, que se ha reflejado en la última publicación de la Memoria de la Fiscalía General del Estado respecto al equipo psicosocial, es que la tardanza en la realización de los informes es un problema inasumible, extremo que el ponente mostraba su conformidad como así lo hace esta articulista. Partiendo de eso es necesario conocer el motivo de la tardanza que es básicamente por la falta de personal, problema que se está empezando a revertir con la contratación de más profesionales en los equipos psicosociales.

Una vez superado esta primera pregunta, la metodología del trabajo debe pasarse de la doctrina general del Interés del menor al particular interés del menor, equilibrando ese interés con el interés de los progenitores y los intereses de la unidad familiar, partiendo de la premisa que ambos progenitores son igualmente válidos para la crianza del menor y que el menor debe poder cosechar una buena y sana relación con ambos progenitores ya sea mediante la custodia monoparental o compartida.

En su metodología de trabajo el ponente lo primero en lo que se fija es en los escritos de demanda y contestación de la misma, así como de los autos y providencias dictadas en el procedimiento como un modo de acercarse al asunto, pero lo fundamental son las entrevistas con el menor y los progenitores individualmente y por separado, así como ver las dinámicas familiares, y preguntarse por qué el menor puede preferir vivir con un progenitor en vez de con el otro y a partir de ese conocimiento del asunto previo debe ser completado mediante estudios científicos que avalen la respuesta y ser capaces de ratificar esas conclusiones en Sala.

De su ponencia se puede apreciar cierta crítica a la hora de que muchos jueces aplican de manera automática las conclusiones de los informes psicosociales otorgándoles un papel a veces excesivo en los procedimientos de familia, sobre todo porque una vez que el informe es desfavorable a una de las partes es muy difícil que esa prueba en contrario se pueda revertir.

Como todos los que nos dedicamos al ámbito de familia, aboga por una especialización tanto en los psicólogos como trabajadores sociales dada la importancia de la materia en la que trabajamos.

 

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