La confrontación de inquilinos y propietarios por la derogación de las prórrogas de alquiler encuentra la solución en el arbitraje

La XIII Jornada de Arbitraje Inmobiliario, organizada por el Consejo Arbitral para el Alquiler de la Comunidad de Madrid y en la que participó ayer el Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid (COAPIMADRID – AIM)

alquiler de viviendas

La derogación del Real Decreto ley 8/2026, de 20 de marzo, de medidas en el alquiler en respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Irán y con ella la derogación de las prórrogas extraordinarias que contemplaba en los contratos de alquiler de vivienda habitual, encuentra la solución en el arbitraje como alternativa a la vía judicial en el escenario de confrontación que se ha creado entre inquilinos y propietarios.

Ésta es una de las principales conclusiones de la XIII Jornada de Arbitraje Inmobiliario, organizada por el Consejo Arbitral para el Alquiler de la Comunidad de Madrid y en la que participó ayer el Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Madrid (COAPIMADRID – AIM).

José María García Gómez, Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, que inauguró la jornada, destacó que el Consejo Arbitral para el Alquiler de la Comunidad de Madrid, en funcionamiento desde 2008, “ha abierto camino y ha permitido demostrar que se puede generar un mercado de vivienda sano en un entorno de seguridad jurídica”.

Según explicó Jaime Cabrero García, Presidente de COAPIMADRID – AIM, “la situación creada por la derogación de las prórrogas del alquiler de vivienda habitual ha venido a agravar la situación de retraso en los tribunales ordinarios, marcados por la incidencia del número de lanzamientos practicados derivados de procedimientos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y de las denuncias por ocupación ilegal, así como por el crecimiento de los tiempos de duración de los procedimientos judiciales directamente relacionados con el alquiler y la ocupación ilegal”.

En este contexto, según los datos publicados por el Consejo General del Poder Judicial, la duración de los procedimientos verbales arrendaticios asciende a 22,3 meses en total, si se tiene en cuenta la tramitación en el juzgado y la apelación ante la Audiencia Provincial. En los procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal la duración es mayor, alcanzando un total de 27 meses. Y en 2025 los lanzamientos practicados por los juzgados de primera instancia derivados de procedimientos de la LAU ascendieron a 18.317. Las denuncias por ocupación ilegal, según datos del Ministerio del Interior, se situaron en 14.875 en 2025.

“De esta forma, la derogación del Real Decreto Ley 8/2026 ha abierto con más fuerza la opción de utilizar el arbitraje como medio alternativo para solucionar los conflictos. Es más económico, ahorra tiempo y ofrece seguridad jurídica a las partes”, apuntó Jaime Cabrero García. En este sentido, destacó como una buena opción acudir al arbitraje del Consejo Arbitral de la Comunidad de Madrid, entidad de la que COAPIMADRID – AIM es miembro fundador, siendo el Consejo Arbitral una garantía de seguridad para los ciudadanos por su carácter institucional.

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