
Entrega LAJ en cifras a presidenta CGPJ
El Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia (CNLAJ) ha salido al paso de las críticas sobre los miles de millones de euros acumulados en las cuentas de depósitos y consignaciones judiciales. Frente a la idea de que estos fondos constituyen una gran bolsa de «dinero bloqueado», la organización sostiene que el saldo refleja una fotografía puntual de un sistema por el que entran y salen cada año miles de millones de euros.
La respuesta llega después de las propuestas y manifestaciones realizadas por el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) sobre el funcionamiento de estas cuentas. El CNLAJ comparte el objetivo de agilizar al máximo la entrega de las cantidades reconocidas judicialmente a sus beneficiarios, pero discrepa del diagnóstico y considera que identificar el saldo de las cuentas con fondos paralizados ofrece una imagen distorsionada de su funcionamiento.
Los datos aportados por el Colegio son significativos. A cierre de 2025, las cuentas de depósitos y consignaciones judiciales presentaban un saldo de 4.771,5 millones de euros. Sin embargo, durante ese mismo ejercicio salieron 7.592,6 millones, frente a los 7.347,7 millones ingresados. Es decir, las salidas superaron en 244,9 millones de euros a las entradas.
El movimiento tampoco es menor en número de operaciones: durante 2025 se contabilizaron 4.713.459 operaciones de entrada y 6.766.992 de salida. Para el CNLAJ, estas cifras muestran que el saldo no puede interpretarse sin tener en cuenta el flujo constante de fondos que se produce en las cuentas judiciales.
No todo el dinero puede entregarse inmediatamente
Una de las claves del debate está en la propia naturaleza de estas cuentas. En ellas conviven depósitos y consignaciones sometidos a situaciones procesales muy diferentes.
Determinadas cantidades deben permanecer depositadas por exigencia legal o mientras se resuelve el procedimiento al que están vinculadas. Es el caso, entre otros, de depósitos para recurrir, fianzas, cantidades intervenidas en procedimientos penales o fondos afectados por medidas cautelares.
Las consignaciones tienen, en cambio, como finalidad general su entrega a quien corresponda, pero también dependen del estado del procedimiento y de las resoluciones que determinen su destino. Según el CNLAJ, la permanencia de determinadas cantidades en las cuentas no responde, por tanto, a una decisión discrecional del Letrado de la Administración de Justicia, sino a las condiciones jurídicas y procesales de cada caso.
El Colegio introduce además otro elemento en la discusión: las cuentas judiciales no deberían convertirse en una vía ordinaria para que un deudor pague a su acreedor. La consignación judicial está prevista para determinados supuestos establecidos legalmente y tiene carácter subsidiario. El CNLAJ advierte de que una utilización inadecuada de estas cuentas puede generar trámites e incidencias que posteriormente terminan atribuyéndose al funcionamiento de los propios órganos judiciales.
Una responsabilidad de los LAJ
La gestión de las cuentas de depósitos y consignaciones constituye una de las responsabilidades económicas más relevantes de los Letrados de la Administración de Justicia. El CNLAJ recuerda que esta función les corresponde conforme al artículo 459.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y afecta diariamente a ciudadanos, empresas y profesionales, además del propio funcionamiento de los procedimientos judiciales.
El sistema ha experimentado además una importante transformación tecnológica durante los últimos años. De una gestión tradicionalmente manual se ha pasado a herramientas informáticas que permiten controlar ingresos y pagos y que se han extendido a ámbitos como las subastas judiciales electrónicas o los embargos telemáticos.
Solo en 2023, según los datos recogidos por el Colegio, los juzgados recibieron 625,1 millones de euros procedentes de órdenes de embargo telemático dirigidas a la Agencia Tributaria o a entidades bancarias.
Mejorar el sistema, pero con otro diagnóstico
El CNLAJ no niega que exista margen de mejora. Entre sus reivindicaciones figura precisamente una mayor interoperabilidad entre la aplicación de las cuentas de consignaciones y los distintos sistemas de gestión procesal, con el objetivo de evitar duplicidades, automatizar operaciones y acelerar la puesta a disposición de los fondos cuando procesalmente sea posible.
Las cuentas generan además intereses que revierten en el Tesoro Público. El informe citado por el Colegio calculó para 2023 unos 84,96 millones de euros, aunque la propia organización advierte de que se trata de una estimación realizada ante la ausencia de datos oficiales del Ministerio de Justicia para ese ejercicio.
El fondo de la discrepancia entre el CNLAJ y el ICAM se encuentra así menos en la necesidad de agilizar la Justicia que en el diagnóstico del problema. Los letrados de la Administración de Justicia defienden nuevas mejoras tecnológicas, más automatización, interoperabilidad y medios, pero rechazan que el saldo acumulado en las cuentas judiciales pueda presentarse, en su conjunto, como dinero pendiente de entregar por deficiencias de gestión.
Y ponen sobre la mesa un dato difícil de obviar en ese debate: en 2025 entraron en las cuentas judiciales 7.347,7 millones de euros y salieron 7.592,6 millones. El saldo, por elevado que sea, no cuenta por sí solo toda la historia.
Informe “El Letrado de la Administración de Justicia en cifras”