El Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), Andrea Biondi, ha concluído proponiendo la designación de Tik-tok como ‘guardián de acceso’ siguiendo los criterios marcados por el reglamento de Mercados Digitales.
Se trata de la primera vez que el TJUE se manifiesta sobre un asunto relacionado con el Reglamento de Mercados Digitales y marca los límites de la Comisión. El conflicto comenzó en septiembre de 2023 cuando Bruselas consideró a Tik-tok ‘guardián de acceso’, es decir, suficientemente grande como para imponer determinados límites y controles para evitar abusos. “Por ejemplo, implica restricciones al uso combinado de datos personales, permitir ciertas formas de portabilidad y evitar ciertas limitaciones a las relaciones comerciales entre las empresas usuarias y sus clientes”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo.
Tik-tok alegró que no superaba los umbrales marcados en el reglamento europeo y lo justificaba comparándose con otras redes sociales y que sus usuarios simultaneaban Tik-tok con otras redes sociales.
La Comisión rechazó las alegaciones y la compañía recurrió al Tribunal General, que desestimói su demanda en julio de 2024. Tik-tok decidió entonces recurrir en casación ante el TJUE. Y en el TJUE, el Abogado General (algo parecido a nuestro fiscal) avala al Tribunal General y señala que el hecho de que sus usuario simultaneen con otras redes no implica que no tengan una posición estratégica.
“No obstante, el Abogado General también matiza que Bruselas estaría obligada a abrir una investigación de mercado si la empresa presenta alegaciones sólidas, aunque no sean concluyentes; en cambio si las alegaciones carecen de fundamento puede rechazarlas sin abrir investigación alguna, que fue el caso”, explica Navas.
El Abogado General también se manifiesta sobre las garantías: señala que Tik-tok tenía derecho a alegar y que sus alegaciones fueran escuchadas. Pero no tenía derecho a ser escuchado una vez que la Comisión rechazó sus alegaciones. “Discrepa así de una parte del razonamiento del Tribunal General, que había apreciado una vulneración del derecho de audiencia”, explica el experto en derecho europeo.
Navas señala que si las conclusiones del Abogado General son asumidas finalmente por el TJUE tendrá un impacto importante para las empresas españolas que ya están usando Tikj-tok como canal comercial para llegar a clientes finales. “Las limitaciones del Reglamento de Mercados Digitales tratan de proteger a las pequeñas empresas que usan estas plataformas como canal de comunicación y captación de clientes”, apunta Navas.
Por último, aunque Bruselas establece límites a Tik-tok como plataforma de red social no lo hace para su plataforma publicitaria Tik-tok Ads. No la considera ‘guardián de acceso’ por no superar los umbrales cuantitativos. “La distinción entre red social y plataforma publicitaria evidencia que la Comisión hila fino, busca el equilibrio y al mismo tiempo trata de evitar que los gigantes tecnológicos se conviertan en un monstruo que se lo coma todo”, concluye el socio-director de navascusi.com que advierte que el posicionamiento de Tik Tok sienta un precedente para Google, Meta, Amazon, Apple, Microsoft, Booking y otros gigantes tecnológicos.
