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Los abogados jóvenes se dirigen a la Defensora del Pueblo expresando su disconformidad con la decisión de no recurrir la Ley de Tasas
MADRID, 05 de MARZO de 2013 - LAWYERPRESS
 

El Presidente de la Confederación Española de Abogados Jóvenes, CEAJ, ha enviado una carta a la Defensora del Pueblo donde le expresa su disconformidad con la decisión de no recurrir la Ley de Tasas y pide que se retire de la web de la institución “la publicidad”, donde hace referencia al logro de haber conseguido una modificación de las tasas.
 


Madrid, 28 de febrero de 2013
 

Excma. Señora:
Por medio de la presente, pongo en su conocimiento nuestro malestar y decepción por la limitada actuación de su Institución respecto a la acción por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en concreto, con la decisión de no ejercitar la legitimación activa ante el Tribunal Constitucional.
Por nuestra parte se lamenta la citada decisión, mostrando nuestra preocupación y decepción al respecto, pese a las numerosas y justificadas razones que se trasladaron a esa Institución por la Abogacía, pero que de poco o nada han servido ante las manifestaciones y compromisos no cumplidos del Ministro de Justicia.
Tras un estudio de la norma aprobada por el Consejo de Ministros el 22 de febrero, dicha norma se limita a modificar algunos problemas técnicos y que sólo ha recogido alguna de las recomendaciones que se realizaron. Las promesas del Ministro de Justicia, respecto a una sustancial modificación de la norma, incumplida a la vista de la norma, convenció a esa Institución que iba a conllevar una importante reforma normativa de la Ley de Tasas y por tanto tomar la decisión de no ejercer la legitimación activa ante el Organo Constitucional.
La ridícula modificación de la norma impide el derecho a la tutela judicial efectiva, y lo más importante no convierte en constitucional el texto en vigor y lo deseable hubiera sido su derogación o su suspensión hasta que se pronunciara el Tribunal Constitucional. En este sentido, incluso es posible apreciar que el Real Decreto ley 3/2013 podría ser inconstitucional por no respectarse los límites contenidos en el artículo 86.1 de la Constitución. A su vez, nos preocupa concretamente, el hecho de que examinando la propia web del Defensor del Pueblo, cuando en su pantalla inicial se contiene lo siguiente:

“El Defensor del Pueblo consigue la modificación de la Ley de Tasas Judiciales con un ahorro para los ciudadanos…
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón ha aceptado las recomendaciones del Defensor del Pueblo que constituyen una modificación sustancial del sistema vigente de tasas judiciales y una gran ahorro para los ciudadanos”.

Esta información hace creer al ciudadano que la Ley de Tasas es algo positivo y que los resultados de la intervención de la Defensoría del Pueblo han resultado realmente fructuosos, cuando ni el Ministro ha hecho caso a las recomendaciones de su Institución, ni se convierte en una modificación sustancial, más aún cuando se han incorporado los procedimientos especiales no incluidos en la norma primaria, ni supone un gran ahorro que realmente deba promocionarse o publicitarse de esta manera.
Nuestra organización reconoce y valora expresamente la función de su Institución, y su capacidad de diálogo y escucha en defensa de los Derechos Constitucionales, sin embargo, en el presente procedimiento queremos comunicarle nuestra decepción al respecto, rogando que se tomen medidas respecto a las normas invocadas y retiren la publicidad de la web que en nada beneficia o aclara la situación real de la Justicia al ciudadano que pretenderá ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva.
Sin otro particular, quedando a su total disposición, le enviamos un afectuoso saludo

David Manuel Díez Revilla



 


 




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