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Osborne Clarke indica que el 65% de los españoles considera necesaria la autorización de los padres para la cesión de datos de menores de 18 años
MADRID, 09 de ABRIL de 2013 - LAWYERPRESS

 

Osborne Clarke, bufete internacional especializado, entre otros sectores, en Digital Business, ha realizado bajo el título “La fiebre del oro de los datos” un estudio paneuropeo en el que analiza y compara el comportamiento de los ciudadanos de España, Reino Unido, Alemania, Francia e Italia a la hora de facilitar información personal tanto en páginas web como en motores de búsqueda.

Las conclusiones de este estudio sobre la protección de los datos personales de los menores en la red, revela que la mayoría de los padres encuestados ven necesario dar su permiso si una empresa solicita datos personales a sus hijos. Los británicos ven necesario ese consentimiento paterno en un 35% de los casos, los alemanes en un 57%, los españoles en un 65%, los franceses en un 52% y los italianos en un 59%. El fácil acceso a internet y redes sociales, el empleo de aplicaciones a través del móvil, chat y el juego on-line, entre otros, son utilizadas a menudo por los niños.

Las empresas, junto a padres y educadores, han de proporcionar a los menores herramientas para que tengan una experiencia segura. Esta implicación es cada vez más importante porque, según traslada el informe anual de Eurostat1, el uso de internet es cada vez más generalizado, siendo el hogar el lugar de acceso preferido por nueve de cada diez usuarios. El empleo de internet en España asciende de manera constante, situándonos un punto porcentual por encima de la media europea en lo referente a la búsqueda de bienes y servicios en la red1. En España, la mitad de la población utiliza internet a diario, y casi el 70% de los hogares españoles tienen acceso a la internet2, cuatro puntos porcentuales más que el año anterior.

Qué han de saber las empresas
Aunque existe una Directiva Europea de protección de datos, en cada uno de los países de la UE se establecen restricciones y especificidades en relación con la recogida y tratamiento de los datos de los interesados y, en particular, de los menores de edad. En este sentido, la edad en la que se requiere el consentimiento paterno para la recogida y tratamiento de los datos varia de un país a otro. Este es uno de los motivos principales por los cuales, en el momento actual, se está debatiendo a nivel europeo un borrador de Reglamento de protección de datos con el que se pretenden establecer una serie de criterios únicos para todos los Estados miembros de la UE.

Según el estudio elaborado por Osborne Clarke, el punto clave está en realizar una estrategia adaptada, que considere los diferentes marcos legales al mismo tiempo que las necesidades específicas de los pequeños. Las empresas han de saber cuáles son exactamente los datos que quieren recabar de los niños y adaptarse a la audiencia infantil. Y, sobre todo, han de tomar las precauciones necesarias para no vulnerar el derecho de protección de datos los niños. Muchas de estas cuestiones pueden solucionarse con creatividad, ya que el reto está en formar y concienciara los menores sobre la protección de los datos de una forma sencilla y cercana.

Los aspectos jurídicos que las empresas que recaban datos de carácter personal de menores deben tener en consideración son, por lo tanto: el establecimiento de mecanismos que permitan la verificación de la edad, ser conscientes del especial tratamiento que la normativa otorga a la protección de los datos de carácter personal de los menores, el modo de recabar el consentimiento de los padres o tutores cuando resulte necesario y, muy especialmente, el modo en que ha de facilitarse la información a los menores en el momento de la recogida de los datos.

• Respecto a cuándo se considera que un niño es mayor de edad, en Europa la mayoría de edad varía entre 16 y 18 años, mientras que en todo el mundo oscila entre 14 y 21. En Alemania y Francia los menores de 18 normalmente no pueden contratar sin el consentimiento de sus padres.
• En la Unión Europea no existe una normativa común a la que atenerse respecto a la edad suficiente para que los menores puedan otorgar su consentimiento para el tratamiento de los datos sin que sea necesario contar con el de los padres o tutores, aunque sí que es cierto que la legislación de los Estados miembros de la UE es similar en este respecto. En muchos Estados miembros la edad mínima para permitir el tratamiento de los citados datos depende de la capacidad de comprensión de la persona ante una situación determinada. Las empresas por tanto, deben ser creativas (emplear ilustraciones, lenguaje sencillo, etc) a la hora de informar a los menores de manera sencilla y comprensible acerca de los tratamientos de datos efectuados a través del sitio web, de tal modo que se cumplan los requisitos de la normativa de protección de datos.
• En España los menores tienen capacidad, con carácter general, para prestar su consentimiento al tratamiento de sus datos a los 14 años, pero para edades inferiores es necesario el consentimiento de los padres o tutores legales. En Francia, los únicos datos que pueden dar los menores en la subscripción a newsletters son el e-mail y la edad. En Alemania, los padres han de dar su consentimiento antes de los 14 años, entre los 14-16 años solo han de darlo dependiendo de qué tema se trate y capacidad de comprensión. En Italia no hay leyes específicas sobre la protección de datos, los menores de 18 años no pueden dar su consentimiento para la consecución de bienes y servicios. En el Reino Unido las normas establecidas por la Information Commissioner´s Office (autoridad de protección de datos competente en el Reino Unido) establece que el consentimiento paterno es necesario si el niño tiene menos de 13 años.

En particular, conseguir el consentimiento de los padres o tutores constituye un reto jurídico y tecnológico para las empresas dado que, en muchos casos, resulta preciso solicitar una fotocopia del DNI del adulto o responsable con el fin de acreditar que un mayor de edad ha prestado el consentimiento y que se ha verificado su identidad, debido a que, de otro modo, resultaría difícil para la empresa encargada de la recogida de los datos acreditar que se ha recabado adecuadamente este consentimiento de los padres o tutores.

Ficha del estudio
En el estudio, realizado del 28 de agosto al 4 de septiembre de 2012 mediante un cuestionario online, han participado más de 5.000 ciudadanos europeos de entre 16 y 75 años, de los que 1.024 han sido españoles con edades comprendidas entre los 16 y los 65 años.

 


 




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