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Por Laura Arranz Lago, abogada
En la Universidad aprendemos a resolver los conflictos conforme a derecho, mientras que en el ejercicio diario de la abogacía comprobamos que su mejor solución en muchas ocasiones debería basarse en los intereses de las partes. El derecho va dirigido al bienestar de las personas y en ese sentido, el abogado afronta continuamente retos emocionales que bloquean la resolución de muchos de los enfrentamientos que sobrecargan nuestros Juzgados. La Mediación puede lograr que los propios implicados sean capaces de solventar su situación. Una sesión de Mediación Familiar, por ejemplo, evolucionaría en los siguientes términos: “Pasados los primeros veinte minutos, la pareja sigue inflexible. Vuelvo a explicarles que la Mediación es voluntaria, que cada uno de ellos tiene su letrado para que les asesore legalmente en el procedimiento judicial abierto sobre su divorcio y que yo como mediadora soy imparcial. Refuerzo mi neutralidad con respecto a las decisiones que deben tomar y la importancia de su papel como padres de dos gemelas que nos sonríen desde unas fotos que me han facilitado y que presiden la sesión buscando el acercamiento de sus posturas. Por la actitud de sus progenitores, intuyo que ellas no han presenciado nunca la violencia de sus palabras pero sí la de sus silencios. Al mirar las anotaciones que he ido tomando sobre las expresiones que han vertido en la sesión informativa de Mediación realizada hace días y a lo largo de la de hoy, me doy cuenta de que M. es una mujer visual mientras que P. es auditivo. Quiero aprovechar esta circunstancia y reforzar su papel como padres, los más legitimados para decidir sobre sus hijas una vez pueden deslindar ese papel del de pareja, así que le ofrezco a M. unos rotuladores y le pido que realice un “brainstorming” de la situación ideal de las niñas de ahora en adelante. Al rebajar la tensión de las palabras escribiéndolas en el rotafolio, P. se muestra más colaborador. Casi una hora de trabajo con reformulaciones, rapport y preguntas abiertas y circulares da como resultado un calendario de horarios equitativo para ellos pero estresante para dos menores de ocho años. Aún sin conceptualizar el tipo de custodia, pienso que los abogados de ambos -conscientes de los problemas que planteará el fiscal- se opondrán a esta propuesta, pero quiero que M. y P. lleguen a este convencimiento por ellos mismos empatizando con la vida de sus hijas. Es la única manera de que se responsabilicen de los acuerdos a los que llegan asegurándonos al máximo su cumplimiento. En ese momento saco dos cuerdas del armario y les ofrezco participar en una dinámica para revisar las visitas que acaban de plasmar. Aceptan y le ato a cada uno una cuerda a su cintura facilitándoles el cabo de la cuerda respectivamente entre sí con la intención de que uno tire del otro según vamos revisando en voz alta el frenético día a día en las tenencias que han decidido para sus hijas. Tal como esperaba, no llegan al jueves por la tarde y se paran, abatidos. Quiero conservar esa sensación y que interioricen la realidad que están diseñando. Les doy la enhorabuena por cómo han realizado el ejercicio y por su implicación en la sesión, señalando una nueva cita para la próxima semana y pidiéndoles que mediten sobre los horarios desde el punto de vista de las niñas, cuyas fotos vuelven a sus carteras. Salen agotados y me siento satisfecha porque es el agotamiento que resulta de lo costoso de eliminar los muros bajo los que nos guarecemos en momentos de crisis y que hacen que personas como M. y P. estén atascadas en un procedimiento judicial con tres intentos de ratificación no consumados. Resistencia al cambio, miedo al fracaso, dolor por pérdida y orgullo herido son sentimientos universalmente comunes que se sientan a diario en nuestros despachos y hacia los que los abogados debemos estar alerta y decididos a mirar a los ojos”. La Mediación como instrumento neutral, imparcial, voluntario y confidencial – por ello mecanismo preferente para solventar situaciones en las que los implicados en una disputa tendrán una relación de continuidad- facilita el entendimiento entre las partes para que sean capaces de alcanzar sus propios acuerdos. Los resultados obtenidos en la Mediación extrajudicial e intrajudicial son muy positivos, concluyendo que es un sistema beneficioso no sólo en la fase de resolución del conflicto sino en la de prevención del mismo y cumplimiento de los acuerdos. El estudio de esta disciplina es clave en la adquisición de competencias para las exigencias que plantea el ejercicio de la abogacía en la actualidad y la colaboración interdisciplinar entre compañeros a la que obliga nuestra compleja realidad. El alto coste y tardanza de la Justicia, la insatisfacción que generan resoluciones que atienden estrictamente a controversias sobre conceptos jurídicos y el elevado incumplimiento de las mismas; llevan nuestra atención no sólo sobre los sistemas alternativos de resolución de los conflictos –tales como la Mediación- sino sobre nuestra función como “agentes de cambio” ante las nuevas inseguridades y problemáticas de las que adolece una sociedad insatisfecha con las respuestas que recibe del exterior y que cada vez más cuestiona su realidad, deseando ser autosuficiente en sus asuntos, en una vuelta a la verdadera esencia de las cosas.
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