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El Gobierno dice que la nueva Ley de Seguridad Ciudadana garantizará los derechos de los ciudadanos y el funcionamiento de las instituciones
MADRID, 02 de DICIEMBRE de 2013 - LAWYERPRESS
 

Habrá infracciones leves, graves y muy graves con multas de 100 a 1.000 euros para las leves, de 1.001 a 30.000 euros para las graves y de 30.001 a 600.000 euros para las infracciones muy graves.

Respaldada por una fuerte polémica, como lo prueba este artículo que publicamos hace unos días, http://goo.gl/cIQAVg, y tras un aplazamiento de una semana donde se ha suavizado algo su articulado, Jorge Fernández Díaz, ministro del Interior presentó, tras el último Consejo de Ministros, las líneas básicas del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana, que actualizará la normativa vigente desde 1992. En su opinión era necesario, conveniente y oportuno" actualizar y mejorar el marco jurídico que regula esta materia con el doble objetivo de garantizar las libertades públicas y responder de manera más eficaz a nuevas conductas que constituyen amenazas para la seguridad ciudadana.

Fernández Díaz comentó que la futura ley es consecuencia de una iniciativa despenalizadora del Gobierno, que considera que la respuesta más apropiada a ciertos comportamientos antijurídicos y antisociales no es el Código Penal sino sanciones administrativas.
El titular de Interior ha destacado que "por primera vez en la historia de nuestro ordenamiento jurídico se define el concepto de seguridad ciudadana con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y se enumeran los fines y los principios rectores que deben presidir cualquier intervención pública en esta materia". "Singularmente el principio de proporcionalidad, de forma que al delimitar estos fines y estos principios el texto gana en garantías", comentó
El titular de Interior indicó que en el caso de identificación de personas, registros, cacheos y restricción del tránsito en vías públicas, el nuevo texto "incrementa las garantías con respecto a la ley vigente, reduce el ámbito de discrecionalidad administrativa y será más garantista en la defensa de las libertades individuales". Otro de los aspectos más novedosos citados por el ministro es el principio de responsabilidad solidaria de los padres, tutores, o guardadores legales por los daños o perjuicios ocasionados por los menores de edad a su cargo. Al respecto, aclaró que "no son responsables solidarios de las eventuales sanciones que se les impongan por los actos que cometan los menores sino responsables solidarios por los daños o perjuicios que esas conductas comporten".

Sanciones para erradicar violencia
El ministro afirmó que "las sanciones persiguen un único objetivo: erradicar la violencia, los comportamientos incívicos y el vandalismo, permitiendo diferenciar nítidamente lo que es el ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, como son el derecho a reunión, manifestación, información y libertad de expresión, de otras conductas violentas".
Asimismo, reiteró que "queda plenamente garantizado el derecho fundamental de manifestación con el único requisito de su comunicación previa a las delegaciones del Gobierno", tal y como se hace en la ley vigente. "El mero incumplimiento de ese requisito llevará aparejado una sanción leve. De manera que sólo serán los comportamientos violentos los que serán sancionados como infracciones graves. Esta regulación parece más justa y proporcionada".
Como infracciones graves, el ministro ha señalado aquellas conductas que causen desórdenes graves en las vías, espacios o establecimientos públicos, así como la provocación de incendios en las vías públicas cuando representen un peligro para las personas o bienes y no sean constitutivas de delito. También lo serán las ofensas o ultrajes a España, a las comunidades autónomas y entidades locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, cuando no sean delitos.
Fernández Díaz ha resaltado como nueva infracción grave el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de los servicios sexuales en zonas públicas próximas a lugares destinados a menores o donde supongan un riesgo para la seguridad vial.
El texto también convierte en infracción grave los daños o deslucimiento de bienes e inmuebles de uso público, así como la obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos y otros objetos con la finalidad de perturbar gravemente la seguridad ciudadana.
El ministro ha indicado como infracción leve las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como el uso de imágenes o datos personales o profesionales de los mismos cuando estas conductas no sean constitutivas de delito, sin menoscabo del derecho constitucional a la información.
Puedes revisar el anteproyecto aquí, http://goo.gl/O6yF7h
 


 

 

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