En
el
contexto
actual
de
la
economía
del
conocimiento,
la
capacidad
de
las
empresas
para
innovar
y
competir
puede
verse
gravemente
perjudicada
en
caso
de
apropiación
indebida
o la
usurpación
de
información
confidencial.
Según
una
encuesta
reciente1,
en
los
últimos
diez
años
una
de
cada
cinco
empresas
ha
sufrido
al
menos
un
intento
de
robo
de
sus
secretos
comerciales.
Según
otro
estudio
reciente2,
la
cifra
va
en
aumento
y en
2013
ha
denunciado
el
robo
de
información
un
25 %
de
las
empresas
frente
al
18 %
de
2012.
Las
legislaciones
en
vigor
en
los
países
de
la
UE
sobre
protección
contra
la
apropiación
indebida
de
secretos
comerciales
contienen
diferencias
sustanciales.
Algunos
países
no
disponen
de
legislación
específica
sobre
el
tema.
A
las
empresas
les
resulta
difícil
comprender
y
acceder
a
los
sistemas
de
otros
Estados
miembros
y
cuando
son
víctimas
de
apropiación
indebida
de
conocimientos
técnicos
confidenciales,
se
resisten
a
presentar
demandas
por
no
estar
seguras
de
que
los
tribunales
vayan
a
mantener
la
confidencialidad
de
sus
secretos
comerciales.
El
actual
sistema
fragmentado
incide
negativamente
sobre
la
cooperación
transfronteriza
entre
empresas
y
socios
de
investigación,
lo
cual
constituye
un
obstáculo
fundamental
para
la
utilización
del
mercado
único
de
la
UE
como
motor
de
innovación
y
crecimiento
económico.
Michel
Barnier,
Comisario
responsable
de
Mercado
Interior
y
Servicios,
señaló
que:
«El
cibercrimen
y el
espionaje
industrial
forman
desafortunadamente
parte
de
la
realidad
cotidiana
en
la
que
se
mueven
las
empresas
europeas.
Tenemos
la
responsabilidad
de
velar
por
que
nuestras
leyes
evolucionan
con
los
tiempos
y
que
los
activos
estratégicos
de
nuestras
compañías
están
protegidos
de
manera
adecuada
contra
el
robo
y la
usurpación.
Pero
la
protección
de
los
secretos
comerciales
es
más
que
eso.”
Desde
su
punto
de
vista
“
Esta
propuesta
persigue
aumentar
la
confianza
de
las
empresas,
los
creadores,
los
investigadores
y
los
innovadores
en
la
innovación
colaborativa
en
el
conjunto
del
mercado
interior.
Gracias
a
ella
dejarán
de
verse
disuadidos
de
invertir
en
nuevos
conocimientos
por
la
amenaza
de
robo
de
sus
secretos
comerciales.
La
propuesta
es
un
paso
más
en
los
esfuerzos
de
la
Comisión
por
configurar
un
marco
jurídico
que
favorezca
la
innovación
y un
crecimiento
inteligente.»
El
Vicepresidente
Antonio
Tajani
añadió:
«La
protección
de
los
secretos
comerciales
reviste
especial
importancia
para
las
empresas
más
pequeñas
y
menos
consolidadas
de
la
UE.
Estas
empresas
utilizan
el
secreto
comercial
más
que
las
grandes
empresas,
en
parte
debido
a
los
costes
de
las
patentes
y la
protección
contra
las
infracciones.
La
pérdida
de
un
secreto
comercial
y la
revelación
de
una
invención
clave
a la
competencia
conllevan
una
enorme
pérdida
de
valor
y
del
futuro
rendimiento
de
una
PYME.
Con
esta
legislación,
la
Comisión
protegerá
la
supervivencia
de
las
empresas
de
la
UE y
los
secretos
comerciales
que
les
son
vitales.»
La
propuesta
tiene
por
objeto
proporcionar
a
las
empresas
un
nivel
de
protección
adecuado
y
vías
de
reparación
eficaces
cuando
sus
secretos
comerciales
son
robados
o
usurpados.
Un
sistema
sólido,
equilibrado
y
armonizado
de
protección
de
los
secretos
comerciales
ofrecerá
a
las
empresas
y
los
investigadores
un
entorno
más
seguro
en
el
que
pueden
crear,
compartir
y
registrar
valiosos
conocimientos
y
tecnología
a
través
de
las
fronteras
del
mercado
único.
Asimismo,
facilitará
la
participación
de
las
empresas
y
los
investigadores
de
diferentes
países
de
la
UE
en
proyectos
comunes
y de
colaboración
para
la
innovación
y la
investigación.
Dentro
de
la
iniciativa
emblemática
«Unión
por
la
Innovación»
(IP/10/1288),
uno
de
los
pilares
de
la
«estrategia
2020
de
la
UE»,
la
Comisión
se
propuso
crear
un
entorno
favorable
a la
innovación.
Dentro
de
este
marco,
la
Comisión
adoptó
una
estrategia
general
para
garantizar
que
el
mercado
único
de
la
propiedad
intelectual
funciona
correctamente
(IP/11/630).
Esta
estrategia
también
se
extiende
a
ámbitos
complementarios
de
los
derechos
de
propiedad
intelectual
(DPI),
como
los
secretos
comerciales.
Los
secretos
comerciales
(también
denominados
«información
comercial
confidencial»
o
«información
reservada»)
son
utilizados
por
empresas
de
todos
los
tamaños
en
todos
los
sectores
económicos
para
proteger
una
amplia
gama
de
información
como
el
proceso
de
fabricación
de
neumáticos
Michelin,
la
receta
del
«pasteis
de
Belém»
(una
variedad
de
repostería
portuguesa),
la
tecnología
y
los
conocimientos
técnicos
utilizados
en
las
aeronaves
de
Airbus
y el
algoritmo
de
búsqueda
de
Google.
Los
secretos
comerciales
son
especialmente
importantes
para
las
pequeñas
empresas
que
carecen
de
recursos
humanos
y
financieros
para
detectar,
gestionar
y
ejecutar
una
gran
cartera
de
DPI.
A
diferencia
de
los
inventos
patentados
o
las
novelas,
protegidos
por
los
derechos
de
autor,
el
titular
de
un
secreto
comercial
como
una
fórmula,
un
proceso
comercial,
una
receta
o un
concepto
de
mercadotecnia,
no
es
el
propietario
de
un
derecho
exclusivo
sobre
su
creación.
Por
consiguiente,
los
competidores
y
otros
terceros
pueden
descubrir,
desarrollar
y
utilizar
libremente
el
mismo
modelo.
Los
secretos
comerciales
solo
están
jurídicamente
protegidos
en
los
casos
en
los
que
alguien
ha
obtenido
información
confidencial
por
medios
ilegítimos
(por
ejemplo,
mediante
robo
o
soborno).
Los
secretos
comerciales
son
sustancialmente
diferentes
de
los
DPI,
que
confieren
la
exclusividad.
Sin
embargo,
estos
secretos
merecen
protección
por
las
mismas
razones
que
los
DPI:
para
incentivar
la
innovación
velando
por
que
los
creadores
están
en
disposición
de
ser
recompensados
por
sus
esfuerzos.
La
Directiva
propuesta
logra
este
objetivo
proporcionando
a
los
innovadores
defensas
contra
las
prácticas
deshonestas
que
persiguen
obtener
ilegalmente
destinadas
información
confidencial
para
aprovecharse
de
soluciones
innovadoras
sin
incurrir
en
las
inversiones
relacionadas
con
la
investigación
en
general
o la
investigación
de
un
secreto
de
fabricación
en
particular.
La
propuesta
de
la
Comisión
sobre
la
protección
contra
la
apropiación
indebida
de
secretos
comerciales
se
transmitirá
al
Consejo
de
Ministros
y al
Parlamento
Europeo
para
su
adopción
por
el
procedimiento
legislativo
ordinario.
Más
información
en
este
enlace
http://ec.europa.eu/internal_market/iprenforcement/trade_secrets/index_en.htm