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Bruselas pretende endurecer la legislación europea sobre impuestos de sociedades para reducir la evasión fiscal
MADRID, 03 de DICIEMBRE de 2013 - LAWYERPRESS
 

La Comisión Europea propuso hace unos días, modificar la legislación europea sobre el impuesto de sociedades para reducir drásticamente el nivel de evasión fiscal en Europa. La propuesta servirá para eliminar las lagunas jurídicas de la Directiva sobre matrices y filiales, que algunas empresas utilizan para eludir impuestos. A partir de ahora las empresas ya no podrán aprovecharse de las disparidades existentes entre los regímenes fiscales de los Estados miembros para no tener que tributar por los pagos efectuados dentro del mismo grupo empresarial. Luchar contra la evasión fiscal es una de las prioridades de numerosos países de dentro y de fuera de la UE: en las recientes reuniones del G20 y del G8 se ha puesto de manifiesto la necesidad de actuar en este sentido. Los Estados miembros disponen de hasta el 31 de diciembre de 2014 para aplicar la Directiva modificada.

El 6 de diciembre de 2012 la Comisión presentó un plan de acción para una respuesta de la UE más eficaz a la evasión y la elusión fiscales. Este plan de acción establece un conjunto completo de medidas para ayudar a los Estados miembros a proteger sus bases imponibles y recuperar miles de millones de euros legítimamente debidos. La modificación de la Directiva sobre empresas matrices y filiales es una de las medidas anunciadas en el plan de acción.
Ahora, el objetivo es que la Directiva sobre matrices y filiales pueda seguir garantizando a las empresas honradas un terreno de juego equitativo dentro del mercado único, sin ofrecer posibilidades de una planificación fiscal agresiva. La propuesta que se presenta la Comisión forma parte de su plan de acción contra la evasión fiscal del año pasado (IP/12/1325) y constituye una importante contribución a la lucha contra la elusión del impuesto de sociedades en la UE y en todo el mundo.
En palabras del Comisario de Fiscalidad, Unión Aduanera, Auditoría y Lucha contra el Fraude de la Comisión Europea, Algirdas Šemeta, «la política fiscal de la UE se ha centrado mucho en crear un entorno favorable para las empresas europeas. Esto significa eliminar barreras fiscales y resolver problemas de carácter transfronterizo como la doble imposición fiscal. La propuesta que hoy presenta la Comisión garantizará que se respete tanto el espíritu como la letra de nuestra legislación y permitirá que nuestras empresas puedan competir en pie de igualdad y los presupuestos nacionales dispongan de más ingresos».
En un principio, la Directiva sobre matrices y filiales se concibió para evitar que sociedades del mismo grupo ubicadas en diferentes Estados miembros fueran doblemente grabadas por los mismos ingresos. Sin embargo, hay empresas que han utilizado las disposiciones de esta Directiva y las disparidades existentes entre los regímenes fiscales de los Estados miembros para no tener que tributar en ninguna parte. El objetivo de la propuesta que hoy presentamos precisamente es eliminar este tipo de lagunas jurídicas.

Posibles prácticas abusivas
En primer lugar, actualiza la disposición contra las prácticas abusivas de la directiva sobre matrices y filiales, es decir la salvaguarda contra las prácticas fiscales abusivas. En línea con la Recomendación de la Comisión sobre la planificación fiscal agresiva (IP/12/1325), la propuesta obliga a los Estados miembros a adoptar una norma común contra las prácticas abusivas que les permita ignorar los montajes artificiales utilizados a efectos de elusión fiscal y garantizar que la imposición se realiza sobre la base del contenido económico real.
En segundo lugar, garantizará que se endurece la Directiva sobre matrices y filiales para que las prácticas de planificación fiscal (prácticas de préstamos híbridos) no puedan beneficiarse de exenciones fiscales. Actualmente, la Directiva obliga a los Estados miembros a otorgar a las sociedades matrices una exención fiscal de los dividendos que reciban de sus filiales en otros Estados, pero ocurre que, en algunos casos, los Estados miembros en los que están ubicadas las filiales consideran estos pagos como reembolsos de la deuda deducibles fiscalmente.
El resultado es que lo pagos de la filial a la sociedad matriz no se gravan en ningún sitio. En el aprovechamiento de estas disparidades se encuentra la base de un tipo de práctica de planificación fiscal concreta (préstamos híbridos), a la que la propuesta de hoy pondrá coto. De conformidad con la propuesta, si el pago de un préstamo híbrido es deducible fiscalmente en el Estado miembro de la filial, entonces deberá gravarse por el Estado miembro donde esté establecida la sociedad matriz. Esto impedirá a las sociedades transfronterizas planificar los pagos entre sociedades del mismo grupo para disfrutar de una doble no imposición.
Puedes consultar:lo
aqui.
 


 

 

 

 

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