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Se centra en como las operaciones con información privilegiada, la divulgación ilícita de información y la manipulación del mercado La Comisión Europea acogió con satisfacción el acuerdo político alcanzado sobre la propuesta de la Comisión de Directiva sobre las sanciones penales aplicables al abuso del mercado (IP/11/1218). El acuerdo es la culminación de las denominadas reuniones tripartitas entre la Comisión y los dos colegisladores (el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros). Este importante avance, refrendado h por los Estados miembros, deja patente la disposición de Europa a adoptar todas las medidas necesarias para hacer frente a las operaciones con información privilegiada y al abuso del mercado en sus mercados financieros. Los Estados miembros tendrán que asegurarse de que tales comportamientos, incluida la manipulación de los índices de referencia, constituyen una infracción penal, punible con sanciones efectivas en toda Europa. El acuerdo político debe confirmarlo el Parlamento Europeo en sesión plenaria, que se espera se celebre en enero de 2014. «El abuso de mercado es un grave problema que mina la confianza en nuestro sistema financiero, por lo que hemos de atajarlo de forma fulminante. Para ello será preciso colmar ciertas lagunas reglamentarias de las que pueden aprovecharse los manipuladores en el mercado financiero. El Derecho penal ejerce un poderoso efecto disuasorio y, a partir del decisivo punto de inflexión de hoy, las personas culpables de abuso del mercado deberán enfrentarse a toda la contundencia del Derecho penal, dondequiera que se encuentren en la Unión», declaró la vicepresidenta Viviane Reding, comisaria de Justicia de la UE. «Espero que seamos capaces ahora de ultimar minuciosamente los detalles, de modo que la propuesta pase a tener pronto rango de ley. La UE aplica una política de tolerancia cero en lo que se refiere al abuso del mercado y la manipulación de los índices de referencia. Debemos proteger la integridad de nuestros mercados y el dinero de nuestros ciudadanos.» Por su parte, Michel Barnier, comisario de Mercado Interior y Servicios, comentó que: «Estas son buenas noticias para los inversores y un regalo de navidad envenenado para los delincuentes de cuello blanco. Los infractores declarados culpables de abuso de mercado se enfrentarán finalmente a penas de cárcel en toda la Unión Europea. Junto con nuestro Reglamento sobre abuso de mercado, la UE ha reforzado considerablemente las competencias de los Estados miembros para detectar y sancionar con severidad las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado. En concreto, los que manipulen índices de referencia como el EURIBOR tendrán que hacer frente en el futuro a cuantiosas multas o a penas de prisión. Felicito al Parlamento Europeo por haber mejorado nuestra propuesta fijando penas de prisión definidas. También me gustaría dar las gracias al Parlamento Europeo, especialmente a la ponente, Arlene McCarthy, así como a la Presidencia lituana, por su excelente trabajo en pos de este acuerdo.». El acuerdo alcanzado supone que habrá definiciones comunes en la UE de los delitos de abuso de mercado, como las operaciones con información privilegiada, la divulgación ilícita de información y la manipulación del mercado. A la vez también habrá un conjunto común de sanciones penales, incluidas multas y penas de prisión de cuatro años para las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado y de dos años para la divulgación ilícita de información privilegiada; Por otro lado, las personas jurídicas (empresas) serán responsables por los abusos de mercado que cometan y loss Estados miembros habrán de establecer la jurisdicción competente para estos delitos si se cometen en su territorio o el infractor es un nacional. Además estos Estados deberán velar por que las autoridades judiciales y policiales que se ocupan de estos complejísimos casos estén bien formadas. Actualmente los inversores que operan con información privilegiada y manipulan los mercados difundiendo información falsa o engañosa pueden evitar las sanciones aprovechando las diferencias existentes entre las legislaciones de los 28 Estados miembros de la UE. Las autoridades de algunos países no disponen de poderes sancionadores reales y en otros no se prevén sanciones penales para ciertos delitos de operaciones con información privilegiada y de manipulación del mercado. Unas sanciones eficaces pueden ejercer un fuerte efecto disuasorio y reforzar la integridad de los mercados financieros de la UE. Por esta razón, la Comisión Europea propuso el 20 de septiembre de 2011 normas a escala de la UE para garantizar unas sanciones penales mínimas para las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado (IP/11/1218). En julio de 2012, la Comisión presentó enmiendas a su propuesta inicial con el fin de prohibir claramente la manipulación de los índices de referencia, como el EURIBOR y el LIBOR, y tipificar tales manipulaciones como infracciones penales (IP/12/846). Al proponer estas normas, la Comisión Europea ha utilizado por primera vez las nuevas competencias que le confiere el Tratado de Lisboa para hacer cumplir la política de la UE mediante la imposición de sanciones penales. El proyecto de Directiva obliga a los Estados miembros a adoptar las medidas necesarias para garantizar que las infracciones penales aplicables a las operaciones con información privilegiada y la manipulación del mercado estén sujetas a sanciones penales. Los Estados miembros también deberán sancionar penalmente a quienes ayuden, instiguen o aconsejen el abuso del mercado, así como las tentativas de cometer dichas infracciones. La Directiva complementa una propuesta separada de Reglamento sobre el abuso del mercado, aprobada por el Parlamento Europeo el 10 de septiembre de 2013 (MEMO/13/774), que mejora el marco legislativo de la UE en vigor y refuerza las sanciones administrativas.
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