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EL TEDH cambia de normas para ser más eficaz a corto plazo
MADRID, 10 de ENERO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Recibe cerca de 50.000 solicitudes anuales. Más de la mitad de las condenas dictadas por el Tribunal se refieren a la violación del derecho a un juicio justo

Año nuevo, normas nuevas.. Eso han querido pensar los rectores del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), ya conocido en nuestro país por haber tumbado la Doctrina Parot recientemente, lo que ha permitido la excarcelación de etarras y delincuentes peligrosos. Ahora, con los cambios efectuados en la Norma 47, modificada, se pretende mejorar la eficacia y capacidad de respuesta de este Tribunal, la última instancia para muchos justiciables. Ahora habrá que aportar al detalle la documentación acreditativa de esa denuncia y solo en determinadas ocasiones se podrá presentar la demanda fuera de los seis meses posterior a la decisión del último tribunal doméstico.

El 1 de enero de 2014, entró en vigor la nueva Norma 47 de las Normas del TEDH. Esta modificación a las Normas, diseñada para mejorar la eficacia del Tribunal y acelerar el examen de los demandas, introduce dos cambios significativos que determinarán si una demanda es asignada a una formación judicial o si es rechazada, sin ni siquiera ser considerada por el Tribunal.
El primero de los cambios afecta a la información y a los documentos facilitados al Tribunal para posibilitar el examen de la demanda. Cualquier formulario enviado al TEDH deberá ser completado en su totalidad y acompañado por copias de los documentos relevantes. Cualquier documento incompleto será rechazado por el Tribunal.
El segundo de los cambios afecta a la cuestión de la interrupción del periodo en el cual el recurso se tendrá que interponer ante el TEDH, esto es, dentro de los seis meses inmediatamente posteriores a la decisión definitiva del tribunal doméstico de última instancia. Para que el periodo sea interrumpido el recurso tendrá que cumplir las condiciones estipuladas en la Norma 47.
El formulario tendrá que ser enviado al Tribunal, debidamente cumplimentado y acompañado de los documentos pertinentes, en el periodo previsto en el Convenio. Los expedientes incompletos no serán tomados en consideración de cara a la interrupción del periodo de los 6 meses.
Para ayudar a los solicitantes al cumplimiento de las nuevas normas el Tribunal circulará materiales informativos, en las lenguas oficiales de los Estados Parte de la Convención.
El Tribunal recibe cerca de 50.000 solicitudes anuales. Más de la mitad de las condenas dictadas por el Tribunal se refieren a la violación del derecho a un juicio justo . Los Estados con más condenas en 2011 son Rusia ( 121 ) y Turquía ( 159 )
Hay que recordar que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH; también denominado Tribunal de Estrasburgo y Corte Europea de Derechos Humanos) es la máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en toda Europa.
Se trata de un tribunal internacional ante el que cualquier persona que considere haber sido víctima de una violación de sus derechos reconocidos por el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales o cualquiera de sus Protocolos adicionales, mientras se encontraba legalmente bajo la jurisdicción de un Estado miembro del Consejo de Europa, y que haya agotado sin éxito los recursos judiciales disponibles en ese Estado, puede presentar una denuncia contra dicho Estado por violación del Convenio.
Este Convenio es un tratado por el que los 47 Estados miembros del Consejo de Europa (todos los Estados europeos salvo Bielorrusia y Kazajistán) han acordado comprometerse a proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, tipificarlos, establecer el Tribunal y someterse a su jurisdicción, es decir, acatar y ejecutar sus sentencias.
La ejecución de las sentencias del Tribunal por los Estados miembros que han sido condenados está supervisada por el Comité de Ministros, órgano decisorio del Consejo de Europa compuesto por un representante de cada Estado miembro. No tiene ninguna relación con la Unión Europea.

http://www.echr.coe.int/Pages/home.aspx?p=applicants/ol&c
 


 

 

 

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