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CERMI pide a Hacienda que mantenga el tipo reducido para aquellos productos que utilizan las personas con discapacidad
MADRID, 14 de ENERO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Reclama a Hacienda que renuncie a cualquier intento de gravar las pensiones de incapacidad de la Seguridad Social en la próxima reforma fiscal

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha recordado al ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la necesidad de que España mantenga el tipo reducido del Impuesto del Valor Añadido (IVA) para los productos de apoyo (ayudas técnicas) destinados a personas con discapacidad, como obliga la legislación europea armonizada de este Impuesto. También hace unos días remitió al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Tributos, un amplio informe en el que se argumenta la negativa a gravar fiscalmente las pensiones de incapacidad laboral de Seguridad Social que ahora están exentas de tributar en el Impuesto de la Renta.

Ante la revisión sobre la normativa del IVA que ha de efectuar España tras la condena de enero del pasado año del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por haber ampliado injustificadamente el listado de productos con IVA reducido, así como el universo de personas y entidades que podían aplicárselo, el CERMI ha insistido ante Hacienda que la legislación comunitaria declara como beneficiarias de esta reducción del impuesto única y exclusivamente a las personas con discapacidad, y que la misma debe mantenerse a toda costa.
En los meses transcurridos desde que se dictó la sentencia del tribunal europeo, el CERMI ha mantenido contactos con Hacienda en los que le ha proporcionado el listado de productos de apoyo para uso exclusivo de personas con discapacidad a los que se debería aplicar el tipo reducido de IVA, dada la función social que desempeñan.
Para el CERMI, es absolutamente necesario que las personas con discapacidad sigan disponiendo de una tributación reducida en la adquisición de productos de apoyo, ya que estos son fundamentales para asegurar la autonomía, la inclusión y la participación de las personas con discapacidad.

Mantener exención fiscal de pensiones
Por otro lado, el CERMIl remitio al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la Dirección General de Tributos, un amplio informe en el que se argumenta la negativa a gravar fiscalmente las pensiones de incapacidad laboral de Seguridad Social que ahora están exentas de tributar en el Impuesto de la Renta.
En dicho informe se señala que las pensiones de incapacidad laboral derivan de lesiones o dolencias graves y llevan aparejada una discapacidad con gran necesidad de apoyos para la autonomía personal. Los criterios que utilizan los equipos de valoración de las incapacidades de la Seguridad Social son extraordinariamente estrictos y muy frecuentemente se producen revisiones del grado de incapacidad de oficio, que terminan con rebajas en la valoración, y por tanto con reducciones o pérdida de prestaciones.
Obtener el reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en grado de absoluta o de “gran invalidez” (terminología oficial) no es nada fácil en España y no existen niveles de fraude que induzcan justificadamente a cambiar el régimen fiscal aplicable en la actualidad.
Las personas con una incapacidad permanente absoluta incurren en un nivel de gastos muy superior precisamente como consecuencia de su discapacidad sobrevenida. Toda la información social y económica disponible señala el sobrecoste enorme al que se enfrentan las personas con discapacidad por razón de su situación, que no puede verse incrementado con nuevos gravámenes fiscales.
Además, si se vincula esta cuestión con la protección de servicios sociales, es notorio que las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se han reducido en gran medida y, en muchos casos, suspendido, sin que existan perspectivas de que se recuperen a corto y medio plazo los niveles anteriores a la crisis económica y financiera.
Por ello, junto a un mayor nivel de gasto se ha producido una reducción de las ayudas públicas que venían a compensar en alguna medida esos mayores desembolsos a los que se ven abocadas las personas con discapacidad sobrevenida, que no les permite continuar con su actividad laboral.
Todos estos motivos desaconsejan absolutamente pensar en establecer nuevos gravámenes fiscales para personas que reciben una pensión como consecuencia de procesos de discapacidad muy intensos.
En su informe a Hacienda, el CERMI exige que esta cuestión no figure en la propuesta de reforma fiscal que el Gobierno presentará en este año 2014, y que se mantenga a todos los efectos el régimen de exención vigente para este tipo de prestaciones de la Seguridad Social.
 


 

 

 

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