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Salvador Rey: “La reforma laboral 2012 sigue en vías de revisión”
MADRID, 20 de ENERO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Estamos ante una reforma laboral, la del 2012, que se ha ido reformando desde su aprobación con decretos y con sentencias de los tribunales de justicia y la Audiencia Nacional. Una reforma que no ha acabado su proceso y está a la espera de nuevos pronunciamientos por parte del Tribunal Supremo y del Constitucional que pueden modificar esencialmente el espíritu con el que fue creada.
Así lo manifestó el presidente del Instituto Internacional Cuatrecasas de Estrategia Legal en Recursos y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Salvador Rey, durante la jornada, celebrada en la Confederación Empresarial Valenciana (CEV), en la que se realizó un balance sobre los dos años de reforma laboral aplicada al marco de las empresas.
Un encuentro que contó también con la presencia de Fernando Moreno, director de dicho instituto y Javier Molina, socio de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.
La jornada puso de manifiesto que el control judicial sobre los despidos colectivos ha estado sometido en los últimos dos años a una extraordinaria presión normativa merced a los numerosos cambios y retoques que el legislador de urgencia, especialmente, ha venido introduciendo en el marco regulador. “Nos encontramos con disposiciones que en dos años han llegado a tener hasta cinco redacciones distintas, como es el caso de la norma que regula la aportación al Tesoro Público”, dijo Molina.
Tales reformas han llevado a primer plano una creciente tensión entre el poder judicial y el legislador acerca de la aplicación de la nueva regulación en materia de despidos colectivos. Desde finales de 2011 son los Tribunales del orden social quienes asumen la competencia en esta materia, frente al tradicional conocimiento por el orden contencioso-administrativo. Irrumpen nuevas sensibilidades y, en este sentido, - puntualizó- “el legislador ha desarrollado un intenso seguimiento de los primeros pronunciamientos judiciales que son, en última instancia, la prueba del algodón de la eficacia de las medidas del Gobierno frente a la crisis económica y ante los requerimientos que llegan desde instancias europeas y financieras internacionales”.
En estos dos primeros años de sentencias, que no han dado de sí aún jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la nueva regulación, los Tribunales, muy inspirados por los criterios de la Audiencia Nacional, han revisado con nueva perspectiva aspectos tales como los compromisos adquiridos con la representación de los trabajadores antes de la medida extintiva; los umbrales de afectación; el alcance del Grupo de Empresa; la negociación del despido colectivo (interlocución, entrega de información, buena fe, duración); la ejecución de la decisión extintiva (comunicación a los representantes de los trabajadores, aplicación de los criterios de selección,…).
Determinados fallos judiciales y tendencias de los Tribunales han tenido así su respuesta en sucesivos Reales Decretos-Ley con los que el Gobierno ha tenido que ir matizando, corrigiendo o perfeccionando el nuevo marco regulador, con el ánimo de cumplir los objetivos de flexibilidad y seguridad jurídica de los despidos colectivos marcados en el inicial Real Decreto-Ley 3/2012.
En suma, esta intensa etapa de cambios normativos, que afecta a las herramientas de reestructuración de las empresas frente a una intensa y duradera crisis económica, “está suponiendo una labor titánica para los órganos judiciales del orden social; y nos está mostrando la cara más camaleónica del legislador, en permanente adaptación a circunstancias imprevisibles o indómitas, como la aplicación de sus normas por los dichos Tribunales”, concluyó Molina.
 

 

 

 

 

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