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AEMEC defiende el derecho del inversor minoritario a impugnar acuerdos sociales
MADRID, 21 de FEBRERO de 2014 - LAWYERPRESS
 

La primera jornada ha profundizado en el contexto actual del accionista minoritario a nivel nacional y europeo y en los puntos de mejora del Anteproyecto de Ley a la Directiva Europea de Sociedades de Capital.

En la tarde de ayer jueves quedó inaugurado el V Congreso de la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (AEMEC), un foro de índole nacional e internacional centrado en la figura del inversor minoritario en el marco de las políticas legislativas y empresariales de Buen Gobierno Corporativo. Reconocidos juristas, catedráticos y representantes institucionales se reúnen en Madrid, durante ayer y hoy, para debatir sobre la modernización del derecho de sociedades y la tutela de este tipo de accionistas, así como para analizar los trabajos de la Comisión y el Parlamento Europeo en relación a esta temática.

El encuentro servirá también para profundizar especialmente en el nuevo marco que propone el Comité de Expertos en el Anteproyecto de Ley a la Directiva Europea de Sociedades de Capital, cuyo fin es fomentar y facilitar determinados derechos de los accionistas en las sociedades cotizadas. En este sentido, AEMEC comparte que se haya planteado reducir el porcentaje mínimo exigido para el ejercicio de algunos de los derechos de la minoría y el reconocimiento a que las asociaciones tengan acceso al listado de todos los inversores de la cotizada de la que forman parte.

No obstante, durante el Congreso se ha debatido sobre varias de las modificaciones introducidas en el Anteproyecto de Ley que, a juicio de AEMEC, entran en conflicto con el espíritu de la Directiva en su labor de garantizar el ordenamiento del Mercado de Valores y la optimización de los derechos de los accionistas. Uno de ellos se refiere a la legitimación, pues el Comité de Expertos establece que la fracción del capital social para poder impugnar acuerdos es del 1 por 1.000 del capital. Según esto, un accionista con una única acción no podrá ejercer su derecho de voto, a menos que sea titular del 0,1% del capital social. Una cifra prácticamente inalcanzable a título individual.
Las alegaciones de AEMEC al Anteproyecto de Ley también contemplan los rígidos requisitos propuestos para la regulación de las asociaciones que velan por los intereses de los inversores minoritarios. En su opinión, estas limitaciones son mayores que las que la propia Ley de Asociaciones establece para cualquier otro tipo de Asociación. Por ejemplo, tener un mínimo de 100 integrantes y que estos no dispongan de una participación accionarial superior del 0,5% del capital social de la compañía, o la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio de la sociedad cotizada.
Asimismo, hay una serie de propuestas que no han sido tenidas en cuenta en el Anteproyecto de Ley y tienen relevancia en la defensa de los intereses de los accionistas minoritarios. AEMEC destaca la posibilidad de designar a un consejero de la cotizada como interlocutor entre la compañía y los accionistas minoritarios, y nexo con el Consejo de Administración. Así como la delegación y representación en Juntas Generales a favor de Asociaciones de Accionistas y la creación del Registro Especial de Asociaciones en la CNMV.
 

 

 

 

 

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