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La compensación de deudas para pymes y autónomos
MADRID, 28 de MARZO de 2014 - LAWYERPRESS

Por Mariví Muñoz Responsable de Marketing y Comunicación de Deudae

Mariví Muñoz Responsable de Marketing y Comunicación de DeudaeLa compensación de deudas es una situación legal que viene recogida en la sección V del Capítulo IV sobre extinción de las obligaciones del Código Civil Español, que se produce cuando una parte (demandante) y otra (demandada) se deben dinero mutuamente. Por norma general se trata de una situación que se origina cuando una persona física, un colectivo o una empresa, lo que jurídicamente se considera una parte, reclama a la otra el importe de una determinada cantidad, dándose a su vez la circunstancia de que el reclamante también deba una cantidad a ese mismo deudor. La compensación tendrá lugar cuando dos personas, por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra.
Ante una situación como la anterior, el Código Civil, en sus artículos 1195 y 1196, señala la posibilidad de que las dos deudas existentes puedan extinguirse a través de la compensación, cumpliendo siempre unos requisitos determinados. Para ello el artículo 1196 enumera los siguientes requerimientos:
- Que cada uno de los obligados lo esté principalmente, y sea a la vez acreedor principal del otro. Lo que conlleva que deben existir dos obligaciones donde el acreedor de una, simultáneamente, sea deudor de su propio deudor.

- Que ambas deudas consistan en una cantidad de dinero, o, siendo fungibles las cosas debidas, sean de la misma especie y también de la misma calidad, si ésta se hubiese designado. Por lo que los bienes o el importe que constituyen las deudas deben ser iguales o por lo menos similares.

- Que las dos deudas estén vencidas. Este será otro de los requisitos necesarios por lo que para realizar la compensación se debe haber alcanzado el límite del plazo de su cumplimiento.

- Que sean líquidas y exigibles. Por lo tanto sólo podrá efectuarse cuando el importe de la deuda se encuentre perfectamente determinado y cuando el cumplimiento pueda ser reclamado por el acreedor. Para que pueda ser exigible es necesario que la deuda esté vencida. Según el Ordenamiento Jurídico Español toda deuda se considera vencida cuando llega su fecha de vencimiento por lo que podrá ser exigible cuando no existan circunstancias que impidan su reclamación. El conocimiento de la exigibilidad de una deuda es de vital importancia ya que a partir de ese momento comienzan a devengar de forma automática los intereses moratorios.


- Que sobre ninguna de ellas haya retención o contienda promovida por terceras personas y notificada oportunamente al deudor.
En medio de este panorama normativo nace Deudae, un servicio que aprovecha la figura existente de la compensación de deudas para permitir a las empresas pagar lo que deben a sus proveedores con lo que les deben sus clientes. Esto se hace posible gracias a un sistema que identifica las cadenas de deuda que se establecen entre las distintas empresas de un sector, una región o de la economía en su conjunto.
De esta forma, para que una empresa pueda comenzar a beneficiarse de la compensación de deudas, en primer lugar deberá haberse registrado en www.deudae.com, y haber introducido las facturas que la empresa debe y las que a ella le deben. Antes de todo se pide una validación a través de un certificado digital, el mismo que utiliza la Agencia Tributaria, simplemente para verificar que las personas que se dan de alta como autónomos y como empresas son tales y tienen la potestad necesaria para operar en el sistema.
Una vez las empresas se han dado de alta y han introducido los datos de sus facturas pendientes, el sistema informa automáticamente a las compañías deudoras y acreedoras para que puedan confirmar o cancelar la cuantía de estos importes, empezando así el proceso de búsqueda de círculos compensables. En cuanto el sistema consigue identificar los círculos de deuda y los compensa, Deudae emite un certificado legal de compensación que las empresas pueden incluir directamente en su contabilidad.
La plataforma cuenta con los máximos estándares de calidad en la protección de datos y en la seguridad legal y fiscal. Con el fin de garantizar este punto, Deudae ha trabajado con socios líderes en sus áreas de actividad, como KPMG y Linares Abogados para las cuestiones fiscales y legales, y el departamento de matemáticas de la UNED, que fue el principal impulsor en el desarrollo del algoritmo que se encarga de identificar los círculos de deuda.
Esto permite a Deudae ofrecer los máximos niveles de seguridad, tanto jurídica como tecnológica, asegurando a su vez la confidencialidad de los datos.
En relación a las comisiones y al coste, Deudae destaca que sólo realizará el cobro si efectivamente se cancela la deuda, en cuyo caso se aplicará una comisión del 3% de la cantidad cancelada.

 

 

 

 

 

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