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Informe
desde
Secretaria
Jurídica
de
JAM
y
AJA
Madrid
sobre
esta
nueva
figura
que
puede
apoyar
proyectos
y
operaciones
financieras
La
figura
del
crowfunding,
que
aglutina
la
suma
de
aportaciones
individuales
en
un
proyecto,
no
está
suficientemente
bien
regulada
en
el
proyecto
de
ley.
“Solo
se
centra
en
dos
figuras
en
función
del
retorno
que
puede
reportar
cuando
su
abanico
de
posibilidades
es
amplio”,
comenta
Ana
Robles,
coordinadora
del
estudio
que
han
elaborado
las
secretarias
jurídicas
de
AJA
Madrid
y
Jam.
Hasta
ahora
este
nuevo
modelo
de
financiación
se
ha
encasillado
hacia
la
parte
de
ocio
o
solidaridad,
aunque
hay
que
recordad
que
personajes
como
Barack
Obama
lo
emplearon
para
financiar
su
campaña
electoral
a la
Casa
Blanca.
La
medida
del
Gobierno
mejora
la
situación
de
esta
actividad
al
haber
eliminado
en
ultima
hora
el
límite
a
las
aportaciones
que
pudiera
hacer
cada
particular,
via
crowfunding.
Desde
hace
unos
años
venimos
padeciendo
una
crisis
económica
de
la
que
han
surgido
grandes
proyectos
que
veían
su
fin
sin
ni
siquiera
haber
nacido
por
falta
de
recursos.
Ante
esta
problemática,
muchos
han
acudido
a
una
vía
apenas
conocida,
el
crowdfunding.
Este
nuevo
fenómeno
puede
definirse
como
“esfuerzo
colectivo
de
muchas
personas
que
instrumentan
sus
recursos
para
apoyar
los
esfuerzos
iniciados
por
otras
personas
u
organizaciones.
Esto
se
hace
generalmente
a
través
de,
o
con
la
ayuda
de
Internet.
Los
proyectos
individuales
y
las
empresas
se
financian
con
aportaciones
pequeñas
de
un
gran
número
de
individuos,
lo
que
permite
a
innovadores,
empresarios
y
dueños
de
negocios
utilizar
sus
redes
sociales
para
aumentar
su
capital”.
Para
Ana
Robles
existen
diferentes
actores
envueltos
en
el
crowdfunding:
“el
sujeto
que
propone
la
idea,
la
“masa”,
y
las
organizaciones
de
crowdfunding,
que
ponen
en
contacto
a
los
primeros
con
los
segundos,
logrando
que
las
mejores
ideas
encuentren
financiación.
“ Y
apunta
que
esta
nueva
vía
de
financiación,
cuenta
con
tres
elementos
que
lo
diferencian
de
los
demás
métodos:”
convocatoria
abierta
hecha
a
través
de
redes
sociales;
financiación
de
un
proyecto
específico
o
empresa
como
objetivo;
y
recompensa.”,
aclara.
Desde
su
punto
de
vista
se
identifica
en
exceso
esta
práctica
financiera
con
lo
social
o
proyectos
de
solidaridad
“cuando
puede
ser
un
método
de
financiación
alternativo
a la
banca
tradicional
que
conocemos
pero
incluso
con
mayores
beneficios,
incluso.“
A su
juicio,
países
como
Francia
o
Inglaterra
tienen
mejor
regulada
que
esta
figura
que
en
nuestro
país.
En este
informe,
del
que
extractamos
unas
conclusiones
se
explica
como
funciona
esta
metodología:
Los
propietarios
de
la
propuesta
presentan
su
idea
de
negocio
en
el
sitio
Web,
que
hace
una
preselección
consistente
en
analizar
la
viabilidad
del
plan.
Posteriormente,
la
plataforma
establece
un
periodo
para
recaudar
un
mínimo
presupuesto
y el
financiador
elige
entre
un
gran
número
de
proyectos.
Como
regla
general,
las
aportaciones
hechas
serán
devueltas
en
el
caso
de
que
en
los
días
establecidos
no
se
llegue
a
recaudar
el
capital
mínimo
exigido.
Por el
contrario,
si
se
recauda
la
cantidad
exigida,
todo
aquel
que
haya
financiado
el
proyecto
recibirá
una
“recompensa”,
que
no
será
exclusivamente
financiera,
y
que
deberá
estar
fijada
con
anterioridad
a la
aportación.
Esa
gratificación
que
se
entregará,
puede
ser
de
diversos
tipos,
material,
inmaterial
o
financiera,
y
dependiendo
de
la
compensación
que
se
haga
podremos
hablar
de
diferentes
tipos
de
crowdfunding:
modelo
donación
(no
espera
recibir
nada
a
cambio),
modelo
recompensa
(no
del
mismo
valor
económico
que
la
inversión),
modelo
préstamo
(el
dinero
invertido
será
devuelto
con
unos
intereses
menores
a
los
que
cualquier
banco,
o
incluso
la
devolución
puede
condicionarse
al
éxito
del
proyecto)
y
equity
crowdfunding(rendimiento
necesariamente
financiero).
Para
los
creadores
de
este
estudio,
respecto
a su
regulación
jurídica
creen
que
“
pueden
encajar
perfectamente
en
figuras
ya
existentes
como
la
donación
(618CC),
el
préstamo
(1740
y ss
CC),
la
comunidad
de
bienes
(392CC)
y la
cuenta
en
participación
(239
a
243
CC).
Sin
embargo,
el
anteproyecto
de
Ley,
establece
una
división
importante
mediante
el
establecimiento
de
normas
para
dos
modelos,
el
primero
de
préstamos
con
intereses,
conocido
como
“crowdlending”,
y el
segundo
modelo
por
el
que
múltiples
inversores
ayudan
a
sociedades
de
responsabilidad
limitada
a
llevar
a
cabo
una
actividad
o
negocio,
lo
que
en
inglés
recibe
el
nombre
de “equity”.”
En opinión
de
Robles,
“el
crowdfunding
es
un
nuevo
fenómeno
capaz
de
proporcionar
beneficios
que
ningún
otro
modelo
de
financiación
logra
ofrecer,
como
pueden
ser
los
beneficios
de
pre-ventas,
estudios
de
mercado,
promoción
y la
sabiduría
de
la
“masa”
sin
ningún
coste.””
Beneficios
que
vienen
de
la
mano
de
la
multitud,
y es
que
es
esa
“masa”
la
que
con
su
saber,
establece
ese
proceso
de
“selección
natural”
de
los
proyectos
expuestos,
haciendo
que
sobrevivan
sólo
aquellos
que
tendrán,
lo
que
se
prevé,
un
futuro
exitoso.
Todo
ello
medido
con
el
análisis
de
mercado
anteriormente
referido
y
que
se
lleva
a
cabo
antes
de
realizar
la
aportación,
que
se
debe
principalmente,
al
compromiso
emocional
y el
interés
personal
en
un
proyecto
específico.
“Este
compromiso
emocional
no
camina
solo,
suele
combinarse,
en
algunos
casos,
con
expectativas
adicionales
de
rentabilidad
social
y
financiera.
La
influencia
de
los
usuarios
directos
y el
apoyo
financiero
se
convierten
en
factores
clave
para
el
desarrollo
del
proyecto,
aumentando
el
valor
de
éste”,
aclara
nuestra
interlocutora
Sobre
el
éxito
de
este
fenómeno
,
los
autores
del
informe
recalcan
que
se
debe
principalmente
a
que
es
fácilmente
accesible
para
la
multitud
gracias
a
Internet,
no
requiere
de
grandes
inversiones,
carece
de
rígidos
formalismos,
no
existen
intermediarios
(a
excepción
de
la
plataforma)
que
encarezcan
los
proyectos
y
pueden
constituir
nuevas
formas
de
financiación
que
desplacen
a
las
tradicionales,
a
las
que
ya
no
es
fácil
acceder
dada
la
actual
situación
financiera.
Por
todo
ello,
no
puedes
dejar
de
destacar
el
papel
de
este
fenómeno
como
tabla
de
salvación
de
excelentes
propuestas,
que
hasta
la
fecha
no
lograban
ese
apoyo
buscado,
y
que
ahora,
tras
ser
elegidas
y
financiadas
por
los
usuarios,
pasa
a
ser
una
realidad
de
la
que
todos
nos
beneficiaremos.
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