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JUSTICIA
La juez de Pozuelo de Alarcón, que condena en costas al demandante, entiende que la información publicada es veraz (lo que no significa verdad) y de interés para la opinión pública El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Pozuelo de Alarcón ha desestimado la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor que interpuso el expresidente del Gobierno José María Aznar contra el diario El País, por una información aparecida en el ejemplar del día 19 de enero de 2013 en la que presumiblemente se identificaba al demandante como la persona que ideó el sistema de cobro de sobresueldos en el Partido Popular, además de ser uno de los perceptores de dichos sobresueldos. La juez, que ha condenado en costas al demandante, entiende que el medio de comunicación observó el debido deber de diligencia en la comprobación de la noticia con anterioridad a la publicación, a fin de determinar si no daban cabida a rumores o invenciones, “teniendo siempre en cuenta que la veracidad no sólo no viene equiparada a una verdad material e incontrovertible, sino que se trata de un requisito de aplicación flexible”. Por tanto, concluye la juez, “no puede sostenerse que cualquier menoscabo en la honorabilidad del Sr. Aznar sea atribuible a la información que fue publicada por el diario El País, ya que siendo la misma plenamente veraz (que no quiere decir verdad) y de interés para la opinión pública, debe prevalecer la libertad de información sobre el derecho al honor” del demandante. Los hechos se remontan cuando el diario" El País" en su número12.989 correspondiente el sábado 19 de enero de 2013 incluye como motivo central de su portada, una información referida a las acusaciones de cobros de sobresueldo osp por parte de la dirección d el Partido Popular, efectuadas p or el que fue tesorero d e dicho partido Luis Bárcenas. Esa crónica la demanda planteaba una posible intromisión ilegítima al honor del expresidente Aznar, por cuanto en esa información se comentaba que era promotor de esa trama y perceptor de esos sobresueldos. De hecho la parte demandada planteaba que se aceptara por bueno esa intromisión ilegítima y que se fallara sentencia de tal forma que el Pais, tanto a nivel escrito y online y otros tres diarios de información tuvieran que reproducir ese fallo, amén de una compensación por daños estimada en 100.000 euros para el propio Aznar. Por su parte, los demandados alegaron en su momento la verificación de la información en todos sus detalles con fuentes cercanas al propio Bárcenas. De hecho fue el 31 de enero del 2013 cuando el Pais publicó las ya famosas anotaciones a mano del extesorero del PP, documentos que fueron revisados por un perito caligráfico que señalo que podrían encajar en el periodo 1900 a 2008. En el fallo que hemos conocido ayer también se deja claro que tanto Francisco Mercado, autor de la crónica, como Juan Manuel Romero, subdirector del área de investigación y política de este medio informativo, confirmaron en la propia vista que se pusieron en contacto con el Partido P opular a fin de contrastar la misma, siendo negada por una persona perteneciente al Partido, sin que pudieran hablar personalmente con el actor, y a que precisaron q ue éste nunca atendía personalmente llamadas que desde el citado medio le hacían.
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