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JUSTICIA

 
El TSJN condena al Gobierno de Navarra a indemnizar con 1,2 millones de euros a un ciclista accidentado, ahora tetrapléjico
MADRID, 15 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Cinco años ha necesitado este ciudadano para lograr esa compensación tras el accidente que tuvo por un bache de la carretera. Aun cabe recurso ante el Supremo

Fallo interesante que recibimos de Navarra y que hace que nuestra publicación se haga eco del mismo. En la mañana de ayer hemos sabido que el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha condenado al Gobierno de Navarra a indemnizar con 1.070.559,30 euros a un ciclista que, por culpa de un bache en la carretera, perdió el control de su bicicleta y se golpeó contra la calzada. El accidentado padece una tetraplejia que requiere de la ayuda permanente de terceras personas para actividades básicas de la vida diaria. Su esposa, por su parte, será indemnizada con 131.046,89 euros. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Cinco años han pasado desde que sufrió el citado ciclista ese lamentable accidente. Un accidente asi que nos puede pasar a cualquiera porque nuestras calzadas cada vez están peores.
La caída se produjo sobre las 17.18 horas del 24 de junio de 2009 a la altura del kilómetro 54,600 de la carretera N-135 (Pamplona-Francia) en un tramo descendente del puerto de Ibañeta. El demandante circulaba en compañía de otro ciclista cuando, tras pasar sobre un bache, perdió el control de su bicicleta y se cayó. Tuvo que ser trasladado en helicóptero hasta el Hospital de Navarra y, posteriormente, el 6 de julio fue derivado al Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo.
El Gobierno de Navarra estimó parcialmente la reclamación presentada en vía administrativa, si bien sólo le reconocía al lesionado el 50% de la indemnización al considerar que existió una actuación negligente del ciclista por circular a una velocidad muy superior a la aconsejada.
Esta argumentación fue rebatida por los demandantes —el ciclista y su esposa—, quienes alegaron que la responsabilidad exclusiva recaía en la administración. Según expusieron, el accidentado transitaba a poco más de 20 km/h y no pudo hacer nada para evitar el bache de la calzada.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN coincide con los recurrentes al sostener, en base al informe pericial judicial encargado, que no hubo actuación negligente alguna por parte del ciclista. A juicio de los magistrados, el Gobierno de Navarra debe responder “íntegramente de todos los daños y perjuicios derivados de este accidente, provocado por una defectuosa conservación de la carretera”.
 

 

 

 

 

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