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Breve breviario de los conflictos de la mediación
MADRID, 18 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS

Por Salvador Madrid Fernández, Abogado-Mediador

 

Salvador Madrid Fernández, Abogado-MediadorHasta en las mejores y mas nobles familias hay conflictos, dimes, diretes, tensiones y disfunciones. En la casa de la mediación también, un hogar joven, donde también confluyen muchos intereses y un mayor desconcierto.

Bien es verdad que el camino de la mediación en España no es de muy larga trayectoria, legalmente quizás se puede iniciar allá por el año 1999-2000, con la primera Ley de mediación familiar catalana, y a partir de ahí sucesivas leyes autonómicas de mediación familiar,, hasta llegar a la actual Ley nacional 5/2012 de 6 de julio, de mediación civil y mercantil y su posterior pseudo-reglamento.

¿se puede hablar de fracaso de la mediación de conflictos en España ? Mi humilde opinión es que aún es pronto para dar perspectiva a la ley, pero, salvo que se dé un giro de ciento ochenta grados, el fracaso está anunciado.

Lo que ocurre es que es unánime la opinión de que la regulación de la actual ley de mediación es deficitaria en muchos aspectos, el propio ámbito de aplicación de su titulado, solo los aspectos civiles y mercantiles, excluyendo otras parcelas,.. aunque éste no es sino un apéndice de su problemática:

Se dice ;
2. Quedan excluidos, en todo caso, del ámbito de aplicación de esta Ley:
a) La mediación penal.
b) La mediación con las Administraciones públicas.
c) La mediación laboral.
d) La mediación en materia de consumo.

No obstante es manifiesto que la mediación se “aplica” en el ámbito penal, laboral, en materia de consumo…, y la aspiración es que la mediación no tenga cortapisas o prohibiciones en su aplicación en todos los campos, incluso, por muchos, se aspira también al ámbito de la violencia de género.

Por tanto el principal conflicto de la mediación y de donde parten todos los demás es su deficiente y disconforme regulación legal.

El segundo conflicto seria la deficiente o prácticamente nula divulgación de la mediación, a partir de este otro elemento negativo, parten otra serie de discusiones y diferencias entre los mediadores e instituciones de poder.

Sobre el tapete de conflictos de la mediación se reseñarían:

-la formación necesaria que se exige para ser mediador y consecuentemente la proliferación de cursos, cursillos y mini cursillos en todos los ámbitos profesionales.

A falta de regulación específica, o no tiene porqué haberla, ocasiona tensiones entre los diferentes Institutos, Universidades, profesorados, asociaciones privadas y públicas, donde cada cual se titula como la más competente y cualquiera puede dar un cursillo de mediación; lo cual no deja de ser el pecado o la virtud del libre mercado.

-la titulación específica del mediador que ejerce, si abierto a cualquier titulación universitaria o específica en un ámbito concreto.

Mediadores pueden serlo desde abogados o psicólogos hasta ingenieros, arquitectos, policías, bomberos, etc., etc.

-si la inscripción en Registro público debe o no ser de carácter obligatorio

No tiene carácter obligatorio así que con poner un cartel en la puerta de tu casa ya puedes ejercer mediación, la titulación es fácil.

-si la mediación debe ser o no obligatoria, o al menos la sesión informativa previa, antes de la demanda judicial

Se va abriendo paso la opinión de la opción de la obligatoriedad. Como nadie acude, que sea obligatoria; y por otra parte, nadie acude porque tampoco se le informa.

-mediación como profesión específica o como una práctica de ejercicio espiritual, como una visión pacifista de la vida, en la que cualquiera puede y debe ejercerla.

Hay mediadores que se toman la mediación como unos ejercicios espirituales a modo del Mahatma Ghandi, lo cual no tiene porqué ser un trastorno. Tampoco lo es querer vivir cobrando tus servicios.

Como cuestiones de práctica diarias, actualmente se hacen mediaciones por centros o asociaciones con un carácter de servicio público, subvencionadas por el partido en el poder, a modo de ONGs, que ocultan también diversos intereses propios, y que además vienen a cerrar el paso al ejercicio de los mediadores independientes. Con lo cual, determinados juzgados ya solo trabajan con una asociación determinada, provocando así una especie de monopolio de la mediación.

Cada año salen casi cientos de mediadores con sus diplomas de especialistas o masters en mediación civil, mercantil, penal, concursal, familiar…, algunos en la creencia de que algún dia podrán ejercer la mediación como una especialidad profesional.. ánimo que conforme transcurren los meses va diluyéndose como azucarillo en café; por mucha rimbombante tarjeta de visita que te hagas como “mediador profesional”, lo más seguro es que te quedes esperando que alguien pegue en la puerta de tu despacho.

Es como si se hubiese descubierto el medicamento contra el cáncer, o el crece-pelo definitivo, y a pesar de ello no se prescribe, no se consume..

¿Quiénes son los culpables del actual panorama ?.. pues todos los que tienen responsabilidades en este medio, desde gobiernos y responsables políticos, hasta las Instituciones , asociaciones y hasta incluso los mediadores, unos por acción,. otros por omisión. Los únicos que son inimputables son precisamente los dueños de los conflictos, los sufridores, los pacientes.., nunca se podrá decir que un paciente tiene la culpa de que un medicamento no le cure.

Este quizás sea uno de los principales conflictos de la mediación. El panorama es desalentador, siento tener una visión pesimista y espero que si alguien se digna esta lectura no sea contagiado de este mal fario.. pero aún estamos a tiempo de dar la vuelta al marcador.. ejem..( mal símil actual este del fútbol).


 

 
 

 

 

 

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