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Expertos
juristas
explican
para
nuestra
publicación
el
alcance
de
esta
medida
dentro
de
la
reforma
prevista
para
aprobar
durante
este
mes
de
octubre
en
el
Código
Penal
Cerco
a la
violencia
de
género.
El
Gobierno
con
el
apoyo
del
resto
de
interlocutores
sociales
y
jurídicos
planea
una
batería
de
actividades
y
medidas
para
frenar
esta
lacra
de
nuestra
sociedad.
Ya
se
anticipó
ayer
en
la
reunión
entre
la
Ministra
de
Sanidad,
Ana
Mato
y la
presidenta
del
Observatorio
de
la
Violencia
de
Genero
del
CGPJ,
María
Ángeles
Carmona
que
hay
que
hacer
un
esfuerzo
más
http://goo.gl/8NCHwk
.
Desde
el
punto
de
vista
normativo
se
dio
a
conocer
que
el
acoso
y
acecho
a
cualquier
persona
por
cualquier
medio,
incluido
Internet,
será
un
nuevo
tipo
penal
en
esa
reforma
ambiciosa
del
Código
Penal
que
planea
el
Ministro
Gallardón.
En
violencia
de
género,
muchos
de
los
conflictos
surgen
ya
desde
Internet
cuando
se
quiere
acosar
y
controlar
a la
mujer.
Juristas
como
Esther
Erice,
presidenta
de
la
Audiencia
Provincial
de
Navarra,
Susana
Gisbert,
Fiscal
de
Violencia
de
Género
de
Valencia,
Oriol
Rusca,
decano
del
ICAB
y
experto
penalista
y
Paz
Lloria,
Profesora
Titular
de
Derecho
penal
de
la
Universidad
de
Valencia,
analizan
este
nuevo
tipo
penal.
En
estos
momentos,
a
falta
de
regulación
se
echa
mano
de
las
coacciones
o
amenazas
ya
tipificadas.
Eso
sí,
parece
que
el
aspecto
probatorio
del
nuevo
tipo
que
se
va a
introducir
no
será
sencillo.
Esther
Erice
es
la
presidenta
de
la
Audiencia
Provincial
de
Navarra
desde
hace
cuatro
años.
Experta
penalista
nos
explica
cuál
es
la
reforma
penal
que
sobre
el
acoso
planea
el
Ministro
Gallardón
donde
no
se
diferencia
si
es
hombre
y
mujer
el
afectado: ”En
el
anteproyecto
se
habla
de
un
castigo
con
pena
de
prisión
que
puede
oscilar
entre
3
meses
y
dos
años
o
multa
a
quien,
sin
autorización
suficiente
acose
a
una
persona
a
través
de
conductas
repetitivas
que
alteren
el
desarrollo
de
su
vida
cotidiana
de
forma
notable.
Se
trata
de
acechar
y
buscar
cercanía
física;
intentar
contactar
con
ella
a
través
de
medios
de
comunicación
o
terceras
personas;
uso
indebido
de
datos
personales,
atentar
contra
libertad
o
patrimonio
o
conductas
análogas”.
Este
tipo
tan
abierto
deja
claro
que
puede
haber
otros
tipos
de
hostigamiento
además
de
los
recogidos.
“En
este
sentido
queda
ya
reflejado
implícitamente
medios
electrónicos
relacionados
con
Internet.
La
irrupción
de
las
nuevas
tecnologías
abre
un
campo,
Internet,
hasta
ahora
poco
regulado”.
Y
advierte
que
la
gente
joven
o de
mediana
edad
ya
utiliza
estos
medios
online
para
el
hostigamiento
o
control.“
El propio
tipo
penal
que
se
va a
incluir
ya
habla
de
la
alteración
de
la
vida
de
esa
persona
de
forma
notable
y es
que
ya
en
algunos
casos
ya
detectados
de
acoso
se
han
llegado
a
comprobar
que
esos
ciudadanos
afectados
han
podido
recibir
treinta
o
cuarenta
mensajes.
“Al
mismo
tiempo
puede
suceder
que
se
incluyan
noticias
o
informaciones
de
esas
personas
en
redes
sociales
que
pueden
perjudicar
gravemente.
Este
sería
otro
tipo
el
publicar
ese
tipo
de
comentarios
sin
autorización
de
la
propia
afectada.”.
Respecto
a
incluir
a
otros
colectivos,
como
hombres,
mayores
o
menores
Erice
indica
que
“una
cosa
es
esta
reforma
que
va
dirigida
a
mejorar
la
protección
de
las
mujeres
víctimas
de
violencia
de
género
y
otra
cuestión
es
que
otros
colectivos,
que
también
están
en
su
derecho
de
ser
protegidos,
puedan
reclamar
al
mismo
tiempo
esa
protección
aunque
ya
le
he
comentado
que
la
reforma
no
discrimina
a la
persona
afectada,”
indica.
Para
esta
magistrada
la
prueba
del
acecho
si
llega
al
final
a
ser
tipo
penal
será
complicado
de
probar
“aunque
puede
ser
perturbador
si
es
intenso
y
necesitar
la
mujer
afectada
apoyo
psicológico
en
algunas
situaciones”.
Difícil
de
probar
el
nuevo
tipo
Desde
Valencia,
Susana
Gisbert,
Fiscal
de
violencia
de
género,
aclara
que
este
tipo
penal
ya
tiene
encajen
en
las
coacciones,
determinados
delitos
contra
la
intimidad.
“Se
constata
que
muchos
de
los
delitos
que
tienen
que
ver
con
violencia
de
género
se
cometen
a
través
de
redes
sociales
o
Internet.
Esperemos
que
la
nueva
regulación
mejore
lo
que
hay.
Me
preocupa
no
obstante
que
tanta
regulación
haga
perder
el
valor
de
nuestro
derecho
penal”,
comenta.
A su
juicio
no
se
puede
olvidar
que
Internet
no
es
más
que
un
medio
para
cometer
ese
delito.
Para
esta
jurista
es
bueno
esta
regulación
del
acoso
en
la
nueva
reforma
penal
porque
ahora
no
lo
está:
“Si
no
se
regula
ese
acoso
general
es
complicado
hacer
un
tipo
de
acoso
en
redes
sociales
o
Internet.
Recordemos
que
la
vida
digital
no
es
diferente
a
nuestra
vida
personal·.
Bajo
su
punto
de
vista
la
solución
podría
estar
en
esa
inclusión
general
de
acoso
como
tipo
penal
y
hacer
un
agravante
a
las
conductas
vistas
en
Internet.
“De
lo
contrario
estaríamos
parcheando
el
Código
Penal
sin
ninguna
sistemática”.
Sobre
la
demostración
de
esos
tipos,
esta
fiscal
que
convive
con
esta
problemática
a
diario
nos
explique
en
la
práctica
es
más
fácilmente
demostrable
de
lo
que
se
piensa:
“La
mayoría
de
los
acosadores
que
lo
hacen
en
materia
de
violencia
de
género
no
cuestionan
que
esa
cuenta
o
móvil
sea
suyo.
Sin
embargo,
en
el
momento
que
empiecen
a
cuestionarlo
será
complicado
rastrearlo
en
Internet.
“En
este
tipo
de
situaciones
reconocer
clave
la
colaboración
de
la
polí
cia
nacional
a
través
de
la
Brigada
de
Delitos
Telemáticos
aunque
advierte
la
escasa
cooperación
de
redes
como
Facebook
o
Twitter
en
estos
asuntos.
“Este
es
un
delito
que
puede
tener
muchas
dificultades
probatorias”,
subraya.
Al
final
se
tratará
de
ir a
la
dirección
IP
para
comprobar
qué
ordenador
ha
emitido
esa
amenaza.
Respecto
a
los
perfiles
de
hipotéticos
infractores
Gisbert
diferencia
“aquellos
que
tienen
que
ver
con
la
violencia
de
género
y
otros
acosadores
con
otro
tipo
de
móviles
diferentes”,
subraya.
Todos
ellos
tienen
un
conocimiento
amplio
de
las
nuevas
tecnologías.
A su
juicio
lo
mejor
sería
una
regulación
genérica
del
tipo
del
acoso
y
otra
específica
en
caso
de
violencia
de
género.
“Cualquiera
de
nosotros
puede
sufrir
un
acoso
a
través
de
la
red
y
debe
haber
una
respuesta
ante
ello”.
Medida
electoralista
Oriol
Rusca
es
el
decano
del
Colegio
de
Abogados
de
Barcelona
desde
hace
más
de
un
año.
Este
cargo
lo
compagina
con
su
bufete
especializado
en
derecho
penal.
“Estoy
de
acuerdo
en
que
cualquier
medida
para
proteger
a la
mujer
sobre
violencia
de
género
es
buena.
Ahora
bien
poner
tipos
especiales
cuando
ya
está
regulado
las
coacciones
y
amenazas
no
parece
muy
útil”,
comenta.
Desde
su
privilegiada
visión
hay
un
peligro
de
hacer
una
reforma
de
cartón
piedra
solo
por
efectos
electorales
ante
los
comicios
del
próximo
mes
de
mayo.
“Hay
que
buscar
soluciones
reales
que
vayan
a la
raíz
del
problema
pero
intentar
calmar
a la
opinión
pública
con
este
tipo
de
medidas
no
parece
muy
serio”,
comenta.
También
coincide
que
en
muchos
casos
el
efecto
probatorio
no
será
sencillo
de
lograr:
“Es
el
momento
de
montar
una
Comisión
para
que
todos
los
operadores
jurídicos
y
sociales
opinemos
sobre
violencia
de
género
y
hacer
un
planteamiento
profundo
de
todos
los
tipos
delictivos”,
apunta.
Nuestro
interlocutor
no
acaba
de
entender
la
obsesión
que
tiene,
según
nos
comenta,
este
Gobierno
por
Internet
“se
van
cerrando
cauces
y
así
se
controla
todo.
El
problema
que
ahora
suscita
Internet,
es
el
mismo
de
las
comunicaciones
telefónicas
y
con
anterioridad
las
postales.
Hay
que
darse
cuenta
que
Internet
es
un
medio
como
cualquier
otro”,
subraya.
A su
juicio
la
medida
debe
tener
otra
ampliación
en
colectivos
como
mayores
y
menores,
sobre
todo
por
los
efectos
de
la
crisis
económica.
“Han
proliferado
las
coacciones
y
malos
tratos
a
los
mayores,
sobre
todo
por
la
cuestión
económica”,
confiesa.
Rusca
cree
que
no
se
debe
utilizar
el
derecho
penal
para
hacer
demagogia
política
“esto
puede
hacer
que
se
pierda
la
idea
de
fuerza
o
prevención
que
debe
tener
nuestro
Código
Penal.
Se
está
utilizando
para
todo
y
esta
tendencia
habrá
de
parar
en
algún
momento”,
advierte.
Sobre
el
acecho,
señala
que
“habrá
que
definir
bien
esa
figura,
aunque
si
te
persiguen
y
hostigan
ya
lo
puedes
denunciar
porque
hay
una
coacción
contra
tu
libertad”,
avisa.
Conductas
de
acoso
que
se
incrementan
Por
último
recabamos
la
opinión
de
Paz
Lloria
García,
Profesora
Titular
de
Derecho
penal
y Codirectora
del
Master
en
Derecho
y
Violencia
de
género
de
la
Universitat
de
València.
Desde
su
punto
de
vista
las
conductas
de
acoso
o
acecho
se
han
incrementado
en
los
últimos
tiempos
a
propósito,
sobre
todo,
del
uso
de
las
tecnologías
de
la
información
y la
comunicación.
El
envío
masivo
de
correos,
de
SMS,
wahtsapps
o la
reiteración
de
llamadas
(hasta
200
llamadas
en
unas
horas
relata
el
Tribunal
Supremo)
pueden
llevar
a
una
situación
de
verdadera
angustia
y
temor
a
las
personas
que
sufren
lo
que
se
conoce
como
acoso
predatorio
o
persecución
obsesiva
maliciosa.
Esta
jurista
nos
advierte
que
estos
hechos
se
vienen
castigando
en
los
países
anglosajones
desde
hace
años
cuando
la
reiteración
de
los
mismos
lleva
a
una
alteración
del
modo
de
vida
del/la
acosado/a,
que
se
siente
intimidado/a
y
que
no
necesariamente
se
han
de
producir
en
el
entorno
digital,
pues
también
se
encuentran
entre
ellos
los
actos
de
vigilancia
o
seguimiento,
el
producir
daños
en
la
propiedad
de
la
víctima,
la
comunicación
no
deseada,
merodear
por
los
lugares
en
los
que
permanece
habitualmente
(lugar
de
trabajo,
colegio,
domicilio,
etc.).
También
advierte
que
“Por
lo
demás,
cuando
tales
hechos
se
produzcan
a
través
de
las
TIC,
los
medios
de
prueba
serán
más
dificultosos,
si
atendemos
a
las
diferentes
posibilidades
de
actuar
de
manera
anónima
en
la
red,
por
ejemplo,
lo
que
también
conlleva
un
mayor
tiempo
para
la
investigación
con
la
consecuente
ralentización
de
la
impartición
de
justicia.”
Sobre
la
reforma
del
Código
Penal
nos
señala
que
“El
Proyecto
de
Código
Penal
recoge
esta
figura
denominada stalking
entre
los
delitos
contra
la
libertad
de
obrar,
y su
presencia
se
justifica
por
la
necesidad
de
dotar
de
cobertura
a
actos
que
tienen
difícil
encaje
entre
las
clásicas
coacciones
o
amenazas,
puesto
que
alguno
de
ellos,
como
hemos
visto,
no
necesariamente
afecta,
o no
exclusivamente,
a la
libertad
de
obrar,
sino
que
pueden
ser
también
vejatorios,
intimidatorios,
humillantes,
lesivos
para
el
patrimonio,
etc.
“ A
su
juicio
es
acertado
el
castigo
de
este
tipo
de
afecciones
a la
libertad
“
aunque
el
precepto
es
técnicamente
deficiente
por
diferentes
razones
(números
clausus
de
las
conductas
por
ejemplo).
Además,
no
contiene
una
previsión
específica
en
materia
de
ciberacoso
(siendo
que
el
medio
es
más
peligroso
e
incrementa
el
daño
al
bien
jurídico)
y el
tipo
agravado
para
los
casos
de
violencia
de
género
se
realiza
a
través
de
una
remisión
a
los
sujetos
del
art.
173.2,
parificando
las
conductas
que
se
producen
sobre
la
pareja
o
expareja
a
las
que
tienen
por
objeto
a
descendientes,
ascendientes
o
hermanos,
desvirtuándose
así
las
visualización
de
género
y
acercando
los
tipos
a la
violencia
familiar.”
¿Habrá
aluvión
de
casos?
A nuestros
entrevistados
les
preguntamos
si
puede
haber
un
aluvión
de
casos
y
que
se
genere
una
alarma
social
por
este
nuevo
tipo
penal.
Aquí
las
opiniones
son
diferentes.
En
el
caso
de
Esther
Erice
no
cree
que
exista
un
repunte
importante
de
asuntos
de
acosos
a
través
de
Internet.
“No
hay
un
número
extraordinario
de
asuntos,
sí
un
tipo
de
conductas
que
están
empezando
a
emerger
cada
vez
con
más
frecuencia
y se
trata
con
la
reforma
de
que
se
incrementen
estos
comportamientos,
ahora
que
no
está
regulado”,
explica.
A su
juicio
espera
que
sea
una
medida
disuasoria
y no
exista
una
mayor
criminalidad
en
estos
asuntos.
“Habrá
que
ajustar
bien
la
prueba
en
estos
casos
porque
no
será
fácil
probar
los
hechos
en
muchas
ocasiones,
advierte”.
Para
Susana
Gisbert
el
problema
del
acecho
es
su
falta
de
regulación
hasta
ahora
pese
ahora
no
será
sencillo
probarlo.
“
Los
casos
que
hay
se
denuncian
pese
a
que
las
declaraciones
hechas
ayer
por
la
Delegada
del
Gobierno
en
Madrid
indiquen
lo
contrario.
“Tampoco
cree
que
lleguen
a
los
juzgados
una
gran
cantidad
ingente
de
asuntos.
Oriol
Rusca
muestra
su
preocupación
por
todas
las
reformas
penales
que
ha
tenido
he
llamado
Código
Penal
de
la
Democracia,
en
1995
se
aprobó:
“Es
posible
que
tengamos
que
dar
algún
paso
mas
y
que
no
vaya
por
la
vía
penal.
Hay
que
mantenerla
y
que
sea
dura
como
efecto
preventivo
pero
se
necesitan
medidas
de
educación
para
detectar
estos
comportamientos”,
señala.
Este
penalista
tampoco
cree
que
se
genere
una
gran
cantidad
de
asuntos
“ya
se
denuncia
ahora
vía
coacciones,
no
nos
hemos
inventado
un
delito
nuevo”,
subraya.
En opinión
de
Paz
Lloria
“la
eficacia
de
la
aplicación
de
la
norma
no
pasa
por
un
espoleo
a la
ciudadanía
para
que
denuncie,
sino
por
la
prevención
y la
educación.”
Desde
su
punto
de
vista
no
clarificar
lo
que
es
el
acoso
punible
, no
basta
cualquier
clase
de
molestia
o
atenciones
no
deseadas,
sino
que
han
de
ser
reiteradas
y
quebrando
el
modo
de
vida
habitual
y
lanzar
el
instrumento
penal
como
solución
de
conflictos
“
puede
llevar
de
facto
a un
colapso
en
la
Administración
de
Justicia,
poco
dotada
ya
de
medios
como
para
que
sin
la
correspondiente
infraestructura
se
le
asigne
la
persecución
de
actos
que,
en
ocasiones,
gozan
de
adecuación
social
y en
otras,
no
serán
tan
graves
como
para
lesionar
bienes
jurídicos
fundamentales”,
comenta. |