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De
los acuerdos con las FFI a los acuerdos entre
Estados
Europa, lejos
de rasgarse las vestiduras por esta extensión
unilateral de las leyes norteamericanas (que por
otra parte, y desde la PATRIOT ACT ya es pan
nuestro de cada día) descubrió en FATCA un
instrumento perfecto para complementar sus
políticas fiscales destinadas a incrementar la
recaudación fiscal en unos momentos de grave
crisis económica y caída de los ingresos
tributarios.
España,
Francia, Alemania, Italia y Reino Unido, a pesar
de las quejas de sus entidades financieras,
acogieron con gran interés FATCA y abrieron una
ronda de negociaciones con EEUU fruto de la cual
se aprobaron los Modelos de Acuerdos
Intergubernamentales para la mejora del
cumplimiento de las obligaciones tributarias y
la aplicación de FATCA.
Los modelos
de colaboración de terceros estados con EEUU
para la aplicación de FATCA (y que prevén cierta
reciprocidad en el intercambio de información)
se configuran mediante dos sistemas
diferenciados:
MODELO 1IGA:
Donde es el estado contratante quien remite al
IRS la información que previamente le han
remitido sus entidades financieras. (Esta es la
modalidad adoptada por España)
MODELO 2IGA:
En que las entidades financieras suministran la
información directamente al IRS, mientras que
las autoridades del país contratante tan sólo
aportarán información complementaria a petición
del IRS (modelo del Convenio con Suiza o Chile)
A modo de
ejemplo, la información que es objeto del
Convenio suscrito entre España y EEUU es la
siguiente:
1.- Datos de
identificación del ciudadano estadounidense
titular de la cuenta o activo, o bien datos de
identificación de la entidad no estadounidense
que controla
2.- Número
de cuenta o modo equivalente de identificación
del activo financiero
3.-
Identificación de la entidad financiera donde se
halla depositado
4.- Saldo o
valor patrimonial de la cuenta o activo
5.- Importe
bruto de los rendimientos anuales que genera o
importe bruto del valor de realización o
amortización obtenido
Los datos
recogidos en los apartados 4 y 5 deberán ser
comunicados a partir del 1 de enero de 2015.
En
correspondencia, España podrá acceder a través
del IRS casi a la misma información, excepto en
lo referente a las entidades no españolas que
sean controladas por ciudadanos españoles, que
quedan excluidas del Acuerdo.
La
multilateralidad, de la mano de la OOCDE y el
G20
El modelo
FATCA, que surge como una iniciativa unilateral
de los EEUU comienza así a imponerse a nivel
global hasta llegar en el mes de febrero de 2014
y en el marco de la OCDE a la aprobación del
“Estándar para el intercambio de información en
cuentas financieras- Estándar de reporte” que
fija de forma multilateral cómo las entidades
financieras deben llevar a cabo la diligencia
debida de sus clientes y cómo compartir dicha
información con otros países, estándar que
afectará a individuos, fideicomisos, fundaciones
y empresas pantalla, entre otros, y que en fecha
6 de mayo ya se habían comprometido a
implementar 47 países de la OCDE, incluidos los
miembros del G20.
Dicho
estándar, que se halla inequívocamente basado en
el modelo FATCA, debe ser el primer paso hacia
una verdadera multilateralidad en el intercambio
de la información financiera entre países como
eje vertebrador de las políticas internacionales
de lucha contra el fraude fiscal.
Los próximos
objetivos globales son la puesta en marcha del
estándar OCDE para que esté funcionando e
intercambiando información a finales del año
2015.
Europa y
FATCA: “el secreto bancario está muerto”
En el ámbito
europeo, recientemente la Unión Europea ha
aprobado la revisión de la directiva sobre
fiscalidad, que da luz verde final a la
implantación del intercambio automático de
información fiscal sobre los ahorros bancarios
en su territorio, tras estar seis años bloqueada
por Luxemburgo y Austria, celosos custodios de
su secreto bancario y de las ventajas
competitivas que podía suponer para Suiza,
Liechtenstein, Mónaco, Andorra y San Marino la
aprobación de la citada Directiva.
Los países de
la Unión Europea deben trasponer a sus
legislaciones la directiva antes del 1 de enero
de 2016, para que entre en vigor en al 2017,
paralelamente a las negociaciones que mantiene
la Unión Europea con Suiza, Liechtenstein,
Mónaco, Andorra y San Marino y que deberían
concluir a finales de este año.
El último
paso ha sido la aprobación por los 28, el pasado
13 de octubre, de un acuerdo político para la
aplicación de la revisada directiva comunitaria
sobre cooperación administrativa, que implementa
en el ámbito la Unión Europea los estándares de
la OCDE sobre intercambio de información. Este
hito llevó al entonces Comisario Europeo de
Fiscalidad y lucha contra el Fraude Fiscal,
Algirdas sementa, a declarar que “el secreto
bancario en Europa está muerto”.
El primer
intercambio de información se debe producir en
septiembre del año 2017, si bien Austria dispone
de un año más al tener que crear un sistema de
comunicación entre su administración y el
sistema bancario que hoy en día es inexistente.
El objetivo
de la CE ha sido crear mediante esta revisada
directiva de cooperación administrativa y la
aprobada directiva sobre la fiscalidad del
ahorro el sistema de intercambio automático de
información bancaria "más integral" del mundo.
Conclusión:
FATCA ha creado un nuevo paradigma mundial en
comunicación y transparencia fiscal, que está
llamado a cambiar la lucha contra el fraude en
todo el mundo
Debemos
concluir estos breves apuntes reconociendo el
principal mérito de FATCA y es que ha cambiado
el paradigma mundial en materia de intercambio
de información fiscal entre países, que avanza
además hacia la multilateralidad de la mano de
la OCDE, el G20 y la Unión Europea.
Todo ello con
otro valor añadido, y es que muy probablemente
el cambio de sistema pueda ayudar a los países
subdesarrollados en una lucha que hasta ahora
tenían perdida mediante el vigente sistema de
acuerdos bilaterales, ya que al tratarse de
economías muy débiles carecen de fuerza alguna
para imponerse frente al rico paraíso fiscal y
forzarle a suscribir acuerdos de intercambio de
información, a los que ahora podrían acceder de
la mano de los países ricos y desarrollados.
El tiempo y
la práctica determinará hasta qué punto el nuevo
modelo va a ser tan eficaz como en estos
momentos nuestros dirigentes se prometen, pero
no cabe duda que los tiempos, están cambiando. |