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Delincuencia sexual, delincuencia “de sangre” (II parte)

MADRID, 27 de ENERO de 2015
 

 

Me parece bien que los cambios no se hagan “en caliente”,  como se ha dicho desde el mundo de la política. Repito, yo no habría concedido a ese “preso modelo” el premio del permiso de salida, por las razones siguientes: a. Porque es un reincidente, o mejor plurirreincidente, con al menos condenas de 15 y 52 años de cárcel. b. Porque es un delincuente cualificado como psicópata sexual, que cabe, sin duda, ponerla en entredicho. c. Porque la observación de su mirada, asesina y proterva, dentro de un cuerpo de enanoide raposo, intuitivamente me habría llevado a la más contundente negativa. La mirada es el reflejo del alma. Y aunque eso no está en los manuales de psicología , quienes hemos conocido profesionalmente a muchos y variados criminales de sangre, durante tantos años, al menos en mi caso, siempre hemos escrutado sus ajos y observando atentamente su mirada, despectiva y  con la limpieza obliterada.

Las borrosas fotos de la prensa realmente nos muestran una mirada desafiante, sin el menor sentimiento de culpa, dispuesto a todo, incluso hasta matar, por el placer psicológico, que no sexual, de matar. En suma, la mirada sin el menor atisbo de nobleza de un asesino. Y, como tal, debe desplegarse el máximo dispositivo de seguridad, a pesar de que esté dotado de una especial capacidad de simulación y habilidad para engañar que suelen acompañar a estos psicópatas, y a pesar también de su condición y calificación de administrativamente “preso modelo”, según los funcionarios.

A mi juicio es, verdaderamente, un “modelo” de lo que no se debe hacer con un preso como él. Permanecer indiferentes ante casos como éste es, absolutamente, inmoral e insolidario, cuando más no se debe ser, como es con el dolor humano. Aquí ha fallado todo el sistema legal, judicial y penitenciario, y no digamos más, mejor casi silenciar. La cuestión presupuestaria, que camina por unos derroteros que no se compadecen ni con tan cacareados pactos de Estado sobre la justicia, fatuos y rimbombantes, ni con las leyes y más leyes ya sean de protección contra la violencia doméstica, de género o integral, como se quiera llamar, porque una cos está clara: las letras de molde del Boletín Oficial del Estado no hacen milagros; pueden hacer Ministros, y hasta Subsecretarios, pero no reeducar o reinsertar e impedir la reincidencia, elevadísima por los demás, de los internos violentos, y sobre todo psicópatas y además sexuales. La opinión pública ya se está cansando del uso legislativo del denostado “Derecho penal simbólico”, con el que se pretende engañar y apaciguar a la sociedad española.

De todas formas, no es previsible que vaya ha tener una vida muy tranquila en la prisión el presunto autor, pues ocupará no la pirámide de la jerarquía y estima de los internos y penados, sino el escalón que recoge la escoria, la basura de dichos internos: los asesinos maltratadotes de niños y mujeres como ya es sabido.

Como es conocido, esto no se suele perdonar, así como así, en la estructura social de las prisiones de cumplimiento. También desde esta perspectiva deberá ser cuidado y vigilado el presunto asesino para que no se imponga, finalmente, la “ley de la cárcel” en lugar de la Ley a secas.

Parece que es una constante del actual legislador penal español pensar que agravando las penas los problemas político criminales se van ha resolver. Como ya he reiterado en las páginas de esta Revista, con esa forma de actuar no se resuelve nada, más bien se agudizan los problemas y se crea una sensación de fracaso y desconfianza en la Ley penal. Más positivo seria llevar a cabo una seria política de prevención aunque también sin grandes esperanzas. Ya me he ocupado en distintos artículos de esta Revista de las diferentes cuestiones muy graves y complejas que la sociedad española tiene planteado y que poco a poco deben ir, cuando menos, estudiándose. Pero esto ultimó es lo más complicado por muchas y variadas razones que no voy a desarrollar hoy.

Manuel Cobo del Rosal

Abogado y Catedrático de Derecho Penal. 


 

 

 
 
 
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