Pecando de ingenuidad: la ‘estafa del vino’ queda archivada al considerarse un engaño ‘burdo’

Publicado el viernes, 20 septiembre 2019

La jueza del Juzgado de Instrucción Nº2 de Vitoria-Gasteiz estima la petición de la defensa y archiva una querella contra unos exportadores de vino por presunta estafa y fraude documental.

Bajo la promesa de romper la barrera comercial entre España e Indonesia, los presuntos estafadores cerraron un acuerdo con una reconocida bodega española para enviar un lote de vino a una empresa con sede en Indonesia que nunca había contactado con la bodega ni conocía la existencia de dicho envío.
Despacho penalista Ospina AbogadosFue a principios de 2016 cuando los querellados se ponen en contacto con la bodega para ofrecer sus servicios como ‘expertos en exportación de bebidas alcohólicas a países asiáticos’. Con pocas referencias y ninguna experiencia en el sector, consiguen firmar un acuerdo comercial de 12 meses con la bodega, acordando que todos los viajes comerciales al continente asiático, dietas y un considerable salario mensual, serían sufragados por la mercantil.
Sin embargo, durante dicho periodo, los presuntos exportadores realizan numerosos viajes a Asia sin ofrecer ningún tipo de justificantes sobre sus gastos o los servicios realizados en los distintos países y sin cerrar ningún acuerdo, por lo que, tras la finalización del contrato, la bodega decide prescindir de los servicios de los querellados.
En este momento, los ‘expertos exportadores’ notifican a la bodega la posibilidad de cerrar una importante operación con una empresa con sede en Indonesia interesada en importar un lote considerable de vino español.
Sin recibir ningún tipo de comunicación oficial por parte de la empresa importadora y sin tener en cuenta las malas experiencias previas con esta compañía, la bodega cierra el acuerdo con los presuntos estafadores que, únicamente presentaron una hoja de Excel con información ininteligible sobre el trato al que habían llegado con la sede indonesia.
Una vez se produjo el envío, la empresa de Indonesia, desconocedora de cualquier tipo de operación con ninguna empresa española rechaza el paquete y este se pierde, negándose por parte de Crédito y Caución la cobertura del riesgo al basarse todo en un engaño.
En este momento, la bodega española decide interponer una querella contra el operador comercial por presunta falsificación documental y estafa.
Durante la defensa del procedimiento, el abogado penalista experto en procedimientos de estafa, Juan Gonzalo Ospina, solicitó el archivo de la querella por no concurrir todos los elementos del tipo penal necesarios en un procedimiento de estafa.
El artículo 248 del Código Penal establece, entre otros elementos, que el engaño ha de ser bastante como para que produzca un error esencial para la víctima y provoque un traspaso patrimonial con ánimo de lucro.
Sin embargo, la propia jueza del Juzgado de Instrucción Nº2 de Vitoria-Gasteiz ha calificado el engaño como ‘burdo’, entendiendo que ‘una empresa acostumbrada a mantener relaciones comerciales y celebrar contratos, acceda a una operación comercial con una persona que no merecía ninguna confianza, sin hacer ninguna comprobación previa ni investigación’.
De este modo, la jueza ha estimado la petición del socio de Ospina Abogados y tras considerar el lote de vino como ‘efecto abandonado’, ha acordado el archivo del procedimiento.


Ospina Abogados


 

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