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Arbitraje

 

La Fundación Catalana para el Arbitraje Técnico, el Tribunal Arbitral Técnico de Cataluña y la Asociación Catalana de Tecnología firman un convenio para fomentar el uso del arbitraje
MADRID, 02 de FEBRERO de 2012 - LAWYERPRESS
 

La Fundación Catalana para el Arbitraje Técnico, el Tribunal Arbitral Técnico de Cataluña y la Asociación Catalana de Tecnología han firmado un acuerdo para promover el TATC como órgano eficaz de resolución de controversias y fomentar la actuación como árbitro de los profesionales más calificados para la resolución de aquellos conflictos que tienen una clara vertiente técnica.
Con la firma de este acuerdo la Asociación Catalana de Tecnología se convierte en miembro colaborador del FPCAT, de forma que contribuirá a promover el TATC como órgano eficaz en la resolución de conflictos y fomentará a sus miembro a incorporar la cláusula arbitral de sumisión al TATC en sus contratos.

Fundación Privada Catalana para el Arbitraje Técnico (FPCAT)
La Fundación Privada Catalana para el Arbitraje Técnico (FPCAT) es una institución promovida por el Colegio de Arquitectos, el Colegio de Economistas de Cataluña, el Colegio de Ingenieros Industriales y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos .
La finalidad de la FPCAT es promover y fomentar el arbitraje como sistema eficaz para la resolución de controversias:
• Promover la conciliación y el arbitraje como instrumentos para resolver las cuestiones que surjan en el tráfico mercantil, en el ámbito de los asuntos de naturaleza técnica y de negocios en general, así como en sus vinculaciones y relaciones jurídicas
• Administrar las conciliaciones y los arbitrajes de derecho o equidad que le sean encomendados y designar los árbitros
• Formar y becar personas interesadas en el arbitraje
• Realizar estudios, ediciones y publicaciones sobre temas de arbitraje etc

Qué es el TATC?
El Tribunal Arbitral Técnico de Cataluña (TATC) es un órgano de la Fundación Privada Catalana para el Arbitraje Técnico (FPCAT). Su función consiste a hacer que, cuando las partes interesadas estén enfrentadas, se sometan voluntariamente al arbitraje del Tribunal, el cual designa los árbitros la tutela y la administración del arbitraje y obliga desde este momento las partes al cumplimiento de la resolución arbitral.
La constitución de este tribunal, que da preferencia a la voluntad de las partes, tiene como objetivo el ahorro de procedimientos y de costes judiciales, evitando, siempre que sea posible, el acceso de las partes en conflicto a los tribunales ordinarios de justicia.
Uno de las principales ventajas del arbitraje frente al proceso judicial es ser un procedimiento ágil y breve en el cual las partes pueden participar voluntariamente.
Los laudos (resoluciones) que dicte el Tribunal Arbitral son inapelables y sólo podrán ser objeto de recurso ante los órganos judiciales por defecto de forma

 


 




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