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Agregación de Noticias en Internet y Protección de la Propiedad Intelectual
MADRID, 16 de ENERO de 2013 - LAWYERPRESS

Por Segio Balañá, Director Departamento de Propiedad Intelectual, Lupicinio Abogados International Attorneys

El conflicto que a lo largo de los últimos años viene enfrentado en diferentes jurisdicciones a la compañía Google con distintas agencias de noticias y asociaciones nacionales de editores de prensa ha provocado finalmente la reacción del legislador.

El pasado 31 de agosto de 2012, el Gobierno alemán remitió al Parlamento en aquel país un Proyecto de Ley de Modificación de su Ley de Propiedad Intelectual (Gesetzentwurf eines Siebenten Gesetzes zur Änderung des Urheberrechtsgesetzes) con la finalidad de instituir un nuevo derecho a favor de los editores de prensa (el denominado Leistungsschutztrecht für Presseverleger) que disipe definitivamente cualesquiera dudas que todavía pudieran existir en torno a la licitud de determinados servicios de agregación, indexación y referenciación de noticias, entre ellos (principalmente, aunque no de forma exclusiva) los prestados por Google News o por Yahoo! Noticias.

El llamado “Leistungsschutztrecht für Presseverleger” (derecho conexo a favor de los editores de prensa) se configura como un nuevo derecho dentro del cada vez más nutrido amalgama de los llamados derechos afines, conexos o vecinos a los derechos de autor a los que, en España, el Libro II del vigente Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI), alude bajo la rúbrica de “otros derechos de propiedad intelectual”.

Esos “otros derechos de propiedad intelectual” son un conjunto de derechos reconocidos a favor de sujetos distintos del propio autor y cuya finalidad no es otra que la de proteger determinadas “prestaciones” (que no “obras”) por motivos de naturaleza heterogénea. Así, según los casos, dichos derechos protegen ya sea prestaciones que no alcanzan la categoría de “obra” en el sentido del TRLPI por no revestir un nivel de creatividad suficiente (i.e. artistas intérpretes y ejecutantes o también creadores de meras fotografías) prestaciones de carácter no creativo pero necesarias en el proceso de comunicación o difusión de las obras (i.e. entidades de radiodifusión) o prestaciones de otro tipo donde lo que verdaderamente se protege es la realización de la correspondiente inversión (productores de fonogramas, productores de grabaciones audiovisuales o realizadores de determinadas producciones editoriales). En este tercer grupo de prestaciones se encuadraría en Alemania el mencionado derecho conexo a favor de los editores de prensa, si finalmente el proyecto de ley mencionado llega a buen puerto.

De acuerdo con el texto remitido al Parlamento Alemán, el derecho a favor de los editores de prensa se configura como un derecho exclusivo (por oposición a los derechos de simple remuneración) que permite a los editores de prensa autorizar o prohibir la puesta a disposición del público de sus contenidos editoriales, siempre y cuando dicha puesta a disposición se realice con fines comerciales en el entorno de Internet. Los conceptos “editor de prensa” y “contenido editorial” son conceptos normativos y quedan por ello expresamente definidos en el proyecto de ley. Se trata de un derecho transmisible y de duración determinada, contemplándose un plazo de protección por un período de un (1) año tras la publicación de los contenidos editoriales de que se trate. El derecho se configura sin perjuicio de los derechos de los autores, para quienes se contempla un derecho de remuneración equitativa, del mismo modo que, por último, el proyecto de ley también contempla el establecimiento de un límite (en la forma de una excepción) al derecho conexo a favor de los editores de prensa en lo relativo a la puesta a disposición de dichos contenidos cuando ésta se realice sin fines comerciales, todo ello sin perjuicio de la aplicación en todo lo demás del sistema general de límites (excepciones y limitaciones) recogido en la Ley Alemana de Propiedad Intelectual.

El proyecto de ley alemán (al que sus detractores ya se refieren como Lex Google) viene precedido de la correspondiente litigiosidad en diversas jurisdicciones y se encuadra en el contexto del reciente comunicado conjunto por parte de las asociaciones nacionales de prensa francesa (IPG – Association de la Presse), alemana (BDZV) e italiana (FIEG), así como del anuncio por parte de la correspondiente asociación en Brasil (ANJ) en el sentido de retirar sus contenidos de Google News.

 


 





 




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