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Reflexiones sobre el control de los ordenadores por parte de la empresa
MADRID, 10 de ABRIL de 2013 - LAWYERPRESS

 

En el entorno de la Cámara de Comercio Franco-Española de Industria tuvo lugar el desayuno de trabajo organizado por el despacho Baker & Mckenzie y donde Luisa Gómez, asociada senior del área laboral y Maheta Molango, responsable de Sports & Entertaiment del citado despacho disertaron sobre el control del uso del ordenador del trabajador. A continuación están las conclusiones más destacadas de este encuentro empresarial:
En el marco de la crisis actual, cada vez un mayor número de compañías deciden llevar a cabo medidas de control encaminadas a verificar el correcto desempeño de las funciones y actividades de sus empleados. En muchas ocasiones, la posible detección de situaciones de fraude o de irregularidades laborales requiere necesariamente la revisión de las herramientas de comunicación profesional utilizadas por los trabajadores.
Si bien hace años dichas herramientas se limitaban al uso del tradicional ordenador de mesa, hoy en día las empresas ponen a disposición de sus trabajadores un mayor número de medios de comunicación, tales como tabletas, ordenadores portátiles, teléfonos 3G, conexión al network de la empresa desde el domicilio del empleado, etc. Con ello, si bien se consigue una mayor flexibilidad en el trabajo y en la forma y modo de prestar servicios, también se abren mayores posibilidades al "fraude" y a un incorrecto uso de los medios informáticos.
La revisión, monitorización y control de los ordenadores así como de los múltiples medios de comunicación informáticos puestos a disposición de los trabajadores aflora muchas dudas y conflictos en las empresas. Las empresas no sólo tienen dudas sobre si están o no habilitadas legalmente a llevar a cabo dicho control, sino que también se cuestionan el proceso práctico de cómo ejecutar un procedimiento de investigación interna, los pasos a seguir y los límites a respetar.
Por un lado, los trabajadores deben ser preservados en sus derechos a la intimidad, a la privacidad de sus comunicaciones y a la protección de sus datos personales. Por otro lado, las empresas también deben ser preservadas en su derecho a controlar la ejecución correcta del trabajo encomendado a sus empleados. Y es que, en definitiva, las investigaciones internas de los ordenadores y otros medios informáticos trae consigo un conflicto de intereses contrapuestos, por lo que siempre deben ser llevados a cabo con respeto a todos los derechos en juego.
Sin duda, conocer cuáles son las recomendaciones legales y consejos prácticos que habilitarán a la empresa a llevar a cabo un proceso de investigación interna, así como las cuestiones que en todo caso deberá evitar para impedir una potencial declaración de nulidad de lo "descubierto" en el transcurso de una investigación, son cuestiones clave a conocer por las empresas para afrontar, llegado el caso, una investigación de este tipo.
En el Desayuno de Trabajo, pudimos compartir con los asistentes el análisis legal y jurisprudencial de esta problemática laboral cada vez más creciente, así como compartir nuestras recomendaciones prácticas que, en base a nuestra experiencia, hemos llevado a cabo con éxito hasta la fecha, poniendo especial énfasis en la importancia de disponer de políticas claras, completas y actualizadas que habilitarán a la empresa a moverse en un terreno de mayor confort y seguridad desde un punto de vista laboral, de protección de datos, e incluso penal.
 


 
 

 

 






 



 

 
 

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