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INBLAC nace con la voluntad de aglutinar al sector profesional y convertirse en el interlocutor de referencia frente al SEPBLAC y los sujetos obligados
MADRID - 24 de JULIO de 2013 - LAWYERPRESS

 

El pasado 17 de julio se constituyó en Madrid INBLAC, INSTITUTO DE EXPERTOS EN PREVENCIÓN DE BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, una asociación profesional de ámbito nacional pionera en el sector de la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
Bajo la Presidencia de Honor de los prestigiosos profesores e investigadores universitarios Juan Miguel del Cid y Gregorio Labatut, se escogió la primera Junta Directiva integrada por 14 profesionales representativos del sector a nivel nacional.
La Dirección ejecutiva la conforman Juan Carlos Galindo, Presidente, Víctor Altimira, Vicepresidente, y Francisco Bonatti como Secretario.
INBLAC pretende aglutinar en su seno a profesionales, docentes e investigadores de la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo con el objetivo de actuar como su interlocutor frente a las Autoridades competentes, especialmente el SEPBLAC. La inminente aprobación del Reglamento de la Ley 10/2010, hace imprescindible la existencia de una asociación profesional que pueda recoger las opiniones del sector y formular las correspondientes alegaciones al proyecto.
INBLAC nace también con la clara vocación de favorecer las relaciones institucionales con las asociaciones, colegios y gremios profesionales de los sectores económicos que se ven afectados por la normativa en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, mediante el establecimiento de convenios de colaboración y actividades de divulgación conjuntas que conciencien a los sujetos obligados de la necesidad de implementar los programas de prevención de blanqueo de capitales que viene impuestos por la normativa vigente.
El tercer gran objetivo de INBLAC consiste en fomentar la certificación profesional y la formación continuada de los expertos externos y profesionales asociados al mismo, elaborando guías profesionales de referencia con expertos debidamente cualificados, de modo que los sujetos obligados al establecer medidas de prevención de blanqueo en sus actividades, puedan en todo momento contratar para ello al profesional más adecuado para cada necesidad.
Al carecer en España de agrupaciones asociativas de los profesionales que engloban este sector (acreditados como expertos externos por el SEPBLAC que realizan las auditorías o exámenes externos de los sistemas de prevención, responsables u oficiales de cumplimiento s a cargo del área de prevención del blanqueo), INBLAC va a ocupar esta laguna y va a dar respuesta a las obligaciones de la Ley 10/2010 y la audiencia a los sectores afectados en la tramitación del anunciado Reglamento de la ley.
 


 
 

 

 


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