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Buenas intenciones de la reforma de la Ley General de Telecomunicaciones que habrá que concretar
MADRID, 19 de SEPTIEMBRE de 2013 - LAWYERPRESS

Por Francisco Gutiérrez. Ingeniero de Telecomunicación. Dpto. Desarrollo Editorial Grupo Francisc Lefebvre

Francisco Gutiérrez. Ingeniero de Telecomunicación. Dpto. Desarrollo Editorial Grupo Francisc LefebvreEl Consejo de Ministros del pasado viernes 13 de septiembre aprobó y remitió al Congreso el Proyecto de Ley que modifica la vigente Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. La base de este Proyecto de Ley hay que buscarla en el anteproyecto aprobado el pasado diciembre y que ha pasado los correspondientes filtros del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, la Comisión Nacional de la Competencia, la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Económico y Social y, por supuesto, la Secretaría General Técnica del propio ministerio.
El proyecto pretende facilitar el despliegue de redes de nueva generación tanto fijas como móviles y mejorar la oferta de servicios a los usuarios favoreciendo una competencia que debería mejorar los servicios y reducir sus costes. Sin embargo, algunas de las asociaciones de consumidores ya se han pronunciado en su contra definiendo esta propuesta como una oportunidad perdida para los usuarios.

Puntos fundamentales del proyecto
Los operadores que prestan los servicios de telecomunicación ven como se adoptan medidas orientadas a facilitar el despliegue de infraestructuras a través de su uso de forma compartida entre operadores. Por otra parte, los operadores podrán usar los elementos comunes de los inmuebles acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal para ofrecer los servicios de nueva generación, como por ejemplo, llevar la fibra óptica hasta el hogar.
El objetivo de esta medida es minimizar la obra civil imprescindible para prestar los servicios y sería extremadamente útil para reducir las inversiones necesarias para extender las redes y ampliar las coberturas de los servicios. Su puesta en práctica evitaría las engorrosas obras que rompen una y otra vez nuestras aceras o reduciría la multiplicación de antenas en nuestros edificios. Sin embargo, no es la primera vez que se promueven estos fines sin que ninguna de las anteriores obtuviese los resultados pretendidos. Es más, la crisis económica ha sido mucho más efectiva para que los operadores llegaran a acuerdos de compartición de redes y emplazamientos que la propia legislación.
Otro de los puntos clave de esta ley es la reducción de las trabas administrativas para desplegar las redes de telecomunicación. En particular se simplifican los procedimientos administrativos para el uso del espectro radioeléctrico y se suprimen las licencias urbanísticas y medioambientales para el despliegue de redes de telecomunicaciones en dominio privado que serán sustituidas por declaraciones responsables.
Esta reducción del papeleo necesario es útil pero no garantiza por si misma ninguno de los objetivos últimos buscados en con esta reforma. Como mucho se aligerarán los plazos para que los servicios lleguen al mercado.
Como tercer punto cabe señalar que se recupera la unidad de mercado estableciendo mecanismos de coordinación y colaboración entre el Estado, las Comunidades Autónomas y los Municipios con el fin de evitar la dispersión normativa. Además se definen las redes como equipamiento básico y se da carácter de obra de interés general a su instalación. Por último y casi más importe en el caso de las redes inalámbricas, se establecen unos requisitos técnicos comunes con límites máximos de emisión y exposición a campos electromagnéticos únicos en todo el territorio nacional.
Este objetivo sí que es particularmente útil y, si se lograse su cumplimiento, sí que potenciaría el despliegue de redes. El reino de taifas en el que se ha convertido nuestro entorno normativo en muchos ámbitos, es particularmente desquiciante en el ámbito de las telecomunicaciones. A día de hoy cada ayuntamiento condiciona el despliegue de nuevas redes (sobre todo, de redes móviles) regulando multitud de normativa que no está directamente relacionada con el fin perseguido (medioambiental, estético, etc.) pero que impide el despliegue de redes de telecomunicación de forma indirecta.
Por último, se pretende el objetivo de que todos los usuarios de servicios de telecomunicaciones nos beneficiemos de la mejora de los servicios mediante el impulso a la competencia entre los operadores. Para ello, se realizarán análisis del mercado periódicos, se clarifica la actuación de las Administraciones Públicas en la explotación de redes y provisión de servicios de telecomunicaciones, se refuerza la potestad inspectora y sancionadora estableciendo nuevas infracciones y elevando la cuantía de las sanciones, se mejoran los derechos de los usuarios relacionados con la protección de datos de carácter personal y la privacidad y se crea una Comisión Interministerial sobre el impacto de la radiofrecuencias en la salud. Asimismo se profundiza en las obligaciones exigibles a los operadores para garantizar la disponibilidad de servicios y aplicaciones y la seguridad e integridad de las redes.
Como norma general están claras las repercusiones en la mejora de los servicios que reciben los usuarios en el caso de que se cumplan los objetivos globales de esta ley. Sin embargo el proyecto carece de mejoras concretas para los usuarios de unos servicios que son los que más denuncias acumulan, con una media de 509 consultas diarias recibidas durante 2012 en la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones del propio Ministerio.

 


 
 

 

 







 

 

 

 
 
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